Información de Expediente

2014 - E - 1620
Fecha de Entrada: 23/06/2014
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 07/08/2014
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo que las playas de estacionamiento y cocheras dispongan de espacio para un mínimo de 5 bicicletas.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-16131 17/07/2014 21804 01/08/2014

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 24/06/2014 15/07/2014 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 23 de junio de 2014

Sra. presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Vilma Baragiola


S                         /                          D


                                    Visto


      La necesidad de  fomentar  el  uso  de  la  bicicleta  como  medio  de

transporte y para actividades deportivas y recreativas, y


                                Considerando


      Que en Mar del Plata el tránsito  y  transporte  son  propios  de  una

ciudad en crecimiento, que cada  año  incorpora  más  autos  y  motos.  Pero

además nuestra ciudad tiene un  pulso  invierno-verano  muy  acentuado,  con

cantidades de habitantes y de vehículos que aumentan y se reducen de  manera

cíclica. Todos  nos  movilizamos  por  la  ciudad,  por  motivos  laborales,

recreativos  o  productivos.  Nos  transportamos  de  manera  individual   o

colectiva. Esos desplazamientos son un derecho.


      Que el gobierno del intendente Gustavo Pulti viene  trabajando  en  el

Plan Maestro de Transporte y  Tránsito.  Para  eso  el  municipio  firmó  un

convenio  con  un  conjunto  de   equipos   integrados   por   la   Facultad

Latinoamericana de Ciencias Sociales, la Universidad  de  Buenos  Aires,  la

Universidad Nacional  de  Mar  del  Plata  y  el  Instituto  de  Pesquisa  y

Planificación Urbana de Curitiba (Brasil).


      Que el objetivo del plan es definir los cambios que se necesitan ahora

y por  los  próximos  10  años,  para  lograr  mejoras  en  el  tránsito  de

vehículos,  estacionamiento,  transporte  público  de  pasajeros,  urbano  y

suburbano, movilidad no motorizada (peatones y  ciclistas),  señalización  y

seguridad vial.


      Que el municipio ya está trabajando para la extensión  de  la  red  de

bicisendas en el marco del plan de Ciudades  Emergentes  y  Sostenibles  del

Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con  el  propósito  de  mejorar  el

sistema  de  movilidad  urbana  local  potenciando  formas   ecológicas   de

locomoción.


      Que en el mes de mayo pasado  se  firmó  el  acta  de  inicio  de  los

proyectos  para  la  construcción  de  bicisendas.  Será  una  red  de   180

kilómetros y,  en  una  primera  etapa,  está  previsto  que  se  pongan  en

funcionamiento unos 30 Km.


      Que el  uso  de  la  bicicleta  no  sólo  es  útil  para  reducir  los

desplazamientos en auto sino que además es un medio  de  transporte  que  no

contamina, rápido, mejora la salud y el ánimo del conductor, incentiva a  la

reflexión, gratuito y le permite al ciudadano apropiarse de los lugares  por

donde transita.


      Que el ciclismo favorece la salud de quien lo practica.  En  Dinamarca

se realizó un estudio durante 14 años sobre 30.000 personas de  entre  20  y

93 años de edad.  De  allí  se  desprende  que  quienes  se  movilizaban  en

bicicleta a diario disminuían su tasa de mortalidad en un 40%.


      Que el  ejercicio  cardiovascular  moderado  a  las  rutinas  diarias,

produce  un   beneficio   en   la   salud,   protege   contra   enfermedades

cardiovasculares,  algunos  tipos  de   cáncer  y  reduce  los  índices   de

obesidad.


      Que el ciclismo no provoca estrés, favorece la  sociabilidad  y  puede

generar de  cada  viaje,   un  paseo  del  cual  disfrutar.  Además,  se  ha

demostrado que el ejercicio  aeróbico  mejora  la  autoestima  y  reduce  la

depresión.


      Que la bicicleta tiene un bajo  costo  a  la  hora  de  pensar  en  su

mantenimiento y más si se lo compara con  los  costos  de  otros  medios  de

transporte.


       Que el uso de  la  bicicleta  redunda  en  la  protección  del  medio

ambiente porque no  produce  ningún  tipo  de  contaminación  atmosférica  y

apenas contaminación  acústica.  A  su  vez,  las  bicicletas  ocupan  menos

espacio público que un coche. El cálculo es que un auto ocupa, en  promedio,

el espacio de 8 bicicletas.


       Que, en 2013, el Instituto de Transporte y Políticas Sustentables  de

Buenos Aires (ITDP) demostró la eficiencia de la  bicicleta  como  medio  de

transporte urbano.  Para  recorrer  8  kilómetros,  la  bicicleta  tardó  26

minutos, el auto 39 y un  colectivo  de  línea  41.  Las  mismas  cifras  se

repiten en Madrid, Berlín, Londres y Portland.


      Que se  deben  seguir  generando  políticas  y  tomando  medidas  para

fomentar el uso de la bicicleta. Por eso es necesario  que  existan  lugares

seguros para dejarlas.


      Por lo expuesto, se eleva el siguiente proyecto de





                                  Ordenanza


Artículo 1º: las  playas  de  estacionamiento  y  cocheras  del  partido  de

General Pueyrredon que tengan capacidad para 30 autos,  deberán  contar  con

espacio para estacionar 5 bicicletas como mínimo.


Artículo 2º: las playas de estacionamiento y cocheras de General  Pueyrredon

que tengan espacio  para  más  autos  deberán  contar  con  espacio  para  5

bicicletas, como mínimo, cada 30 autos.


Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo, a través del  área  correspondiente,

reglamentará la presente, estableciendo el procedimiento de  control  y  las

sanciones aplicables.




Artículo 4º: Los comercios comprendidos en los artículos 1º y 2º tendrán  un

plazo de noventa (90) días a partir de la promulgación de la  presente  para

cumplimentar las exigencias establecidas en esta norma.


Artículo 5º: De Forma.




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