Información de Expediente

2003 - E - 1116
Fecha de Entrada: 06/02/2003
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 17/03/2003
Agregado a: 2002 - E - 2117 - 0 - 0
Observaciones: LETRA D
Proyecto 1: Ordenanza
DISPONIENDO UN AUMENTO DEL 10% EN EL SUELDO BASICO QUE PERCIBEN LOS AGENTES MUNICIPALES DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 11/02/2003
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                            Mar del Plata, Febrero de 2003.-


Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

C.P.N Gustavo Arnaldo Pulti

S           /          D


VISTO:


      Lo normado  en  los  artículos  24,  25,  27  incisos  2,  3  y  4,  y

concordantes del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley  Orgánica  de

las  Municipalidades);  lo  establecido  en  los  artículos  22,  23,  27  y

concordantes  del  Decreto  del  HCD  Nº  805/98  "Reglamento  Interno"  del

Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón; y


CONSIDERANDO:


      Que  la  crisis  económica  por  la  que  atraviesa  nuestro  país  ha

deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios  perjudicando

a los trabajadores y  acentuando  la  recesión  que  afecta  a  la  economía

nacional;  ese  deterioro,  que  vienen  padeciendo  las  remuneraciones  en

general y los salarios de menor cuantía en especial,  se  hace  más  notorio

aún en el sector público.


      Que el Índice de Salarios, tomando como fuente  el  trabajo  realizado

por el INDEC el día 30 de enero de 2003, muestra un  crecimiento  del  0,29%

entre los meses de diciembre  y  noviembre  de  2002,  siendo  la  variación

experimentada por el indicador del 7,45% respecto del período base  (octubre

- diciembre de 2001).  Mientras  el  sector  privado  registrado  mostró  un

incremento del 0,46% y el no registrado del  0,21%,  el  sector  público  no

mostró variación alguna entre los meses de diciembre y  noviembre.  Respecto

del período base, el sector privado  registrado  mostró  un  incremento  del

16,86%, el no registrado una disminución del 5,88% y el  sector  público  un

aumento del  0,56%.  El  CVS  correspondiente  al  último  día  del  mes  de

diciembre respecto a igual día del mes de noviembre fue de 0,31%,  mostrando

el sector privado  registrado  una  variación  positiva  del  0,53%,  el  no

registrado del 0,21% y no mostrando variación el sector público.


      Que tomando como fuente el informe producido por el INDEC con fecha 06

de enero de 2003, el Nivel General del Índice de Precios al Consumidor  para

la Capital Federal  y  los  partidos  que  integran  el  Gran  Buenos  Aires

registró en diciembre una variación de 0.2% con relación  al  mes  anterior.

Con respecto a igual mes  del  año  anterior,  el  nivel  general  tuvo  una

variación de 41.0%. Los bienes,  que  representan  un  53%  de  la  canasta,

tuvieron una variación con respecto a diciembre de 2001 del 68.6%   mientras

que los servicios, que representan el restante 47%  tuvieron  una  variación

en igual lapso del 11.1%.


      Que teniendo en cuenta el mismo informe el valor de la canasta  básica

alimentaria - que contiene  alimentos  que  suministran  los  requerimientos

kilocalóricos y proteicos imprescindibles para un hombre adulto, entre 30  y

59 años, de actividad moderada- se difunde regularmente el quinto día  hábil

de cada mes en la Información de Prensa "Valorización mensual de la  Canasta

Básica Alimentaria y de la Canasta Básica Total".

Los resultados del IPC para el grupo de alimentos contenidos en esa  canasta

básica permiten anticipar que la variación  porcentual  en  su  valor  total

para el mes, respecto del mes anterior será de 0.6% y respecto de  diciembre

de 2001 de 74.9%.


      Que a posteriori  de  que  los  actores  sociales  más  significativos

coincidieran en el diagnóstico de la grave crisis por la  que  atraviesa  la

Argentina  en  el  marco  de  un  diálogo  amplio  y  constructivo,  que  se

desarrolló en el ámbito  del  MINISTERIO  DE  TRABAJO,  EMPLEO  Y  SEGURIDAD

SOCIAL, el Poder Ejecutivo Nacional por medio  del  Decreto  1273/2002  fijó

una asignación  no  remunerativa  de  carácter  alimentario  de  pesos  cien

mensuales que será percibida por todos los trabajadores del  sector  privado

que se encuentren comprendidos en los convenios  colectivos  de  trabajo,  a

partir del 1° de julio de 2002 y hasta el día 31 de diciembre  de  2002,  la

que posteriormente fue prorrogada y elevada a $ 130.


      Que con fecha 28 de enero el  Intendente  Municipal  Daniel  Katz,  en

declaraciones realizadas al Diario La Capital, explicó que "Lo que hay y  yo

no me canso de agradecerlo es una gran recuperación de  la  recaudación.  La

gente, los marplatenses, la gente de Batán,  están  pagando  mucho  más  sus

tasas y eso es lo que nos posibilita  recuperar  servicios",  situación  que

permitiría encarar una actualización salarial para el personal municipal.


      Por todo lo expuesto varios señores concejales elevan a  consideración

del Honorable Concejo Deliberante  del  Partido  de  General  Pueyrredón  el

siguiente proyecto de


                              O R D E N A N Z A


Artículo 1: Dispóngase a partir del primer día hábil del mes posterior a  la

promulgación de la presente, un aumento del 10%  en  el  sueldo  básico  que

perciben los agentes municipales que cumplen el horario normal  completo  de

la Administración Municipal.


Artículo 2: Exceptuase de lo dispuesto en el artículo 1, a  los  denominados

funcionarios de Ley y al Personal Superior.


Artículo 3: El  Departamento  Ejecutivo  reglamentará  los  alcances  de  la

presente, como así también realizará las modificaciones presupuestarias  que

resulten necesarias a los efectos de cumplimentar con el  citado  aumento  y

con las excepciones dispuestas por la presente.


Artículo 4: De Forma.



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Mar del Plata






Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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