Información de Expediente

2017 - E - 1767
Fecha de Entrada: 11/07/2017
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 17/07/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Autorizando al espacio político Unidad Ciudadana a la utilización del espacio público y al corte de tránsito de la calle Rivadavia entre las calles Córdoba e Hipólito Yrigoyen y de la calle San Luis entre la Av. Luro y calle Belgrano el día 14 de julio de 2017 en el horario de 8 a 21 horas con motivo de la realización de un acto.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                            Mar del Plata,  11 de julio de 2017

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S------------/------------D


VISTO:

La realización de un acto organizado por el espacio político Unidad Ciudadana para el día viernes 14 de julio del corriente año a las 18 horas en el Centro de Arte Radio City + Roxy + Melany, ubicado en la calle San Luis 1750 y;


CONSIDERANDO:


      Que el acto será encabezado por la candidata a senadora nacional por el espacio Unidad Ciudadana y ex presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kichner.



      Que por la convocatoria del evento se prevé que asistan miles de personas y, en efecto, es necesario el corte de tránsito en las adyacencias del lugar para resguardar la seguridad de los presentes.


Por todo lo expuesto, el bloque de concejales del Frente para la Victoria eleva  el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º .- Autorízase la utilización del espacio público y el corte de tránsito de la calle Rivadavia entre Córdoba e Hipólito Yrigoyen y en San Luis entre la Avenida Luro y Belgrano para el día viernes 14 de julio del corriente  año en el horario de  8 a 21 horas con motivo de la realización de un acto organizado por el espacio político Unidad Ciudadana.






Artículo 2º.- Previo al inicio de la actividad, deberá acreditarse la contratación de los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo Municipio, por daños y perjuicios que eventualmente se pudieren ocasionar,

en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1109º al 1136º del Código Civil, incluyendo también gastos, honorarios y costas.



Artículo 3º.- Dejase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical deberán abonarse, previa iniciación de las actividades, las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.). El Departamento Ejecutivo verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en el Decreto nº 1638/00.


Artículo 4º.- Una vez finalizada la acción autorizada deberá restituir el espacio público cedido en las mismas condiciones en que lo recibiera, retirando, si correpondiere, en forma inmediata los elementos utilizados.


Artículo 5º De forma, etc.

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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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