Información de Expediente

2019 - E - 1663
Fecha de Entrada: 04/06/2019
Carátula: Proyectos de RESOLUCIÓN y de COMUNICACIÓN
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 01/03/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Manifestando preocupación por el incumplimiento por parte de la Secretaría de Desarrollo Social, el Secretario de Salud y el Secretario de Hacienda, del Artículo 1º del Decreto Nº 343/14 el cual les atribuye la facultad de dictar una Resolución, para incrementar el monto del Proyecto Complemento Alimentario Familiar".
Proyecto 2: Comunicación
Solicitando a la Secretaria de Desarrollo Social, al Secretario de Salud y al Secretario de Hacienda, dictaminen de manera conjunta y urgente, la resolución para incrementar el monto de la tarjeta del "Proyecto Complemento Alimentario Familiar".

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 05/06/2019 19/06/2019 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 19/06/2019 28/02/2021 ART. 31 REG. INTERNO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto





Mar del Plata, 04 de Junio 2019


Al Presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Sáenz Saralegui Guillermo


S------------/------------D




VISTO:  La Responsabilidad del Estado Municipal por la Seguridad Alimentaria de los/as vecinos/as del Partido General Pueyrredon, y;




CONSIDERANDO:


      Que en la Cumbre Mundial de Alimentación (1996), se proclama que “existe seguridad alimentaria a nivel individual, familiar, nacional, regional, y mundial cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y preferencias alimentarias para llevar una vida activa y saludable”;


      Que en dicha Cumbre, dirigentes de 185 países y de la Comunidad Europea reafirmaron, en la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial, "el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación apropiada y con el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre";


      Que en la Argentina se sanciono en el año 2002 la ley 25.724, la misma se promulga en el año 2003 y crea el Programa de Nutrición y Alimentación Nacional;


      Que el Programa de Nutrición y Alimentación Nacional tiene como objeto cubrir los requisitos básicos nutricionales de niños hasta los 14 años, embarazadas, discapacitados y ancianos desde los 70 años en situación de pobreza;


      Que la ley 25.724 promueve una reestructuración de los programas alimentarios e instala esta problemática como Política Pública;


      Que en el Partido General Pueyrredon existe el Programa Municipal de Seguridad Alimentaria - Proyecto Complemento Alimentario Familiar, orientado a grupos familiares bajo línea de indigencia, en situación de vulnerabilidad y riesgo alimentario;


      Que el Decreto N°1658 del año 2011, pone  en marcha un sistema de tarjeta de Alimentos Local precargada, reemplazando la anterior modalidad, que consistía en la entrega directa de alimentos a las familias;


      Que la “Tarjeta Precargada de Compra” denominada popularmente “Tarjeta Azul”  permite realizar compra de alimentos en distintos comercios del Partido General Pueyrredon, con un monto mensual fijo;


      Que la erogación de dicha tarjeta se financia con el Fondo de Inclusión Social, en el caso del complemento básico y en los casos de Alto Riesgo Socionutricional y/o Patologías Especificas se financia con la Contribución para la Salud y Desarrollo Infantil;


      Que el complemento Alimentario Adicional para los casos de Alto Riesgo Socionutricional y/o Patologías Especificas se gestiona posteriormente al ingreso del Programa Municipal de Seguridad Alimentaria – Complemento Alimentario Familiar;


      Que es la Secretaria de Salud quien evaluara a las familias que necesiten por su condición de vulnerabilidad nutricional, el complemento Alimentario Adicional;


      Que los grupos poblacionales que serán evaluados para percibir el Complemento Alimenario Adicional serán:


    • Mujeres embarazadas, niñas y adolescentes de 10 a 19 años de edad, con alguna co-morbilidad o en situacion de vulnerabilidad alimentaria.


    • Mujeres puérperas, niñas y adolescentes, con alguna co-morbilidad o en situación de vulnerabilidad alimentaria.


    • Seran contemplados como casos excepcionales:


    • Niños de 0 a 6 años de edad.


    • Personas con VIH, TBC o patologías en las que sea imprescindible, para el desarrollo del tratamiento, un aporte alimentario adicional.


      Que el Decreto Nº 343  del año 2014, modifica el articulo 8° del Decreto Nº 1658/11,  estableciendo que el Secretario de Desarrollo Social, el Secretario de Salud y el Secretario de Hacienda, mediante el dictado de una resolución conjunta podrán incrementar los montos de la tarjeta del “Proyecto Complemento Alimento Familiar”, en función de la evolución de los precios en el mercado del rubro alimenticio o cuando razones de política social así lo exijan;


            Que actualmente el Programa Municipal de Seguridad Alimentaria - Proyecto Complemento Alimentario Familiar tiene un monto de $300 por grupo familiar;


               Que las ultimas cifras publicadas Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) correspondiente al segundo semestre de 2018, establecen que la pobreza en el Partido de General Pueyrredon alcanza el 24,8%;


      Que dicha cifra se traduce en más de 157.734 mil vecinos/as que viven bajo la línea de la pobreza de los cuales 41.164 se encuentran en condiciones de indigencia;


      Que desde la Secretaría de Salud manifestaron en febrero de este año, que 1 de cada 4 niños sufre de malnutrición infantil,  dichos datos fueron recabados en el Materno Infantil y en las salitas de salud;


      Que la desocupación en la Ciudad de Mar del Plata alcanza el 12,8%;


      Que según los últimos datos del INDEC, hay 40.0000 desocupados, 54.000 subocupados (trabajan menos de 35 horas semanales) y 67.000 ocupados demandantes de empleo;


      Que la inflación en el 2018 fue del 47,6%, la cifra más alta en los últimos 27 años, en el primer cuatrimestre de este año la inflación llega al 16,2 por ciento y la comparación anual es del 56,6 por ciento;


         Que la inseguridad alimentaria aumenta en contextos de pobreza y vulnerabilidad social;


         Que el Estado Municipal debe garantizar la Seguridad Alimentaria de todos/as los/ habitantes del partido General Pueyrredon;






Por todo lo expuesto, el bloque de concejales Unidad Ciudadana eleva el siguiente proyecto de:




            RESOLUCIÓN




Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon  manifiesta su preocupación por el incumplimiento por parte de la Secretaria de Desarrollo Social, el Secretario de Salud y el Secretario de Hacienda, del articulo 1° del Decreto 343/14 que modifica el articulo 8° del Decreto Nº 1658/11.


Artículo 2°: Comuníquese, etc.




COMUNICACIÓN




Articulo 1°:El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon  solicita a la Secretaria de Desarrollo Social, el Secretario de Salud y el Secretario de Hacienda, dictaminen de manera conjunta y de carácter urgente la resolución   para incrementar el monto de la tarjeta del “Proyecto Complemento Alimento Familiar” en función de la evolución de los precios en el mercado del rubro alimenticio, tal como lo indica el articulo 1° del Decreto 343/14 que modifica el articulo 8° del Decreto N.º 1658/11.


Artículo 2°: Comuníquese, etc.


















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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon


Departamento Deliberativo





           BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA




Mar del Plata






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