Información de Expediente

2019 - E - 1205
Fecha de Entrada: 11/02/2019
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 22/04/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE, a través de la Secretaría de Salud, informe los motivos por los cuales se realizó el traslado del Departamento de Reinspección Sanitaria, dependiente de la Dirección de Protección Sanitaria, al ámbito de la Dirección de Inspección General.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5393 11/04/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 14/02/2019 27/02/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/02/2019 01/04/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata 11 de febrero 2019

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S-------------/-------------D



VISTO: El decreto 2089, del secretario de Salud, Gustavo Blanco, sobre el traslado del Departamento de Reinspección Sanitaria dependiente de la Dirección de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud al ámbito de la Dirección de Inspección General de la Subsecretaría de Inspección General y;


CONSIDERANDO:


Que el decreto firmado por el actual secretario en septiembre de 2018 solicita el traslado de 7 trabajadores municipales desde el Departamento de Reinspección Sanitaria dependiente de la Dirección de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud a la Dirección de Inspección General de la Subsecretaría de Inspección General;

Que en febrero de 2010, el Municipio firmó con la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Asuntos Agrarios, la adhesión de la ley 13.230 y su decreto reglamentario (2697), con el cual expresamente indica en su artículo 5º inc A:  "El sistema municipal del control de alimentos deberá depender del área de salud de los municipios"

Que esta adopción a la ley provincial está en concordancia con la ley nacional nº  18284 en la cual se aplica el Código Alimentario Argentino y sus decretos reglamentarios y normas Mercosur, todo lo cual el Municipio se comprometió a cumplir;

Que según la web oficial del Municipio (https://www.mardelplata.gob.ar/Contenido/departamento-de-reinspección-sanitaria), dicho Departamento 'realiza el control sanitario de los alimentos que se destinan al consumo humano que son introducidos al Partido de General Pueyrredon así como su transporte, depósito y distribución, cumplimentando las Leyes Sanitarias Nacional y Provincial de Carnes y el Código Alimentario Argentino';



Que a partir de su reincorporación a la Dirección de Protección Sanitaria, el personal profesional y técnico,  articula actividades con fiscalizadores del Departamento de Bromatología y personal del SENASA, interviniendo en operativos de control de vehículos de Productos Frutihortícolas en las rutas de ingreso a la ciudad, y en la concientización de comerciantes de estos productos en las bocas de expendio;


Que el Partido de General Pueyrredon debe cumplir con las leyes existentes en cuanto al consumo, traslado, producción de todos los alimentos en resguardo de la salud de toda la población.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana eleva el siguiente proyecto para su tratamiento y posterior sanción de:



COMUNICACIÓN




Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al secretario de Salud, Gustavo Blanco, que informe los motivos por los cuales trasladó el Departamento de Reinspección Sanitaria dependiente de la Dirección de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud al ámbito de la Dirección de Inspección General de la Subsecretaría de Inspección General.


Artículo 2°: Asimismo, se solicita al secretario de Legal y Técnica, Gustavo Gil de Muro, que informe si existe alguna modificación en la adhesión entre Municipio y Provincia, a la ley 13.230 y su decreto reglamentario (2697), con el cual expresamente indica en su artículo 5º inc A:  "El sistema municipal del control de alimentos deberá depender del área de salud de los municipios"


Artículo 3°: Comuníquese, etc-


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Municipalidad del Partido de General Pueyrredón

Departamento Deliberativo



   BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Mar del Plata



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