Mar del Plata 20 de abril 2017
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui Guillermo
S-------------/-------------D
VISTO: La confirmación del Intendente Carlos Arroyo para construir el Parque Informático de Mar del Plata frente al museo MAR, y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la visita que por varios días realizó el ministro Jorge Elustondo a Mar del Plata, el intendente Arroyo anunció novedades relacionadas al demorado proyecto del Parque Informático en la ciudad, impulsando la construcción de un edificio al que definió como un “centro de emprendimientos” para la industria tecnológica junto al Museo Mar y sostuvo que al mismo tiempo fomentará la radicación de compañías de ese rubro en los alrededores de la Estación Ferroautomora;
Que en ese sentido, el jefe comunal recordó que la gestión del exintendente Gustavo Pulti había elegido un terreno en la zona sur de la ciudad que él “no compartía”, debido a que no tenía servicios y a que su ubicación no era la más adecuada a su entender;
Que el jefe comunal, en contrapartida propone la radicación en la zona norte porque “tiene todas las ventajas, tiene agua, cloacas, electricidad, fibra óptica, transporte y cualquiera puede llegar caminando, es un lugar óptimo para el desarrollo del software”;
Que el sector de la manzana delimitada por las calles Florisbelo Acosta, López de Gomara, José Mármol y avenida Félix U. Camet, según los comentarios vertidos por el Intendente "se caracteriza por ser 'emblemático' ya que exhibe 'una postal' enorme, hermosa, propicia para las investigaciones de este tipo”;
Que el proyecto para fomentar el desarrollo de las industrias TIC, se fue gestando desde 2012 hasta 2015, despertando el interés de algunas empresas nacionales e internacionales que comenzaron a realizar consultas ante la posibilidad de radicarse en la ciudad dentro del Parque, invirtiendo potencialmente en oficinas y brindando nuevos puestos de trabajo de calidad;
Que el Estado Nacional asignó 80 millones de pesos para la iniciativa, de los cuales 10 millones se giraron al municipio a fines del 2015 para iniciar las obras ya licitadas;
Que la actual gestión desarmó “por completo” la Secretaría de Tecnología y Mejora de la Administración, desfinanció “las actividades de la Escuela Municipal de Informática” y paralizó las obras del Parque, al no entregar a la empresa constructora los 10 millones que había recibido;
Que este nuevo proyecto para el TIC en una manzana lindera al Museo Mar, implica una reducción del proyecto original del Parque Informático pensado en la zona sur de la ciudad (frente al barrio privado Rumencó) de 50.000 m2 a 10000 m2, sin ninguna capacidad de expansión;
Que en agosto del 2013 los “Vecinos Autoconvocados de Parque Luro” presentaron una medida cautelar que dictaminó la paralización de las obras en el predio conocido como la Canchita de los Bomberos, en el barrio Parque Luro, donde el gobierno nacional de ese entonces, pretendía construir un complejo de viviendas pertenecientes al Plan Procrear;
Que el Juzgado en lo Correccional 4 de Mar del Plata falló a favor del recurso de amparo presentado por los vecinos de Parque Luro. En el dictamen se ordenaba la paralización de los trabajos en el mencionado lugar hasta que se conozca el resultado del estudio de impacto ambiental y la prefactibilidad de los terrenos para albergar un emprendimiento habitacional de esta naturaleza:
Mar del Plata, Agosto 16 de 2013.-
AUTOS Y VISTOS
Para resolver en la presente Acción de Amparo registrada bajo el N° 3512, caratulada ASOCIACIÓN VECINAL DE FOMENTO PARQUE LURO Y OTROS C/MUNICIPALIDAD DE GRAL. PUEYRREDÓN S/AMPARO, y
CONSIDERANDO
1
En las presentes resulta esencial ceñir el objeto de la demanda, en particular cuando el escrito en que se esgrime la pretensión lleva nada menos que 172 páginas. Con tal propósito, remitiéndome al orden ensayado por el amparista, en el capítulo XV expresa como "PETICIÓN DE FONDO", con referencia al art. 7 inc. f de la ley 13.928, una omisión por parte de la Administración Municipal del Partido de General Pueyrredón. Sintetiza allí, en tres numerales, su pretensión de condena para la accionada:
1. Realización del trámite de Prefactibilidad ambiental respecto al emplazamiento del proyecto PROCREAR en el predio denominado Canchita de los Bomberos, con tramitación de la Evaluación de Impacto Ambiental correspondiente con audiencia pública."
2. Se deberá ordenar que la Municipalidad considere en el procedimiento de prefactibilidad: a) predios alternativos, b) condiciones e impactos sobre el ambiente urbano, c) prestación de los servicios públicos en cada opción cometida a prefactibilidad, d) se considere la posibilidad de transformar el predio denominado canchita de los bomberos como espacio verde municipal (Plaza). Se deberá ordenar que en la tramitación de este procedimiento de EIA se convoque a audiencia pública y que participen las Universidades y colegios públicos de la ciudad en el mismo."
3. Finalmente, deberá como corolario de dicho proceso, el rechazo del emplazamiento del proyecto con una DÍA negativa por los enormes impactos que sobre el ambiente dicho proyecto provocará en ese lugar"'
RESUELVO:
1) HACER LUGAR a la acción de amparo interpuesta […], con el patrocinio letrado .del Dr. José Alberto Esaín, contra el Municipio de General Pueyrredón (art. 14 de la-ley 13.928).-
2) INVALIDAR el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental realizado respecto del anteproyecto de PRO.CRE.AR. en el predio delimitado entre calles Mármol- F Acosta- Gutiérrez- Gomara de esta ciudad de Mar del Plata, en especial la consecuente Declaración de Impacto Ambiental del ENOSUR de fecha 11 de junio de 2013 (art. 41 de la CN, 28 de la CBA, ley nacional 25.675, ley provincial 11.723 y resolución 538/99 SPA).-
3) Imponer costas a la Municipalidad de General Pueyrredón, en su objetiva condición de vencida (art. 19 de la ley 13.928, conf. Ley 14.192).-
Regístrese. Notifíquese en forma urgente con habilitación de días y horas inhábiles.-
Que ante la iniciativa de llevar adelante la utilización pública de dichos terrenos por el actual gobierno municipal, deben tenerse en cuenta los antecedentes de "confrontación judicial" de años anteriores con los vecinos de la zona de Parque Luro, donde ya manifestaron su desaprobación a la construcción edilicia en ese sector, objetando que la “Canchita de Bomberos” era el único pulmón verde del barrio, que la infraestructura de la zona (agua, cloacas etc) no estaba preparada para nuevos emprendimientos y que se “obstaculizaba”, según los planos de la obra que se pretendía construir, “la visual de los vecinos hacia el mar”;
Que en el mismo lugar donde se pretendía llevar adelante un programa social de viviendas, que fuera resistido por los vecinos por “aparentes razones ambientales”, hoy resulta insensato querer instalar una gran superficie edilicia en “armonía” con las demandas de los vecinos ya mencionadas. Es muy importante no profundizar en contradicciones sobre la planificación de qué tipo de ciudad queremos, sin sectores exclusivos, priorizando las demandas sociales de la población más postergados y fomentando siempre la igualdad y la inclusión;
Por todo lo expuesto, la Concejala abajo firmante, eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón solicita al Departamento Ejecutivo que informe si tiene los resultados o la previsión del estudio de impacto ambiental y la prefactibilidad de los terrenos sobre la construcción de un edificio al que definió como un “centro de emprendimientos” para la industria tecnológica junto al Museo Mar y la zona conocida como “Canchita de los Bomberos”, cito en las calles Florisbelo Acosta, López de Gomara, José Mármol y avenida Félix U. Camet.
Artículo 2º.- Asimismo, se solicita que informe si se tuvo en cuenta al momento del anuncio de esta obra, los antecedentes judiciales entre el municipio y el llamado grupo de “Vecinos Autoconvocados de Parque Luro”.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Mar del Plata