Mar del Plata, 11 de Marzo del 2015.
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Nicolás Maiorano
S------------/------------D
VISTO:
La Ordenanza Nº 21060 y sus modificatorias en la Ordenanza N º 21688
referida a la implementación del Boleto Estudiantil Gratuito y;
CONSIDERANDO:
Que según la Ordenanza N º 21060, sancionada en el año 2012, se creó
en el ámbito del Partido de General Pueyrredon el Boleto Estudiantil
Gratuito.
Que dicha norma en su artículo 2º establece que serán beneficiarios
los alumnos de establecimientos de enseñanza pública y gratuita de los
niveles de Educación Inicial Obligatoria, de Enseñanza Primaria, del Nivel
Secundario municipal, provincial y nacional, como así también aquellos
alumnos que concurrieran a las escuelas de Formación Técnica hasta 7mo.
Año; Escuelas de Formación profesional, municipales y provinciales y
adicionalmente los alumnos de colegios privados, becados con el cien por
ciento (100%) cuando éstos perciban subsidios no menores al ochenta por
ciento (80%) para salarios docentes. Será válido para turnos matutinos,
vespertinos, dobles y nocturnos, y para adultos mayores que concurran a los
niveles detallados en el presente artículo.
Que en el artículo 9º incorpora como beneficiarios del Boleto
gratuito a los docentes, no docentes y auxiliares de establecimientos de
enseñanza pública y gratuita de todos los niveles educativos. De idéntico
beneficio gozarán los docentes de los niveles anteriormente indicados que
desempeñen tareas en establecimientos de educación pública de gestión
privada, reconocidos o incorporados a la enseñanza oficial, inscripta o con
inscripción en trámite por ante la Dirección Provincial de Educación de
Gestión Privada (DIPREGEP).
Que desde el 26 de Marzo del 2014 fue promulgada la Ordenanza N°21688
que modifica los artículos n° 3,5,8 y 10 de la Ordenanza N°21060.
Que en estas modificaciones, se estipula el nuevo procedimiento para
tramitar el boleto estudiantil, a través de la dependencia que el
Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredón determine.
Que debido a la preocupación de numerosos estudiantes, docentes y
auxiliares que se han comunicado con la UTE Libertador (Unión Transitoria
de Empresas) y dicha empresa les informa que este año el trámite para
obtener el boleto gratuito se realizará a través de la página web del
municipio.
Que sin embargo ingresando al sitio web www.mardelplata.gob.ar no
existe ningún acceso para la tramitación del boleto estudiantil gratuito.
Que personal del servicio 147 “Centro de Atención al Vecino” informa
que hasta el día de hoy desconocen que el municipio realice ese trámite, y
recomienda acercarse a la Mesa de Entrada del Palacio Municipal.
Que en la Mesa de Entrada del Palacio Municipal informaron que
actualmente no existía la posibilidad de realizar el trámite para obtener
el boleto gratuito en ninguna dependencia municipal.
Que estos hechos generan gran confusión e incertidumbre entre los
beneficiarios al momento de tramitar el Boleto Gratuito.
Que las modificaciones establecidas en la Ordenanza Nº 21688 tienen
como objetivo reparar las deficiencias operativas del sistema que
perjudican a todos sus beneficiarios, y la necesidad de que el estado
municipal se ponga al frente de la situación y garantice a los usuarios el
genuino acceso a este derecho
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la
Victoria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACION
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo informe el procedimiento establecido para dar
cumplimiento a la Ordenanza Nº 21060 y sus modificatorias en la Ordenanza
Nº 21688 referidas a la implementación del Boleto Estudiantil Gratuito.
Artículo 2.- Comuníquese, etc.
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo