HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Señor Presidente
Cnjal. GUILLERMO SÁEZ SARALEGUI
VISTO
Los diferentes reclamos de público y notorio conocimiento sobre la falta de accesibilidad de los balnearios para personas con discapacidad y dificultades de desplazamiento
y
CONSIDERANDO
Que se encuentra vigente la Ordenanza 22233 que establece que los concesionarios de los balnearios emplazados en el Partido de General Pueyrredon deberán adaptar su infraestructura y servicios a los lineamientos de accesibilidad de tallados en el Anexo 1 de dicha ordenanza
Que el criterio de accesibilidad se enmarca en la Ley Nacional 26378
Que el Estado debe gestionar en pos del bienestar de la ciudadanía y permitir que toda persona pueda desarrollar su vida sin impedimentos impuestos
Que desde el Ejecutivo no se ha hecho público el estado de aplicación de la ordenanza 22233
Se eleva el siguiente proyecto:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita que el Departamento Ejecutivo informe:
A- Sobre el estado de aplicación de la Ordenanza 22233
B- Sobre los plazos otorgados a cada balneario para la adaptación de cada unidad como lo establece el artículo 2 de la Ordenanza 22233 y si los mismos se encuentran cumplidos o pendientes de cumplimiento
C- Informe sobre las actas labradas y las sanciones que ya se hayan aplicado por incumplimiento de la norma
Artículo 2.- De forma, etc.