Información de Expediente

2019 - E - 1349
Fecha de Entrada: 20/03/2019
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 13/05/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Adhiriendo a la Ley Nº 15062, mediante la cual la Provincia adhiere a la Ley Nacional Nº 27023, que establece que todos los medios de Transporte Público de Pasajeros están obligados a disponer en sus unidades, un espacio visible y destacado en el que debe inscribirse la leyenda "Las Islas Malvinas son Argentinas".

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18424 11/04/2019 24091 22/04/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 22/03/2019 25/03/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 25/03/2019 01/04/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                                                                          Mar del Plata, 20 de marzo de 2019




Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante


Del Partido de General Pueyrredon


Sr. Guillermo Sáenz Saralegui


S/D




Visto


          La Ley Provincial 15062 promulgada el 20 de noviembre del 2018 y publicada en el boletín oficial el 30 de noviembre del 2018, y;


Considerando


          Que la misma adhiere a la ley nacional 27.023 sancionada y promulgada en diciembre del 2014.


          Que la ley 27.023 dispuso, entre otras medidas, que los medios de transporte público de pasajeros nacionales están obligados a disponer en sus unidades de transporte de un espacio visible y destacado en el que deberá inscribir la leyenda “Las Islas Malvinas son Argentinas”.


          Que la ley Provincial 15062 determina que, todos los medios de transporte público de pasajeros que presten servicios por cualquier título dentro de la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, están obligados a disponer en sus unidades de transporte “de un espacio visible y destacado” en el que debe inscribirse en forma claramente visible la leyenda “Las Islas Malvinas son Argentinas”.


            Que La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino (Constitución de la Nación Argentina, Cláusula Transitoria Primera).


          Que el Poder Ejecutivo Nacional el 3 de enero de 2019, reivindicó nuestros "legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía" sobre el archipiélago de las Islas Malvinas en un comunicado emitido con motivo del aniversario de la "ocupación" por tropas del Reino Unido el 3 de enero de 1833, calificando de "ilegal" la ocupación llevada a cabo hace 186 años, cuando se interrumpió la "soberanía efectiva sobre los archipiélagos y espacios marítimos del Atlántico Sur como legítima heredera de España" del país rioplatense.


         Que el comunicado reafirma que la recuperación de la soberanía en el archipiélago sigue siendo un "objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino", y apunta a una resolución bilateral del conflicto que también ha sido reconocido por Naciones Unidas.




          Que este tipo de acciones no solo reivindica, la inalienable soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional, sino también a quienes dieron sus vidas por la patria, Héroes de Malvinas junto a nuestros Veteranos de Guerra, ejemplo de vida y entrega por el prójimo, Héroes con Mayúsculas que deben ser honrados.


        Que la memoria colectiva proyectada hacia el futuro es un pilar fundamental en el ejercicio de nuestra soberanía, conscientes de que las Malvinas, son parte de nuestra historia, pero por sobre todo son parte innegable de nuestro futuro.


          Que en el artículo 4 de la ley 15062 se invita a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a la misma.


Por lo expuesto, el bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva para la consideración del Honorable Cuerpo, el siguiente proyecto de


Ordenanza


Art.1º: La Municipalidad de General Pueyrredon adhiere a la Ley nº 15062, mediante la cual la Provincia adhiere a la Ley Nacional nº 27023, que establece todos los medios de transporte público de pasajeros, están obligados a disponer en sus unidades de transporte de un espacio visible y destacado en el que debe inscribirse en forma claramente visible la leyenda “Las Islas Malvinas son Argentinas”, con una tipografía y formato que determinara la reglamentación .


Art. 2º: El Departamento Ejecutivo designara la autoridad de aplicación competente, debiendo adoptar las medidas necesarias que permitan su fiel cumplimiento.


Art. 3º:  De Forma

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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE



Mar del Plata



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