Información de Expediente

2019 - E - 1034
Fecha de Entrada: 11/01/2019
Carátula: Proyecto de Decreto
Iniciador: 1PAIS
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 16/11/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Convocando a una Jornada de Trabajo, a los efectos de coordinar una correcta implementación de la Ordenanza Nº23.687, ref a la atención en entidades bancarias, financieras y comerciales a aquellas que prestan servicio de cobranza de impuestos o pago de haberes a jubilados y/o pensionados.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2247 14/03/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/01/2019 25/02/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



  Mar del Plata, diciembre de 2018







  Señor Presidente del



  Honorable Concejo Deliberante



  Guillermo Sáenz Saralegui



  S/D














  VISTO



  La necesidad de poner en marcha la mesa de trabajo creada en el artículo 6 de la ordenanza 23.687.






  CONSIDERANDO







  Que la ordenanza 23687 recientemente aprobada por unanimidad por este cuerpo deliberativo, regula los tiempos de espera en entidades financieras y comerciales, intentando contrarrestaer la vulnerabilidad en la que se encuentra el consumidor en las relaciones de consumo y habiéndose profundizado la situación en los últimos años, cuando por el contrario, uno de los pilares fundamentales de la ley 24.240 es velar por el cumplimiento de sus derechos.



  Que la vulnerabilidad la padecen los usuarios de las entidades comerciales, financieras y bancarias, incluyendo aquellas que prestan servicios de cobranza de impuestos o pago de haberes a jubilados y/o pensionados, en las que se registre una gran concurrencia de público y se lleve adelante una atención personalizada.



  Que por la calidad de los trámites, los adultos mayores son los más perjudicados, en algunas ocasiones por los excesivos tiempos de espera para efectuar sus operaciones y en otras, por la dificultad que varios de ellos tienen para realizar trámites online o desde una aplicación de un teléfono móvil.



  Que esos trámites que están realizando los jubilados como el cobro del haber jubilatorio, son la consecuencia de años de esfuerzo, trabajo y aportes, por lo tanto, el estado debe velar por garantizar un adecuado marco de accesibilidad y el cumplimiento de sus derechos.



   Que claramente, también debe atenderse el tiempo de espera excesivo por los que deben pasar las mujeres embarazadas y aquellos con alguna dificultad motriz, que deben realizar trámites cotidianos para acceder a sus derechos.



   Que además, cabe destacar que por motivos de seguridad, las entidades bancarias y financieras no disponen de baño público de acuerdo a lo establecido por la ley de baños públicos 7690, por lo que resulta indispensable que estas entidades respeten los topes máximos de tiempo de espera que se estipulan en el presente proyecto, a saber un máximo de 45 minutos en caso de que el usuario deba permanecer de pie y de 60 minutos sí el establecimiento cuente con asientos suficientes.



    Que estos derechos al ser de índole constitucional (art. 42 carta magna federal y 38 de la Provincia de Buenos Aires) deben salvaguardarse y lamentablemente, desde la presentación que hiciéramos en mayo del 2015 a la fecha, esta situación se ha agravado para los usuarios y consumidores, ante las concurrencias masivas y largas filas que se visualizan en las instituciones bancarias, financieras y comerciales, donde los usuarios son sometidos a extensos períodos de espera, debiendo en muchos casos, aguardar de pie.



   Que con buen criterio, la Defensoría del Pueblo de General Pueyrredón presentó un proyecto de estas características  (expte 1954-DP-2017), para hacer valer los derechos de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor y la 13.133, Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios.



   Que el municipio cuenta con la Dirección General de Defensa del Consumidor, que tiene entre sus objetivos proteger a los vecinos de la ciudad ante situaciones de esta índole. Que para efectivizar su trabajo, es importante diseñar métodos de control en conjunto con los Centros de Jubilados, ONG vinculadas a la protección de los Derechos de los Usuarios y Consumidores así como la Asociación Bancaria.



   Que de hecho, la ordenanza aprobada al ser tratada en comisiones, recibió informes positivos por parte de la Dirección General de Defensa del Consumidor y de la Defensoria del Pueblo, así como el respaldo del Sindicato de Empleados de Comercio y la Asociación Bancaria.



     Que estos apoyos, fueron fundamentales para que el proyecto fuera aprobado en comisiones y luego en el recinto por unanimidad.



   Que en consecuencia, habiendo sido promulgada la ordenanza y reglamentada por el decreto 2555/18 más allá que aún no se encuentra publicado, a los efectos de garantizar una correcta aplicación de esta ordenanza resulta imperioso convocar a la mesa de trabajo regulada en el artículo 6 de la normativa el cual crea “…una mesa de trabajo integrada por representantes de la Dirección General de Defensa del Consumidor, la Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon, un miembro de cada Bloque Político del Honorable Concejo Deliberante, integrantes de las ONG vinculadas a la protección de los derechos de los usuarios y consumidores, así como un referente de la Asociación Bancaria y del Sindicato de Empleados de Comercio, para la implementación, el monitoreo y la elaboración de datos y estadísticas para su posterior publicación en el Sitio Web del municipio”.



A los efectos de contribuir con convocar a esta mesa, resulta conveniente realizar una jornada de trabajo en donde se pueda coordinar su puesta en marcha.



  Por lo anteriormente expuesto, se eleva el siguiente Proyecto de:







  DECRETO




Artículo 1º.- Convóquese a una jornada de trabajo, en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los efectos de coordinar una correcta implementación de la ordenanza 23.687 así como de la mesa de trabajo creada por el artículo 6 de esta ordenanza.






Artículo 2º.- Invítese a participar a los diferentes bloques políticos que integran el Honorable Concejo Deliberante, a la Secretaría de Gobierno, a la Dirección General de Defensa del Consumidor e Intereses del Contribuyente, a la Defensoría del Pueblo, a la Asociación Bancaria, las centrales obreras, las ONG, instituciones y referentes en la problemática, como a la comunidad en general.






Artículo 3º.- La presente Jornada se realizará en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en día y horario a convenir.






Artículo 4º.- De forma.









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Mar del Plata



BLOQUE [pic]



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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