Información de Expediente

2002 - E - 1690
Fecha de Entrada: 06/08/2002
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 26/09/2002
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
VIENDO CON AGRADO QUE EL D.E. INFORME SI SE LE HA ENTREGADO A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE NUESTRA CIUDAD EL SUBSIDIO PREVISTO EN EL DECRETO NACIONAL Nº 652/02.-
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1023 26/09/2002

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 07/08/2002 14/08/2002 archivo
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 14/08/2002 09/09/2002 archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                          Mar del Plata, 6 de agosto de 2002


Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

C.P.N Gustavo Pulti

S           /          D


Visto:


Lo normado en los artículos 24, 25, 77 inc. d) y  concordantes  del  Decreto

Ley 6769/58 y sus modificatorias "Ley Orgánica  de  las  Municipalidades"  y

los artículos 21 inc. e), 26 y 27 del Decreto del HCD Nº 805/98  "Reglamento

Interno del Honorable Concejo Deliberante"; y


Considerando:


Que por el artículo 2º de la Ordenanza 14.681 se declaró de  interés  de  la

Municipalidad  de  General  Pueyrredon  la  suscripción  de  los   Convenios

establecidos por el artículo 5º  del  Decreto  652/02  del  Poder  Ejecutivo

Nacional. Obligándose al Departamento Ejecutivo a acreditar  documentalmente

las gestiones realizadas ante los organismos  nacionales  y/o  provinciales,

con el  objeto  de  informar  al  Honorable  Concejo  Deliberante  sobre  la

consecución  del  fondo,   detallando   unidades,   kilómetros   recorridos,

pasajeros transportados y todo lo atinente a los requerimientos que  formula

la autoridad de aplicación provincial del fondo  compensatorio  creado  por

el Decreto 652/02 del P.E.N.


Que el artículo 4º de la citada  ordenanza  establece  que  si  el  subsidio

autorizado por el Decreto Nacional  nº  652/02  no  cubriere  la  diferencia

entre el valor actual  del  boleto  y  el  máximo  autorizado,  o  no  fuere

otorgado  por  responsabilidad  del  Gobierno  Nacional  o  Provincial,   el

Departamento Ejecutivo podrá ajustar  el  cuadro  tarifario  del  transporte

urbano de pasajeros.


Por todo lo expuesto se eleva a consideración  del  este  Honorable  Concejo

Deliberante el siguiente proyecto de


                           C O M U N I C A C I Ó N


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Partido de General

Pueyrredón vería con grado que el Departamento Ejecutivo informe con suma

urgencia:


1. Si el subsidio previsto en el Decreto 652/02 fue entregado a las

   empresas de Transporte de nuestra ciudad, y de ser así en que fecha se

   realizó el primer depósito.

2. A cuantas unidades se les entregó el subsidio de referencia y, de

   existir alguna diferencia entre el listado presentado por las empresas y

   el listado de unidades beneficiadas, el motivo que origino el rechazo.

3. A cuanto asciende el monto del subsidio.

4. Si el monto del subsidio alcanza a cubrir la diferencia entre el valor

   que tenía el boleto antes del aumento y el valor actual.


Articulo 2º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo, en la medida de que  el

monto del subsidio alcance a cubrir la diferencia en  el  valor  del  boleto

establecida de acuerdo al  mecanismo  previsto  en  el  artículo  4º  de  la

ordenanza 14.681, la inmediata actualización de  la  tarifa  del  transporte

público de pasajeros.


Artículo 3º: De Forma.

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Mar del Plata



HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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