Información de Expediente

2018 - E - 2369
Fecha de Entrada: 29/11/2018
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor: CJAL. SÍVORI MARÍA VIRGINIA
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 26/04/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, mediante los organismos correspondientes, informe sobre diversos ítems relacionados a la apertura de nuevas carreras en Instituciones de Formación Superior de gestión privada.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5388 11/04/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 03/12/2018 19/03/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 19/03/2019 08/04/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata,  27 de noviembre de 2018


Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui, Guillermo

S------------/------------D


VISTO:


La apertura de carreras online privadas de profesorados a distancia en Historia, Geografía y Lengua y Literatura por parte de una ONG con sede en nuestra ciudad; y,


CONSIDERANDO:


Que la región cuenta con Instituciones de alto nivel académico, como la Universidad Nacional de Mar del Plata y el Instituto Superior de Formación Docente Nº 19, brindando una gran variedad de ofertas de profesorados;

Que el nivel de Educación Superior en la región se caracteriza por una oferta educativa de excelencia académica, ofrecida tanto en instituciones de gestión pública como privada, terciaria y universitaria;

Que el Centro de Graduados de Humanidades manifestó su preocupación y estado de alerta por la apertura de carreras online privadas de profesorados a distancia en Historia, Geografía y Lengua y Literatura por parte de una ONG con sede en nuestra ciudad;

Que la convocatoria a inscripción de las mencionadas carreras es difundida a través de la red social Facebook, en la página “Educadistancia”, cuyas unidades de gestión están radicadas Mar del Plata, Villa Gesell y Santa Teresita;

Que, para realizar un contacto, dicha entidad transfiere al interesado a una página Web donde se observa que el sitio responde a la Asociación Civil Educadores y Educandos, siendo el responsable de la misma el Centro de Estudios a Distancia de Salta;

Que la Resolución Nº 3728/04 a la que hace alusión la Institución para la habilitación de las carreras se encuentra derogada por la Resolución Nº 1323/14  de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires;

Que al no adecuarse a la reglamentación vigente ni respetar los lineamientos de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, no existen garantías suficientes para los inscriptos y cursantes de las carreras que ofrece esta Institución de obtener una formación acorde y, consecuentemente, el titulo habilitante;



Por todo lo expuesto, varios señores/as concejales elevan el siguiente proyecto de:





COMUNICACION


Artículo 1º.-  El Honorable Concejo Deliberante solicita al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, por medio de los organismos que corresponda, informe sobre:

        a) Los criterios de evaluación y aprobación de nuevas carreras en Instituciones de Formación Superior de gestión privada en la Provincia de Buenos Aires;

        b) Sobre la existencia o vigencia de convenios con Universidades Nacionales que residen en la Provincia de Buenos Aires, con el fin de coordinar carreras de formación docente de los distintos niveles del sistema educativo;

        c) Las normativas o reglamentos considerados para evaluar la oferta educativa de nivel superior en su conjunto;

        d) Los criterios considerados para la apertura de nuevos profesorados de nivel terciario;

        e) La reglamentación existente en cuanto al control y supervisión de las actividades de las Instituciones privadas que se autoricen para el dictado de nivel terciario semipresenciales y/o a distancia en la Provincia de Buenos Aires;

        f) Cualquier información que pueda ser de utilidad para con lo solicitado.


Artículo 2º.-  De forma.-

















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Municipalidad del Partido de General Pueyrredón

Departamento Deliberativo



   BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Mar del Plata



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