Mar del Plata, 8 de febrero de 2019.
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui Guillermo
S-------------/-------------D
VISTO: La Ordenanza 22690 aprobada en el año 2016 por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón;y;
CONSIDERANDO:
Que la misma autoriza “el método de construcción en tierra cruda y las tecnologías de construcción con tierras afines”;
Que dicha norma fue elaborada en forma mancomunada entre organizaciones de la comunidad,cooperativas, etc;
Que a lo largo de varias jornadas de trabajo sobre la temática y la discusión en las distintas comisiones del HCD se logro su sanción, que permitía “la aprobación, visación, inspección final de obras y/o habilitación” de dicho tipo de construcción;
Que el expediente n.º 1671 contó previo a su aprobación con reiterados pedidos de informe desde la comisión de Obras, Seguridad y Planeamiento a la Secretaria de Planeamiento Urbano, la cual se ha expedido a favor del mismo, tanto durante la gestión del Secretario Arq. José Luis Castorina, como del actual Secretario, Arq. Guillermo De Paz;
Que la misma Secretaria de Planeamiento Urbano es el órgano de aplicación designado desde la ordenanza;
Que han transcurrido ya tres años de su promulgación, y aún el Departamento Ejecutivo no ha procedido a su reglamentación;
Que dentro de la provincia de Buenos Aires las localidades de Coronel Suárez, Ayacucho,Puán,Tornquist, Bahía Blanca y Olavarría; han sido pioneras en autorizar y promover este tipo de construcciones;
Que la reglamentación de esta norma sería un gran avance en cuanto al acceso a una vivienda adecuada para un importante sector de la sociedad, así como también el resguardo legal para aquellos ciudadanos del Partido de General Pueyrredón que han avanzado en este tipo de construcción;
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana eleva para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón solicita al Departamento Ejecutivo,
Artículo Nº2:
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredón
Departamento Deliberativo
BLOQUE UNIDAD CIUDADANA
Mar del Plata