Mar del Plata, 21 de abril de 2017
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui Guillermo
S------------/------------D
VISTO: La Ley Nacional 26.130 aprobada en el año 2006, que establece la "ligadura de trompas de Falopio" y "ligadura de conductos deferentes o vasectomía" en los servicios del sistema de salud” de forma gratuita, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha ley “establece que toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas denominadas "ligadura de trompas de Falopio" y "ligadura de conductos deferentes o vasectomía" en los servicios del sistema de salud”;
Que la ley asegura la gratuidad de las intervenciones de contracepción en los establecimientos del sistema público de salud y los agentes de salud entidades de medicina prepaga tienen la obligación de incorporar estas intervenciones médicas a su cobertura;
Que el ARTICULO 8º de dicha ley incorpora en el artículo 6º, inciso b), de la Ley 25.673 que crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, el siguiente texto:
“Aceptándose además las prácticas denominadas ligadura de trompas de Falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía, requeridas formalmente como método de planificación familiar y/o anticoncepción.”;
Que a pesar de los avances en cuestión de generó de la última década, vivimos en una sociedad patriarcal, en donde la representación social que tiene el varón sobre su aparato reproductor es la de poder. De esta manera es difícil someterse a una operación que puede parecer una mutilación;
Que la vasectomía es una cirugía segura y simple para los varones, donde se ligan o cortan los conductos que transportan los espermatozoides. Se puede hacer con anestesia local y sin internación. Es la opción más segura y económica a la hora de elegir métodos de anticoncepción permanentes dentro de los servicios del sistema de Salud Argentino;
Que la operación en las mujeres, es invasiva, debe realizarse en un quirófano, requiere de anestesia total y una internación. La misma consiste en la oclusión bilateral de las trompas de Falopio para que no se unan las gametas (óvulo-espermatozoide) y evitar los embarazos;
Que en América Latina prevalece la ligadura de trompas sobre la vasectomía, con un 23,3% en contraste con un 3,1%. Según un informe Mundial de la ONU sobre Anticonceptivos de 2013;
Que según Patricia Urbandt (especialista en bioética, coordinadora del centro quirúrgico en el Hospital Interzonal Especializado Materno-Infantil) la defensa del género también tiene que ver con reclamar que alguna vez el cuerpo lo ponga el otro: “La mayoría de los métodos anticonceptivos están preparados y pensados para la mujer, aquí y en el mundo. Hay una cuestión de machismo que hace que el varón ni siquiera se coloque el preservativo, entonces la anticoncepción siempre recae sobre nosotras, con las consecuencias que cada método conlleva. Somos las mujeres las que ponemos el cuerpo para reproducirnos y para dejar de reproducirnos. Tenemos que entender que la reproducción es responsabilidad compartida, del varón y de la mujer. ”Fuente: https://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/las12/13-8321-2013-09-20.html ;
Que es necesario trabajar con los varones, para que vean cómo una intervención personal puede contribuir en la salud reproductiva suya y la de su pareja, es por eso que el Estado debe difundir y promocionar las intervenciones de contracepción en particular la de la vasectomia, buscando no solo un enfoque de la salud reproductiva, sino poniendo en especial énfasis en dar prioridad a la equidad e igualdad de género;
Por todo lo expuesto, la Concejala abajo firmante, eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.-: Declárese la campaña gráfica de difusión de la anticoncepción quirúrgica “VOS TAMBIÉN PODES PONER EL CUERPO”, en todas las instituciones de salud pública y privada del Partido General Pueyrredón.
(Anexo 1).
Artículo 2º.-: El material gráfico de la campaña estará ubicado en las instituciones, en lugares visibles y de fácil acceso para su lectura.
Artículo 3º.-: Las escuelas de enseñanza media municipales, implementara la difusión de dicha campaña como contenido del diseño curricular en materia de Educación Sexual.
Artículo 4º.-: Comuníquese, etc.
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Mar del Plata
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA