Información de Expediente

2018 - E - 1754
Fecha de Entrada: 03/07/2018
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/06/2019
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1129 0 2019 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E, informe sobre varios ítems relacionados a la posible aplicación de la Resolución Provincial Nº1736/18 y anexo único, referente a los Equipos de Orientación Escolar (EOE).

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5204 12/07/2018

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 03/07/2018 03/07/2018 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/07/2018 12/07/2018 S/Tablas
033 EDUCACION Y CULTURA 31/01/2019 13/06/2019 Art. 52 del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 13/06/2019 13/06/2019 Art. 52 del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata 3 de Julio de 2018.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S-------------/-------------D



VISTO: La Resolución 1736/18 y el Anexo Único IF-2018-09404879-GDEBA-DPCYPSDGCYE.


CONSIDERANDO:


Que los Equipos de Orientación Escolar (EOE) funcionan dentro de las instituciones educativas en todos los niveles y también en modalidades del sistema educativo.


Que tienen como objetivo ocuparse de  la atención, orientación y acompañamiento de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos con el propósito de contribuir a la inclusión educativa y social a través del aprendizaje.


Que la historia del los EOE tiene más de 70 años de recorrido en la educación provincial, podríamos decir que sus orígenes se remontan al 17 de Enero de 1948, cuando la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, dictó el decreto 1290/48 por el que se creó una comisión integrada por miembros de esa dependencia y del Ministerio de Salud y Asistencia Social, para la creación de un Instituto de Orientación Profesional; que se logró en marzo de ese mismo año, iniciando su labor de forma experimental, sobre la base de una estructura que se iría consolidando y modificando a lo largo del tiempo.


Que el Instituto del Orientación Profesional fue pionero en la Provincia de Buenos Aires y en  Latinoamérica, tuvo entre sus profesionales fundantes a los Dres. Jaime Bernstein  y Bernardo Serebrinsky.


Que a partir de su creación, se convocó para llevar adelante sus objetivos Institucionales a maestros con cierta formación e intereses en áreas pedagógicas, psicológicas y sociales, para el estudio del alumno como parte de la unidad educativa, durante toda la permanencia en la escuela primaria, con vistas a favorecer su orientación vocacional al finalizar ese ciclo de la enseñanza. Además orientaría  a los padres y madres sobre las posibilidades de sus hijos y su adecuación profesional al medio.


Que en el año 1949 se modificó la organización escolar de la Provincia de Buenas Aires, la Dirección General de Escuelas pasó a constituirse en Ministerio de Educación y, como consecuencia, se creó la Dirección de Psicología Educacional y Orientación Profesional, por decreto N.º 16.736, que tenía como principales funciones realizar investigaciones educativas a los docentes y orientación vocacional y/o  profesional. En este momento su accionar estaba limitado a escuelas primarias y tenía un claro enfoque en el modelo clínico.


Que en lineas generales, puede afirmarse que el modelo clínico o asistencial enfatiza los aspectos psicopedagógicos de la  intervención, centrándose en las dificultades de los alumnos, el tratamiento y la rehabilitación de los casos. Concibe al alumno como la fuente del problema y olvida otras variables (familia, entorno cultural, comunidad, interrelaciones, etc) que pueden ser determinantes. El abordaje de las situaciones conflictivas en la escuela era básicamente una práctica de consultorio donde se derivaba a quienes tenían dificultades de adaptación o de aprendizaje en el aula.

Este paradigma fue una constante en el tratamiento de la modalidad  hasta principios de los años 90, cuando a la vuelta de la democracia y las nuevas corrientes pedagógicas permitieron abordar un cambio en la visión de la orientación escolar. De esta manera la orientación escolar pasa a  enfocarse en el paradigma constructivista reconociendo a la realidad como compleja y multiforme, promoviendo la investigación y la generación de estrategias de intervención; con una dinámica interna que tiene lugar en el medio social culturalmente organizado; incluyendo a la familia y la comunidad como instancias significativas en el proceso de aprendizaje y la formación de los alumnos.


Que a partir de ese momento cambia la denominación de los Equipos Psicopedagógicos Sociales (E.P.S) por “Equipos de Orientación Escolar” (E.O.E), también se reemplaza la designación de Asistente por “Orientador”.


Que “El gabinete es una denominación de la cual decidimos salir, ya que alude a un concepto de paradigma médico. En cambio el Equipo de un paradigma de  promoción y protección de derechos de niños y adolescentes”, explicaba sobre el cambio de denominación la Directora de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, Claudia Bello, de quien dependían en el año 2010 los 10280 miembros de los Equipos de Orientación Escolar en el sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires.


Que en la Provincia de Buenos Aires, los Equipos de Orientación Escolar surgen en lo que se llamó Instituto de Orientación Profesional el 17 de enero de 1948 por medio  del Decreto 1290/48 y un año después el 6 de agosto de 1949 se crea la Dirección de Psicología Educacional y orientación Profesional.


Que en noviembre de 1950 por Resolución N.º 4933 se crean filiales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.


Que en 1956 Resolución Ministerial N.º 4543, se denominó Dirección de Psicología y Asistencia Social Escolar.


Que en 1967 se redefinen los Centros Asistenciales y surgen Los Centros  Educativos Complementarios CEC.


Que en los 90 se cambia  asistente por orientador y comienza un proceso de trabajo de revisar los enfoques de las intervenciones.


Que con la Ley de Educación Nacional y provincial del año 2006 y 2007 respectivamente y la Ley de  promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes hay un cambio de paradigma que contempla  a los niñxs y adolescentes como sujetos  de derecho y es en el 2007 que cambia la dirección su denominación, MODALIDAD DE PSICOLOGÍA COMUNITARIA Y PEDAGOGÍA SOCIAL.


Que los E.O.E. dependen en la actualidad de dicha Modalidad y se desempeñan en los Distritos de todas las Regiones Educativa, Niveles y Modalidades y están integrados por los siguientes profesionales: Orientador Educacional, Orientador Social, Maestro/a Recuperador/a u Orientador de Aprendizaje, Fonoaudiólogo/a u Orientador Fonoaudiológico y Médico/a u Orientador Médico.


Que el accionar de los E.O.E. está centrado, principalmente, en disminuir los fenómenos de ausentismo reiterado, repitencia y sobreedad; articular ciclos, niveles y modalidades del sistema educativo y promover consensos para lograr acuerdos de convivencia institucional.


Que en lineas generales, los Equipos de orientación Escolar anclan sus proyectos en tres situaciones escolares: las problemáticas que afecten  el aprendizaje y que generen sobreedad escolar; la prevención y la intervención en situaciones conflictivas y de vulneración de derechos en el escenario escolar y la inclusión de los y las alumnxs,  básicamente en el nivel secundario.


Que es importante realizar este pantallazo a la historia de la modalidad para entender que su desarrollo y complejización no se debió a hechos fortuitos o aislados, sino, a una  visión que entiende que los EOE desarrollan una tarea central en el fortalecimiento del  trabajo de las Instituciones Educativas y de los y las Docentes, así como en la  promoción efectiva del derecho social a la Educación.


Que en relación a la importancia que revisten EOE en una entrevista realizada a Eliana Vásquez Directora de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social de la provincia de Buenos Aires entre  los años 2011 y 2015, declaró: “Los equipos de orientación escolar son siempre necesarios, trabajan en pareja con los docentes; intervienen en el proceso de aprendizaje de los alumnos y también en las prácticas de enseñanza de los docentes. Nosotros creemos que como modalidad tenemos que crecer, pensamos que son necesarios más equipos”. Y agregó: “somos la única provincia del país que cuenta con una dirección de estas características. Tenemos equipos que forman parte de las instituciones, una cobertura que requiere que sigamos sumando equipos, y vamos en camino a que todas las escuelas lo tengan.”


Que como vemos, lamentablemente a partir del año 2016 esta lógica cambió y hoy los EOE se encuentran en un proceso de retracción y achicamiento.


Que los alcances de la Resolución 1736/18 y anexo, son preocupantes ya que entendemos que las medidas planteadas de manera unilateral, están tomadas desde un profundo desconocimiento del trabajo que realizan los EOE en toda la Provincia. Responden únicamente a la ejecución de un ajuste económico que viene a desarticular, fragmentar y pauperizar el trabajo y las condiciones laborales de lxs Docentes de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social. Debemos comprender que  la demanda del trabajo de los EOE crece en tiempos como los que atravesamos de ajuste y crecimiento de la pobreza y de despliegue de diferentes expresiones del conflicto social en las Escuelas.


Que la agudización de las crisis; el desempleo, que en nuestra Provincia supera el 11%; el contexto inflacionario y la pérdida de poder adquisitivo golpean fuerte en los hogares bonaerenses, los servicios alimentarios escolares se ven desbordados y comienzan a repetirse imágenes que hace más de una década no se viven en las escuelas bonaerenses.


Que frente a esto la respuesta de las autoridades Provinciales dista de ser el acompañamiento a las políticas de orientación y prevención, sino por el contrario, a través de esta resolución se pone en jaque a la modalidad, precarizando a lxs docentes, vulnerando los derechos de las Instituciones Educativas, de los y las Docentes, de los EOE y fundamentalmente de lxs Estudiantes.


Que al transformar a los EOE en equipos para todas las Escuelas del distrito, modifica su pertenencia institucional y su valioso aporte a la elaboración de proyectos institucionales democráticos e inclusivos que sostienen la continuidad pedagógica, los procesos de aprendizaje de los y las alumnas que interactúan con el trabajo docente en las aulas y en cada Escuela. De esta manera las modificaciones propuestas responden a criterios que profundizan las desigualdades ya existentes. Bajo la excusa de un “ordenamiento administrativo” pero  con el único objetivo de avanzar con el ajuste y la desjerarquización de la educación el Gobierno de la Gobernadora Vidal y el Director General Sanchez Zinny están asestando un duro golpe al corazón de los proyectos institucionales de cada rincón de nuestra Provincia.


Que entendemos que la Resolución 1736/18 y el Anexo Único IF-2018-09404879-GDEBA-DPCYPSDGCYE profundiza el ajuste educativo e incumple la Ley Provincial de Educación (Art. 43); que avanza in  políticas de  precarización laboral; que desconoce los ámbitos de  participación e incidencia de lxs Docentes tales como las Paritarias, la Mesa de Cogestión y la Mesa Psicoeducativa, promoviendo un escenario educativo en el que se verán aún más comprometidas las condiciones para enseñar y aprender.










Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes eleva para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN



Artículo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón  solicita a la Secretaria de Educación informe sobre los siguientes aspectos relacionados a la posible aplicación de la Resolución provincial N.º 1736/18 y anexo único, emitida por la DGCyE, en particular:





1. Enumere el total de cargos faltantes en dicha modalidad en todos los niveles educativos;


2. Detalle la cantidad de cargos creados fueron titularizados en los últimos dos años en la modalidad EOE en todos los niveles y modalidades;


3. Detalle cuántos de estos cargos fueron titularizados en los últimos dos años;


4. Indique en qué ámbitos de participación e incidencia de los y las Docentes y de la comunidad educativa fue consensuada dicha Resolución y las modificaciones que ésta conlleva;



5. Indique cuantos cargos se crearán a partir de esta Resolución a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el articulo 43 s/ Ley 13688;


6. Detalle cuál fue el criterio utilizado a la hora de determinar el destino de los EOE en el nivel inicial, en detrimento del resto de los niveles obligatorios y  otras modalidades;


7. Detalle que ocurrirá con aquellas docentes que presenten incompatibilidades con las nuevas funciones de los EOED;


8. Detalle el cronograma y calendario para el ordenamiento y pasaje administrativo de los Equipos de Orientación Escolar a la órbita Distrital;


9. Indique cuál fue el criterio pedagógico utilizado para la creación de la “categoría de equipo” formada por un solo/a profesional;


10. Detalle cómo se asegurará el carácter interdisciplinario en aquellos equipos conformados por un solo/a profesional;


11. Indique  cómo se asegurará la participación en la elaboración de proyectos institucionales democráticos e inclusivos que respeten una continuidad pedagógica en cada institución, teniendo en cuenta que los EOED intervendrán en todas las escuelas del distrito al mismo tiempo;


12. Informe cómo se llevarán adelante los trabajos de articulación entre los EOE y los Equipos de la Modalidad de Educación Especial en pos de garantizar los derechos que establece la Ley de Educación provincial N°13688 en lo que se  refiere a aquellos/as estudiantes con Necesidades Educativas derivadas de la Discapacidad;


13. Informe como se prevé el trabajo en el marco en los proyectos de integración de aquellos/as estudiantes con Necesidades Educativas derivadas de la Discapacidad con equipos que año tras año pueden cambiar;


14. Exprese cómo se evitará la deshistorización de las intervenciones profesionales y deconstrucción de los vínculos afectivos teniendo en cuenta que los equipos podrían rotar de institución al finalizar el ciclo lectivo;


15. Informe todo otro dato de interés para la materia en cuestión.


Artículo Nº2: Comuníquese,etc.






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BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


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