Mar del Plata, 4 de junio de 2018
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Guillermo Sáenz Saralegui
S/D
VISTO
Que resulta imprescindible la detección a temprana edad de conductas iniciadoras de Trastornos de Espectro Autista para un completo abordaje; y
CONSIDERANDO
Que el espíritu de este proyecto es capacitar a maestros de educación inicial y profesionales de jardines maternales municipales en la detección de conductas indicadoras de TEA.
Que es necesario el seguimiento educativo de los niños con TEA.
Que esto presenta un gran desafío para los docentes ya que en la mayoría de los casos no cuentan con la información y capacitación suficiente para su tratamiento dentro del contexto del aula.
Que es menester del docente ofrecer a cada niño lo necesario para su desarrollo pedagógico e individual por lo que conocer las características del cuadro le ofrecerá el mejor punto de partida para satisfacer esos requerimientos.
Que, en la mayoría de los casos, el docente se convierte en partícipe del diagnóstico del niño, utilizando como principal herramienta la observación que la cotidianeidad le ofrece.
Que el diseño curricular del profesorado de nivel inicial no cuenta con los contenidos suficientes en relación al TEA, por lo que se vuelve urgente la capacitación.
Que, desde el estado, se debe apoyar y fomentar la implantación plena de los derechos de las personas con TEA en todas las áreas de su vida, con el fin de apoyar la detección y promover el conocimiento de los TEA en el ámbito educativo.
Que en el mes de febrero se realizó una Jornada de Trabajo en el Recinto de Sesiones del HCD con el objeto de debatir sobre la conveniencia y necesidad de crear un Centro Educativo Terapéutico para menores con TEA que no cuenten con cobertura médica.
Que, asimismo, presentamos dos proyectos: uno creando el Centro Educativo Terapéutico y otro que busca que, en las Unidades de Atención Dorrego y de Adolescentes que funciona en el Instituto Nacional de Epidemiología, ambas dependientes de la Secretaría de Salud municipal, funcione un equipo integral de profesionales que puedan diagnosticar y tratar a menores con TEA que no cuenten con cobertura médica.
Que los trastornos del Espectro Autista (TEA) son una gama de disfunciones del desarrollo Neurológico, con una base genética dominante, de origen en la infancia y que se caracterizan con síntomas relacionados con dificultades marcadas en el área de la comunicación e interacción social y patrones restrictivos y repetitivos de comportamiento, interés o actividades.
Que esto genera por lo general un deterioro significativo en varios ámbitos importantes del funcionamiento habitual. (DSM 5, 2013). La idea de espectro da cuenta justamente de que ninguna persona con TEA es igual a otra, mostrando diferencias notables en cuanto a la gravedad, forma y funcionalidad.
Que, en ocasiones, pueden estar acompañados por déficit intelectuales, aunque no es imprescindible que ello ocurra para establecer el Diagnóstico.
Que el jardín maternal es el primer escalón de socialización con otros niños, por esto los docentes son de suma importancia en la detección de conductas que ayuden a la pesquisa de los niños con sospecha de TEA, y su posterior derivación al a través de sus padres para su asistencia.
Que enumeramos, a continuación, conductas que a un docente le podrían ayudar a la pesquisa, realizar una charla con los padres y enviar con un informe escrito al profesional actuante, para que se desarrollen las pesquisas necesarias:
• Retraso o carencia verbal. Lenguaje repetitivo o poco funcional (Ecolalias)
• Aleteo de manos, correr en círculos
• Comunicación funcional restringida (no para interactuar solo para cuando necesita algo)
• Ausencia de juego simbólico o imaginativo
• Uso impropio de juguetes, ordena los juguetes en fila o hace utilización de ellos de forma no funcional
• Conductas obsesivas
• Se golpea a sí mismo con objetos o con sus manos
• Baja empatía o poca relación con sus pares, es dejado de lado por los compañeros, es punto de referencia de cargadas constantes
• Se aísla, juega solo
• Rechaza el contacto físico
• No responde a órdenes o no responde cuando se lo llama (parece no oír)
• No mantiene la mirada
• Alto grado de frustración o berrinches con dificultad para lograr un estado de calma
• Baja tolerancia al cambio de rutinas
• Un nivel excesivo de actividad
• No señala o bien utiliza las manos del maestro para señalar sus necesidades
Que, si un niño presenta algún tipo de estas conductas, podría tratarse de un TEA.
Que, ante esta situación, la escuela debe actuar.
Que la integración escolar se vincula con el proceso personalizado mediante el cual un niño con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad participa en el aprendizaje y la vida social diaria de la escuela de nivel.
Que la inclusión educativa es un concepto más amplio que apunta a minimizar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación de todo el alumnado.
Que un niño no está verdaderamente integrado en una escuela si en ella no se implementan los cambios en el colectivo escolar.
Que es imprescindible y urgente capacitar a los docentes para que puedan ser partícipes del proceso de inclusión y de la mejora de la calidad de vida de estos niños.
Que está claro que no es la labor del educador realizar un diagnóstico, pero será de gran utilidad que el maestro informe a los padres, sin alarmar, lo que observa, y en caso necesario de llegar a un diagnóstico precoz y su posterior abordaje terapéutico.
Por todo ello, se eleva a consideración del Cuerpo el presente proyecto de
ORDENANZA
Artículo 1º:Créase el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y DETECCIÓN TEMPRANA DE TEA, destinado a docentes de nivel inicial del ámbito municipal.
Artículo 2º:El programa será implementado mediante un acuerdo entre las Secretarías de Salud y Educación municipales y la Escuela de Medicina dependiente de la UNMDP.
Artículo 3º:El objeto del Programa será brindar herramientas de apoyo y capacitación en el proceso de inclusión de los niños con TEA, remarcando la importancia de la participación del docente en la trayectoria educativa del alumno.
Artículo 4º:La Secretaría de Educación municipal tendrá a su cargo la implementación de cursos y/o talleres de capacitación para la detección temprana de Trastornos de Espectro Autista.
Artículo 5º:La autoridad de aplicación creará una mesa de trabajo a los efectos de implementar este programa con los sujetos mencionados en el artículo 2º de esta ordenanza y deberá convocar a todas aquellas asociaciones civiles y ONG que trabajen con esta temática.
Artículo 6º:Finalizado el período de formación y aprendizaje, los docentes de nivel inicial municipales, recibirán un certificado expendido por la Secretaría de Educación.
Artículo 7º: Comuníquese, etc..-