Mar del Plata, 22 de DICIEMBRE de 2015.
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Saenz Saralegui Guillermo
S------------/------------D
VISTO:
Al día de la fecha cumpliéndose un lapso de tiempo considerado (80
días) del funcionamiento de la Policía Local del partido de general
Pueyrredón y a mas de un año de la sanción y promulgación de la ordenanza
Nº 21.993 y,
CONSIDERANDO:
Que la ordenanza citada (Nº 21.993) establece en su Titulo II
Artículo 20º.- Crease una comisión Mixta de Seguimiento y Monitoreo de la
Policía de Prevención Local y de su conducción; que estará integrada por
dos (2) concejales por cada Bloque con representación en el Honorable
Consejo Deliberante y un representante del Departamento Ejecutivo. La misma
se reunirá por lo menos una vez al mes para analizar los informes que
deberá presentar la conducción de la Policía de Prevención Local.
Que la ordenanza citada (Nº 21.993) establece en su Titulo V CONTROL
EXTERNO DE LA POLICIA DE ACTUACION LOCAL Artículo 31º.- Créase, en el
ámbito de la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control, el
Consejo de Control de las Policías de Actuación Local, que estará a cargo
de un Director General de Control Externo, que no podrá ser personal
policial y un Consejo “ad honorem” formado por:
1. Tres representantes del Honorable Concejo Deliberante, a razón de uno
por la mayoría, uno por la primera minoría y uno por la segunda
minoría; y
2. Tres representantes de organizaciones o entidades comunitarias no
gubernamentales de reconocida participación social e interesadas en la
seguridad, en la conflictividad local o en los derechos humanos de los
ciudadanos del Municipio.
El Consejo se reunirá en forma bimensual o a convocatoria del Director
de Control o por razones de urgencia por alguno de sus miembros y sesionará
con la presencia al menos de la mitad más uno de sus integrantes y sus
decisiones se adoptarán por simple mayoría de votos. El Director de Control
tendrá la presidencia del Consejo, votará en él y dirimirá en caso de
empate.
El Consejo aprobará sus normas reglamentarias internas por el voto de
las dos terceras partes de sus miembros.
Que la ordenanza citada (Nº 21.993) establece en su Artículo 32º.- El
Director General de Control Externo podrá realizar investigaciones respecto
del incumplimiento de los principios generales establecidos en esta
ordenanza o de las normas constitucionales vinculados a las libertades y
garantías personales, por parte de cualquier personal policial que
desarrolle tareas locales. El resultado de sus investigaciones será
presentado al Consejo, quien formulará las recomendaciones pertinentes al
Intendente y al Honorable Concejo Deliberante. Asimismo, el Director podrá
determinar otros procedimientos de control que deberán ser aprobados por el
Consejo.
Que la ordenanza citada (Nº 21.993) establece en su Artículo 33º.- El
Consejo denunciará ante la autoridad administrativa o judicial competente
la posible comisión de infracciones administrativas o delitos imputados al
personal policial y no policial, conforme surja de los informes y demás
procedimientos de control que desplegare.
Que la ordenanza citada (Nº 21.993) establece en su Artículo 34º.- El
Consejo elaborará un informe anual sobre el cumplimiento de los Principios
Generales de actuación establecidos en los artículos 5, 6 y 7 de esta
ordenanza y las normas respectivas de la legislación provincial y federal
sobre la materia, en el cual deberá incluir recomendaciones para prevenir
hechos contrarios a ellas o para mejorar el respeto de los derechos
ciudadanos en el cumplimiento del servicio local. El informe deberá ser
presentado al Intendente y al Honorable Concejo Deliberante y tendrá
carácter público.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria
eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACION
Artículo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo informe sobre el estado actual de la Comisión Mixta
de Seguimiento y Monitoreo, y sobre el Consejo de Control de la Policía de
Actuación Local.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
-----------------------
Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo