Información de Expediente

2019 - E - 1762
Fecha de Entrada: 04/07/2019
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 20/12/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE, informe sobre el fallecimiento de la persona en situación de calle atendida en el Hospital Interzonal General de Agudos, el día 2 de julio del cte.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 05/07/2019 14/08/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 14/08/2019 17/12/2019 Art. 52º RI
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



               Mar del Plata, 04 de julio de 2019

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S------------/------------D


VISTO:

          El fallecimiento de un hombre en la madrugada del martes 2 de julio, en la avenida Pedro Luro y Buenos Aires, y;



CONSIDERANDO:



Que según las autoridades  intervinientes, el hombre tenía aproximadamente 50 años y se encontraba en situación de calle;


Que todavía no se pudo identificar la identidad de la víctima, ya que no llevaba ninguna identificación;


Que según datos extraoficiales el hombre sufrió un colapso bajo circunstancias que todavía  no fueron determinadas el  lunes a las 22.30hs;


Que lo trascendido por la prensa es que la víctima estaba con otro hombre en el sector costero, quien advirtió que algo malo le estaba sucediendo y pudo dar aviso  a la policía de la zona ;


Que se acerco al lugar personal de la subcomisaria Casino e intentó maniobras de reanimación cardiopulmonar y finalmente una ambulancia del servicio de asistencia urbana lo atendió derivándolo al Hospital Interzonal de Agudos;


Que el reporte del fallecimiento se informo pasadas las 04:00 hs de la madrugada;


Que la fiscalía que se encontraba de turno está a cargo del fiscal Fernando

Castro;


Que la Ley Provincial  Nº 13.956 créa el Programa de Asistencia Integral para Personas en Situación de Calle, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;



Que en su artículo 2 establece:Serán consideradas personas en situación de calle, aquéllas que carecen de residencia, pernoctando diariamente a la intemperie y/o que se encuentran en una situación socio-familiar vulnerable, sin ingresos, ni trabajo y, en situación de exclusión social;



Que en su artículo 3 establece: Serán objetivos esenciales del programa creado por la presente Ley, la localización, empadronamiento, asistencia médica y alimentaria, y habitacional transitoria, para las personas de todas las edades y sexo, en situación de calle logrando su reinserción social;


Que en su artículo 15 establece: Autorízase, a la Autoridad de Aplicación, a celebrar convenios de colaboración mutua con los distintos municipios que adhieran a la presente Ley;



      Que por intermedio de la ordenanza 23067 del año 2017 el Municipio del Partido de General Pueyrredon adhiere en todos los términos a la ley Provincial 13956;


Que se adjunta la ordenanza 23067, y la ley provincial 13956 al presente proyecto:


Que toda intervención del Estado sin importar las circunstancias, debe proteger,preservar,resguardar ,amparar la vida de las personas;



Que es responsabilidad del Estado  la aplicación de políticas públicas dirigidas a la protección de los derechos de todas las personas sin distinción por su condición social,nacionalidad,genero,situación migratoria,edad,origen étnico,religión,estado de salud física/psíquica, antecedentes penales nacionales y/o internacionales;





Por todo lo expuesto, el bloque de Unidad Ciudadana eleva el siguiente proyecto de:






                                              COMUNICACIÓN





Artículo 1°.-  El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita  informe al Departamento Ejecutivo y a la Secretaría de Desarrollo Social sobre el fallecimiento de  la persona en situación de calle antendida en el Hospital Interzonal de Agudos el día 2 de julio del presente año.



Artículo 2º.-  Asimismo se solicita un informe al Agente Fiscal interviniente en la causa, Dr Fernando Castro, sobre las actuaciones de instrucción del fallecido.


Artículo 3º.-  Comuníquese, etc.


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Municipalidad del Partido de General Pueyrredón

Departamento Deliberativo



   BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Mar del Plata



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