Mar del Plata, 14 de Junio de 2018.
Señor
Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
D. Guillermo SAENZ SARALEGUI
Su Despacho
VISTO: La preocupante situación socioeconómica por la que atraviesan los sectores más vulnerables de la población de Mar del Plata-Batán y
CONSIDERANDO: Que los informes mensuales de la Fundación CEPES, muestran un permanente incremento de los ingresos necesarios para que una familia tipo pueda superar las líneas de Indigencia y Pobreza y que para el mes de Mayo fueron de $ 7.302,19 y $ 17.817,34, respectivamente.
Que esto conlleva que cada vez más familias queden expuestas a situaciones de vulnerabilidad alimentaria.
Que ya el Informe Sociolaboral Nº 16 de Marzo 2107, elaborado por el Grupo Estudios de Trabajo (GrET) de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Nacional de Mar del Plata expresa: “Los resultados, dan cuenta del elevado nivel que han cobrado estas problemáticas durante 2016: el 30,6% de las personas de Mar del Plata habita en hogares pobres, lo que representa alrededor de 190.000 personas. Asimismo, el 7% de los marplatenses –cerca de 43.300 personas- habita en hogares indigentes, es decir, que no llegan a cubrir sus requerimientos alimenticios.”
Que lo expuesto pone de relieve la creciente importancia que adquieren los comedores y merenderos barriales, que día a día ven incrementada su demanda tanto de niños y adolescentes como de adultos.
Que se hace necesario impulsar políticas públicas que atiendan a esta problemática creciente a nivel de los comedores y merenderos barriales, con acciones que den apoyo y sustentabilidad a su tarea.
Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de Unidad Ciudadana presenta para su tratamiento el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo:
1. Actualice el Registro Municipal de Comedores y Merenderos Barriales del Partido de Gral. Pueyrredon.
2. Provea las garrafas de gas necesarias a los Comedores y Merenderos inscriptos en el Registro Municipal de Comedores y Merenderos.
ARTICULO 2º: De forma.