Mar del Plata, 07 de junio de 2019
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui, Guillermo
S------------/------------D
VISTO:
El incremento desmedido en las tarifas de gas que deben afrontar las PYMES del Partido de General Pueyrredon; y,
CONSIDERANDO:
Que en la Provincia de Buenos Aires el conglomerado de empresas se compone de 1.485 grandes (5,6%); 3.259 medianas (12,3%); 9.109 pequeñas (34,5%); y 12.568 microempresas (46,7%);
Que una de cada dos PYMES industriales está en una situación de vulnerabilidad económica;
Que el 70% del empleo en nuestro país es generado por PYMEs;
Que desde 2016 el Gobierno Nacional decidió dolarizar las tarifas de todos los servicios públicos;
Que, en el referido proceso de “normalización” de precios y tarifas, oportunamente se consideró conveniente contemplar un esquema que procure un consumo racional del gas natural, incentivando el ahorro para generar un uso responsable y eficiente de los recursos y, en tales términos, se previó el otorgamiento de beneficios para todos aquellos consumidores residenciales de gas natural que redujeran su demanda;
Que en el marco de dicho proceso de “normalización”, los usuarios SGP 1 y SGP 2 (usuarios categorizados dentro de los DOS (2) primeros escalones de consumo correspondientes al Servicio General "P" del servicio de gas por redes con Servicio Completo) mantuvieron precios de gas en el PIST que integraban las tarifas del servicio de distribución de gas natural que aún presentaban la necesidad de realizar adecuaciones para transmitir señales de mercado con el objetivo de incentivar las inversiones necesarias para incrementar las reservas de gas y los niveles de producción local;
Que en virtud de todo lo antes señalado el Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaria de Gobierno de Energía, dicto la Resolución 14/2018 mediante la cual se
estableció: “ARTÍCULO 5º.- Establécese que para los usuarios de la categoría SGP 1 y SGP 2 de Servicio Completo que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo siguiente, regirá un límite de incremento del CINCUENTA POR CIENTO (50%) en el VALOR DEL GAS de las facturas que se emitan con consumos realizados a partir del 1° de octubre de 2018, tomando como base el monto del VALOR DEL GAS que hubiere correspondido de aplicarse para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación corriente, las tarifas correspondientes a los últimos Cuadros Tarifarios aprobados, incrementando en un CINCUENTA POR CIENTO (50%)”;
Que la citada normativa no ha sido aplicada en la ciudad y dicho incumplimiento motivó la protesta de varios pequeños y medianos empresarios de nuestra ciudad;
Por todo lo expuesto, varios señores Concejales elevan el siguiente proyecto de:
COMUNICACION
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que arbitre las gestiones necesarias tendientes a brindar una solución adecuada a la problemática estructural que denuncian los empresarios PYME de nuestra ciudad.
Artículo 2º.- Asimismo, solicita al Departamento Ejecutivo que le recomiende al Poder Ejecutivo Nacional la inmediata y correcta aplicación de la Resolución 14/2018 dictada por la Secretaria de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda de la Nación, por la que le correspondería aplicar el aumento del servicio con el límite de incremento del CINCUENTA POR CIENTO (50%) en el VALOR DEL GAS.
Artículo 3º.- De forma.-
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Mar del Plata
Municipalidad del Partido de General Pueyrredón
Departamento Deliberativo