Información de Expediente

2017 - E - 1914
Fecha de Entrada: 29/08/2017
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 06/07/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E., que requiera del Sr. Secretario de Salud la convocatoria de la Comisión de Seguimiento de la Contribución de la Salud Pública y Desarrollo Infantil, la cual preside, dando cumplimiento a las Ordenanzas Nº19.059 y 19.400, como así también informe sobre el total recaudado en concepto de Contribución a la Salud Pública y desarrollo infantil desde la creación de la tasa en 2009.-
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 29 de agosto de 2017

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S------------/------------D


VISTO:

      La Ordenanza N° 19059 que crea la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil; y la Ordenanza N° 19400 que aprueba el Reglamento de  funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil; y




CONSIDERANDO:

      Que la Ordenanza N° 19059, sancionada el 5 de marzo de 2009 y promulgada por Decreto N° 565/09 el 10 de marzo de 2009, crea la contribución a la salud pública y el desarrollo infantil, que en su artículo 1º señala: “Hecho Imponible. Por el beneficio,  real o potencial, originado por la prestación de los servicios de salud y atención del desarrollo infantil brindados por el Municipio, se abonará la contribución que al efecto fije la Ordenanza Impositiva de acuerdo a las normas establecidas en el presente Título.”

      Que los contribuyentes y responsables de este gravamen son: “titulares de dominio de los inmuebles, con exclusión de los nudos  propietarios; los usufructuarios, y los poseedores a título de dueño”.

      Que en su Artículo 6° se explicita que se afecta “el producido de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil establecida en la Ordenanza Fiscal a la cobertura de la totalidad de las erogaciones correspondientes a la asistencia primaria y desarrollo infantil realizadas por la Secretaría de Salud “

      Que el Artículo 5º de la Ordenanza N° 19509 crea la “Comisión de seguimiento  de la Contribución a la Salud y Desarrollo Infantil”.

      Que el 9 de octubre de 2009 se sancionó la Ordenanza N°19400, que aprueba el “Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil”, conforme las previsiones del artículo 5º de la Ordenanza nº 19059.

      Que la Ordenanza N°19400 fue promulgada por Decreto Nº 2314/09, el 27 de octubre de 2009.

      Que el objetivo de esta comisión es Generar ámbitos de discusión y asesoramiento interdisciplinario, y monitorear la percepción y afectación de la contribución a la salud pública y desarrollo infantil.

      Que en el Artículo 3° se detallan las funciones de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y el Desarrollo Infantil, las cuales serán:

        A. Analizar la efectiva recaudación de la Contribución a la Salud Pública y el Desarrollo Infantil.

        B. Monitorear la efectiva afectación del recurso a gastos sanitarios y de desarrollo social.

        C. Presentar planes y recomendar medidas sanitarias y de desarrollo social.

        D. Sugerir la conformación de comités ad hoc para el estudio de temas y/o problemas especiales.

        E. Formular planes y sugerencias para el mejoramiento del proceso de gestión de la salud y el desarrollo social.

        F. Interactuar con la comunidad a los efectos de poner a discusión temas de interés común.

        G. Recomendar mecanismos, políticas e intervenciones que posibiliten el uso eficiente de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil.

        H. Asesorar en los asuntos que se propongan desde la Administración Municipal.

      Que el Presidente de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil  será el representante de la Secretaría de Salud y convocará de acuerdo a la periodicidad que ella misma establezca y cada vez que lo requiera el cumplimiento de sus funciones o lo soliciten las autoridades.

      Que desde la sanción de estas Ordenanzas en el año 2009 sólo se convocó a la Comisión en una oportunidad.

      Que el Artículo 7° de la Ordenanza 19400 sostiene que “la Comisión deberá elaborar un informe que dé cuenta de los recursos percibidos, montos no cobrados y la aplicación de dichos fondos a los gastos pertinentes. Asimismo informará de los saldos existentes. Dicho informe será presentado en dos fechas, al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año. El mismo deberá ser publicado en la página web del municipio”.

      Que por el Decreto 832/10, se designó a los integrantes de la comisión de seguimiento, para empezar a cumplir funciones a partir del 15 de abril de 2010.

      Que como ya se señaló anteriormente la Comisión se reunió en una oportunidad pero no se brindó información sobre el destino de estos fondos, ni se dio cumplimiento a la obligación de hacer pública esta información.

      Que el Artículo 6° de la Ordenanza N° 19400 indica que los miembros de la Comisión se renovarán cada dos (2) años.

      Que no se renovaron los miembros de dicha comisión.

      Que conocer el destino de los fondos es esencial ya que el recurso generado por la Contribución a la Salud Pública y el Desarrollo Infantil debe ser afectado a gastos sanitarios y de desarrollo social.

      Que, por este motivo, diversos sectores políticos a lo largo de los años han solicitado la reactivación de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil, como lo demuestran los expedientes:

      2011-E-1633 Solicitando al D.E. que requiera al Sr. Secretario de Salud la convocatoria de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil.

      2012-E-1689 Solicitando al D.E. requiera al Sr. Secretario de Salud la convocatoria de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud y Desarrollo Infantil.

      2012-E-1974 Solicitando al D.E. informe ref. a la Reglamentación del Funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil.

      2015-E-1698 Solicitando al D.E. informe sobre varios items relacionados con las Ordenanzas Nº 19059 y 19400 por las cuales se crea y se reglamenta la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil.

      Que la Ordenanza Nº 23068, que fija el presupuesto del año 2017, indica que el ingreso por Contribución a la Salud y Desarrollo Infantil es un fondo afectado y se estima que será de $120.000.000 en el período.





Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria  eleva  el siguiente proyecto de:


COMUNICACION


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que requiera del señor Secretario de Salud la convocatoria urgente de la Comisión de Seguimiento de la Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil que preside, en cumplimiento de las Ordenanzas N° 19059 y 19400.-


Artículo 2.- Asimismo este cuerpo solicita se informe:

   A. Monto total recaudado, en concepto de  Contribución a la Salud Pública y Desarrollo Infantil, desde la creación de la tasa en 2009 a la fecha, discriminado en forma anual.

   B. Detalle del destino de los fondos utilizados en cada uno de los períodos.


Artículo 3.- Comuníquese, etc.






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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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