HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SEÑOR PRESIDENTE
GUILLERMO SÁENZ SARALEGUI
S______________/______________D
VISTO:
Que aún no se efectuó la expropiación del inmueble denominado “Casita Azul” promulgada por la ley 14952, y;
CONSIDERANDO:
Que es una política del Estado Nacional la prevención de la trata de personas, la protección de sus víctimas y la persecución de sus autores;
Que la Ley 26842 promulgada el 26 de diciembre de 2012 sobre la trata de personas y asistencia a sus víctimas se enmarca en los protocolos internacionales y establece mecanismos de prevención y sanción;
Que esa misma Ley crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas;
Que el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires en 2011 realizó la Resolución 848/2011 que crea el SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION CRIMINAL DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS (SisTrata);
Que la Ordenanza 19428 crea el “Programa de Capacitación sobre la Trata de Personas” en el ámbito del Partido de General Pueyrredon;
Que la Ordenanza 19796 establece la Asistencia Integral a la Víctima de Trata de Personas;
Que la Ley 14952 fue impulsada por diversos bloques de la legislatura provincial para llevar adelante la expropiación del inmueble ubicado en la Ciudad de Mar del Plata designado catastralmente como: Circunscripción VI – Sección B – Manzana 181 b.- Parcela 10 inscripto su dominio en la Matrícula 118.418;
Que el motivo de la expropiación era el emplazamiento de un Centro Provincial de Prevención contra la Trata de Personas, así como un Museo Provincial contra la Trata de Personas;
Que desde el año de sanción de la Ley 14952 en 2014 a la fecha, el inmueble continúa en la etapa inicial de ejecución. La fiscalía de Estado, organismo técnico que interviene en el procedimiento, llevó adelante la tasación del bien en marzo de 2015;
Que en la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires se encuentra un expediente con pedido de actualización del valor del inmueble;
Que el obstáculo de la expropiación resulta de índole político administrativo ya que durante todos estos años el Poder Ejecutivo no ha hecho la imputación presupuestaria necesaria para el avance del trámite hacia la etapa de aplicación. Esto es trascendental, ya que sin asignación de fondos no hay expropiación posible;
Que las dilataciones comienzan a ser objeto de preocupación por parte de las organizaciones de Mar del Plata y de quienes integran la Mesa Interinstitucional contra la Trata del distrito, porque se acerca el plazo para considerar abandonar la expropiación, precisamente el 3 de abril de 2019;
Que, por todas las consideraciones anteriormente mencionadas, existe la necesidad de prorrogar los efectos de la ley para otorgarle al Poder Ejecutivo un plazo más extendido para asignar los recursos económicos necesarios para efectivizar el trámite;
Por ello, el Bloque de Unidad Ciudadana eleva el siguiente proyecto de Resolución;
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°. - El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon vería con agrado que se dé pronto tratamiento y posterior sanción al proyecto de Ley presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires con número de expediente: D- 1894/18-19- 0 que pide la prorrogación por el término de tres (3) años contados a partir de su vencimiento la vigencia de la ley 14592;
ARTÍCULO 2°.- Envíese copia de la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a las y los Diputados firmantes: Miguel Funes, Lucía Portos, José Ignacio Cote Rossi, Florencia Saintout, Lauro Grande, Facundo Miguel Tignaneli y César D. Valicenti, y a la Mesa Interinstitucional contra la Trata del Partido de General Pueyrredon;
ARTÍCULO 3°.- De forma, etc.
-----------------------
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
[pic]
BLOQUE UNIDAD CIUDADANA