Mar del Plata, 11 de mayo de 2020.
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Martínez Bordaisco, Ariel.
S------------/------------D
VISTO:
El DNU N° 459/2020 de la presidencia de la nación mediante el cual se dispuso la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 24 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20 que fuera prorrogado por los DNU N° 325/20, 355/20 y 408/20, como también, por el mismo plazo, la vigencia de toda la normativa complementaria dictada respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la entrada en vigencia del Decreto N° 297/20, hasta el día de la fecha.
La Emergencia contra la violencia por motivos de género y diversidad vigente en el Partido de General Pueyrredón que fuera dictada en 2016 por Ordenanza Nº 22.739 que luego fuera prorrogada por las ordenanzas N° 23.426, 23.859 y 24.320.
CONSIDERANDO:
Que, como es sabido, nos encontramos transitando una emergencia sanitaria a nivel mundial por la pandemia del Coronavirus que implicó la adopción de diversas medidas a fin de evitar la propagación del Covid-19. Entre ellas, el Presidente Alberto Fernández extendió -en principio- hasta el 24 de mayo de 2020 el aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige -por decreto- para todo el territorio argentino desde el 20 de marzo.
Que, el Partido de General Pueyrredón, se encuentra comprendido entre aquellos Municipios que pasan a la fase 4 debiendo considerar diversos aspectos por ser un partido con más de 500.000 habitantes.
Que, entendiendo y compartiendo la razonabilidad de la medida del aislamiento, es un dato objetivo que dicho aislamiento aumenta los riesgos de violencias contra las mujeres, niñas y disidencias, principalmente en contextos familiares o domésticos.
Que, al respecto, según el Observatorio Ahora que si nos ven durante el aislamiento y específicamente entre el 20 de marzo y el 26 de abril hubo 32 femicidios, debiendo lamentar también en nuestra ciudad que se encontró sin vida consecuencia de un femicidio a Claudia Repetto y el femicidio en tentativa de Marlen Cardozo.
Que tanto a nivel nacional la Ministra de las Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta como su par de la Provincia de Buenos Aires la Ministra de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual Estela Díaz, difundieron estadísticas que dan cuenta del aumento de los pedidos de asesoramiento, atención y acompañamiento por situaciones de violencia de género durante el aislamiento.
Que, teniendo en cuenta ella, desde los Poderes Ejecutivo se tomaron distintas medidas vinculadas a aumentar la atención y ayuda para quienes sufren violencias de géneros.
Que, además del Estado en sus diferentes niveles y poderes, son muchas las organizaciones, instituciones y asociaciones que también atienden, acompañan y orientan a personas en situación de violencia de género que, si bien modificando la modalidad, no hay cesado en su labor.
Que, con relación al trabajo de las mismas, además de las obligaciones que hacen al Estado, resulta pertinente recordar que la ley nacional 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales contempla y reconoce el rol de las acompañantes y las organizaciones que realizan tal actividad fundamental.
Que a nivel nacional se dictó en fecha 18 de abril de 2020 la Decisión Administrativa N° 524/2020 mediante la cual se exceptuó, en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el ámbito de determinadas provincias incluída la de Buenos Aires, al personal afectado a las actividades y servicios que detalla, entre ellos, a los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género (art. 1 inc. 9). Dichas actividades, según el art. 2, están sujetas a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales.
Que, en consecuencia, si bien desde el Municipio de General Pueyrredon se solicitó la habilitación de diversos rubros, con sus respectivos protocolos, nada se manifestó o hizo público respecto de los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. La falta de habilitación de estos establecimientos se puede corroborar de la página web de la Provincia de Buenos Aires[1].
Por todo lo expuesto, el Bloque de concejales y concejalas del Frente de Todos elevan el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo Municipal tenga a bien informar respecto de la habilitación de establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
Artículo 2°.- Comuníquese.
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[1]
[2] https://carto.arba.gov.ar/cartoArba/covid-19-actividades-habilitadas extraido el 11/05/20.