Mar del Plata, 04 de octubre de 2016
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Saenz Saralegui Guillermo
S-------------/-------------D
VISTO:
Un joven de Mar del Plata necesita un trasplante bipulmonar , y,
CONSIDERANDO:
Que Santiago Nicolás Suárez tiene 18 años y es estudiante de 5to año de la Escuela Secundaria 15 de Mar del Plata, desde comienzos de mes se encuentra internado en la Fundación Favaloro de Capital Federal en espera de un trasplante bipulmonar, conectado a una máquina ECMO (pulmón artificial), y encabeza la lista de emergencia nacional;
Que sus padres señalaron que “existe una luz en la oscuridad y son todos los que deciden donar sus órganos”;
Que la Ley 26.066 LEY DE TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS sancionada el 30 noviembre del 2005,Modificación de la Ley 24.193 establece :
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese el artículo 19 de la ley 24.193 por el siguiente texto: Artículo 19: Toda persona podrá en forma expresa: 1. Manifestar su voluntad negativa o afirmativa a la ablación de los órganos o tejidos de su propio cuerpo. 2. Restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de ablación a determinados órganos y tejidos. 3. Condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de ablación a alguno o algunos de los fines previstos en esta ley -implante en seres humanos vivos o con fines de estudio o investigación-.
ARTÍCULO 5º.- Incorpórase a la ley 24.193, como artículo 19 bis el siguiente: Artículo 19 bis: La ablación podrá efectuarse respecto de toda persona capaz mayor de DIECIOCHO (18) años que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos, la que será respetada cualquiera sea la forma en la que se hubiere manifestado.
Que sin donación no hay trasplante, y el país necesita incrementar la procuración de órganos, ya que hay una alta cantidad de personas que están en lista de espera.
Que el Estado Municipal se debe preocupar y ocupar de la salud de cada vecino y vecina, aún más si se encuentra en riesgo la misma, el deber del Estado es la protección y mejora de la salud de la población, así como el control y la erradicación de las enfermedades;
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACION:
Articulo 1- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón vería con agrado que el Departamento Ejecutivo estudie la posibilidad de realizar a la brevedad una Campaña audiovisual de concientización sobre donación de órganos.
Articulo 2- Comuníquese, etc.-
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo