Mar del Plata, 17 de febrero de 2017
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui Guillermo
S------------/------------D
VISTO: Las más de 36000 familias del Partido de General Pueyrredon beneficiarias del Programa Hogar, y;
CONSIDERANDO:
Que en el año 2015 el Estado Nacional implementó el Programa Hogar. Este programa garantiza un subsidio económico mensual a las familias que cuya la propiedad no tenga conexión al gas natural, sin importar que el servicio esté brindado en el barrio, y que no se cuenten con ingresos mensuales familiares mayores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles o a tres si uno de los miembros de la familia tiene un certificado de discapacidad;
Que la fundamentación del programa es redireccionar los subsidios a lo que era la cadena de oferta y llevarlo directamente a la demanda;
Que hoy en día los beneficiarios pueden inscribirse personalmente en las oficinas de ANSES o a través de la pagina web, en cumplimiento con las disposiciones vigentes;
Que el Programa Hogar es percibido por los beneficiarios con el cobro mensual equivalente al valor del precio fijado por el Ministerio de Energía y Minería, de un envase de gas licuado de 10kg por familia, con excepción de los meses invernales (junio, julio y agosto) y familias que presentan certificado de discapacidad, donde acceden al monto de dos envases por mes;
Que en la Resolución 19 de la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos publicada en el Boletín Oficial, modificó la metodología de cálculo del precio de referencia del Gas Licuado Envasado , donde establece un "precio máximo de referencia para la venta al consumidor final por parte de fraccionadores, distribuidores y comercios"; y que para la determinación de esos precios, se tendrá en cuenta "las estructuras de costos de las plantas de fraccionamiento y distribución. Asimismo, se podrá tener en cuenta los costos particulares que implican las distintas formas de comercialización del producto";
Que a a partir de esta disposición del gobierno nacional el precio en las fraccionadoras pasó de 54$ a 97 $, elevando el valor de toda la cadena de gas envasado;
Que nuestra ciudad cuentan con aproximadamente 100.000 conexiones de gas natural de red domiciliaria que garantizan el acceso a 400.000 personas en promedio;
Que si se toman estos datos estadísticos, en una población de 700.000 habitantes, da como resultado que mas del 40% de las personas consumen o son potenciales consumidores del gas envasado;
Que de esta gran numero solo 36.000 familias cumplen con los requisitos para acceder al beneficio del Programa Hogar, siendo que el costo de las garrafas en los comercios de los barrios no siempre se respeta el precio máximo fijado, el perjuicio es doble en el bolsillo de los trabajadores;
Que previendo la gran demanda existente del “gas social” en las grandes barriadas de nuestro partido, se implementaron durante el año 2015 el Programa municipal de Gas Para Todos, donde se fijaba 60 puntos de venta fijos para la compra a precios subsidiado en convenios entre el Estado Nacional y las empresas prestadoras;
Que en el año 2016 luego de varios pedidos de organizaciones de consumidores, Sociedades de Fomento, concejales etc, la Secretaria de Desarrollo Municipal implemento nuevamente durante un mes en varios puntos fijos y rotativos de nuestra ciudad, la venta de garrafas al precio fijo y máximo del producto en cuestión;
Que es de suma urgencia planificar de manera sistemática y sostenida, puntos de venta de gas envasado en todo el partido de General Pueyrredon, siendo el municipio quien debe ser el garante de accesibilidad y cumplimiento, en resguardo de todos los habitantes;
Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Créase el Programa Municipal Igual Gas en todo el territorio del Partido de General Pueyrredon, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social Municipal.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo realizará las gestiones necesarias que correspondieren con el Estado Nacional y empresas prestatarias, siempre respetando el precio fijo y máximo del mercado, para garantizar la demanda necesaria de Gas Licuado Envasado (garrafas de 10kg) en todos los meses del año; como así también la implementación de más puntos de venta fijo que los implementados por la presente.
Artículo 3º.- Las dependencias municipales fijadas para el expendio de Gas Licuado Envasado serán:
Delegación Norte
Delegación Batan
Delegación Chapadmalal
Delegación Sierras de los Padres
Distrito Descentralizado El Gaucho
Distrito Descentralizado Vieja Usina
Artículo 4º.- Los días de expendio estipulados en el articulo 3, deberán ser con un mínimo 3 días por semana.
Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo garantizara todas las medidas de seguridad necesarias para el expendio del Gas Licuado Envasado en las dependencias municipales citadas.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Mar del Plata