Información de Expediente

2018 - E - 1626
Fecha de Entrada: 31/05/2018
Carátula: Proyecto de Ordenanza.-
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: A LA ESPERA DE LA PROMULGACION
Desde: 19/01/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando un circuito de Mountain Bike que permita incorporar a la ciudad una instancia de deporte de aventura que articule y combine la actividad deportiva y recreativa con el uso de bicicletas todo terreno.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
19105 29/12/2020 24992 13/01/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 05/06/2018 16/01/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/01/2019 23/05/2019 Art. 52 del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/05/2019 10/10/2019 Art.52º
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/10/2019 21/05/2020 Art. 52° del R.I
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/07/2020 14/12/2020 Art.52º R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/12/2020 22/12/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 31 de mayo de 2018





Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Guillermo Sáenz Saralegui

S/D





VISTO


                                         La importancia de la circulación en  bicicleta y de la práctica de deportes asociados a la misma; y





CONSIDERANDO


                                         Que constituye un medio de transporte ecológico que permite efectuar los traslados sin contaminar el medio ambiente; pues no emite gases de efecto invernadero, ni ruidos y no consume combustibles.


                                         Que según diferentes estudios realizados, se estima que alrededor del 70% de la contaminación atmosférica que se genera en las grandes ciudades proviene de fuentes móviles, ocupando el automóvil un lugar preponderante.


                                         Que en países y ciudades del mundo se ha iniciado un importante movimiento para desalentar el uso del transporte motorizado individual, promoviendo alternativas colectivas de traslado que no sólo suponen mejoras en el servicio del transporte público sino la promoción del empleo de la bicicleta.


                                         Que en esa línea Mar del Plata debe avanzar en los postulados trazados por el Plan Maestro de Transporte y Tránsito que tiene en estado ejecutivo la plataforma de una red de bicisendas y ciclovías y debe incorporar un conjunto de acciones tendientes a internalizar un nuevo paradigma desde el punto de vista de la movilidad urbana que reivindica fundamentalmente la democratización en el uso del espacio público.


                                         Que en función de ello se deben promover cambios de hábitos en los ciudadanos/as alentando, mediante campañas públicas, el uso de la bicicleta entre otras cuestiones.


                                         Que de modo conjunto a las acciones que se vienen desarrollando en nuestra ciudad, entendemos que diseñar un circuito de competencia de Mountain Bike sumará una instancia de deporte de aventura que articule y combine la actividad deportiva y recreativa con el uso de bicicletas de alta gama a todo terreno, brindando, también, un nuevo elemento de oferta turística que la ciudad hoy no tiene.


                                         Que el ciclismo de montaña o mountain bike como suele denominárselo, es un deporte relativamente nuevo que tuvo sus orígenes en Estados Unidos hacia finales de los años 70.


                                         Que el mismo se realiza sobre una bicicleta de montaña (MTB), también llamada todo terreno (BTT), que posee una estructura muy diferente a las de carreras y que resulta idónea para moverse en parajes naturales.


                                         Que el mountain bike se practica en caminos de tierra llanos, circuitos naturales cerrados o recorridos recreativos.


                                         Que en función de la modalidad, se afirma que "el mountain bike también tiene lugar en parques de salto, complicados descensos o pistas en bajada con banderas y puertas similares a las del esquí, sólo aptas para bikers con muchas horas de entrenamiento, pericia extrema y un equipo de MTB de primer nivel, en el que no deben faltar rodilleras y coderas" . Se trata de los denominados Centros de BTT (Bicicleta Todo Terreno) que organizan rutas guiadas por entornos privilegiados.


                                         Que si bien es cierto que la práctica de dicha actividad requiere y demanda cierto estado y resistencia física, efectuada en un grado moderado de intensidad es apta para casi todos los públicos, incluyendo niños/as; exceptuando obviamente a todas aquellas personas que presentan algunas patologías respiratorias y/o cardiovasculares, entre otras.


                                         Que se sostiene que el mountain bike produce y reporta muchos beneficios no sólo a la salud de las personas que deciden participar de la actividad sino para la convivencia social, a saber: a) Permite tonificar los músculos y quemar calorías, ayudando a controlar el peso y moldear la figura. b) Mejora las habilidades de coordinación y equilibrio. c) Aumenta significativamente la capacidad pulmonar. d) Fomenta el respeto por la naturaleza y ofrece la posibilidad de contemplar paisajes únicos mientras se hace ejercicio. e) Los obstáculos físicos se convierten en retos que aumentan la capacidad resolutiva y de superación también en el ámbito profesional y personal. f) Se puede practicar en grupo, mejorando el trabajo en equipo y encontrando personas que comparten tus mismos intereses. g) Mejora el sistema innunitario. h) Segrega endorfinas, que actúan a nivel cerebral provocando bienestar.


                                         Que, en el Partido de Gral. Pueyrredon hay escenarios naturales perfectos para la práctica de esta disciplina como resultan ser los ámbitos de la Laguna de los Padres y Sierra de los Padres, la zona de las canteras en Batán y un gran potencial en otros ámbitos que bien podrían servir para constituir desarrollos propios para esta actividad deportiva.


                                         Que el costo de diseñar un circuito de esta especialidad no requiere una gran erogación económica ni grandes inversiones de mantenimiento hecho que lo hace muy interesante para una gestión que debe buscar alternativas creativas en tiempos de crisis no solo para potenciar el deporte sino también para poner en agenda turística un ofrecimiento de esta naturaleza.


                                         Que, al mismo tiempo, practicar el deporte resulta relativamente accesible para todas las clases sociales hecho que lo hace más atractivo para el Estado Municipal.


                                         Que, seguramente, muchas organizaciones locales podrían ser convocadas para participar en el diseño e instrumentación de un circuito de esta naturaleza.





Por todo ello, se eleva a consideración del Cuerpo el presente proyecto de




ORDENANZA


Artículo 1°.- Créase en el Partido de Gral. Pueyrredon un Circuito de Mountain Bike que permita incorporar a la ciudad una instancia de deporte de aventura que articule y combine la actividad deportiva y recreativa con el uso de bicicletas todo terreno.


Artículo 2°.- A los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo primero de la presente norma, el Departamento Ejecutivo, a través del EMDER, deberá convocar a organizaciones de la sociedad civil de ciclistas y demás instituciones que estime pertinente para definir, en un plazo de noventa (90) días, las características del mismo así como el lugar de su emplazamiento.


Artículo 3º.- De forma.


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