Información de Expediente

2017 - E - 1992
Fecha de Entrada: 18/09/2017
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 10/05/2018
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo un régimen especial llamado "Compre Local" para la promoción de compras y contrataciones de bienes y servicios a las Empresas Sociales instaladas en nuestro distrito, y para el estímulo a la producción de bienes y contratación de servicios.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 25/09/2017 27/10/2017 Archivo
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/10/2017 26/04/2018 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 26/04/2018 26/04/2018 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto





Mar del Plata, 18 de septiembre 2017

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S------------/------------D




VISTO: Desde la crisis del año 2001 en adelante, el cooperativismo de trabajo en Argentina tuvo un importantísimo desarrollo como nunca antes había existido, fue un actor clave en la salida de esa crisis, tanto en la preservación de los puestos de trabajo en las empresas que cerraban como en la incorporación de miles de compatriotas al mundo laboral a través de programas de satisfacer la demanda pública a través de cooperativas, y ;




CONSIDERANDO:


Que el cooperativismo de trabajo se caracterizó por priorizar el bienestar del trabajador y su entorno familiar, por aumentar la calidad y cantidad de puestos de trabajo y por contribuir al desarrollo de sus comunidades;


Que los ingresos percibidos por la cooperativa, son trasladados al trabajador quien realiza el gasto en su ciudad, activando el consumo y el desarrollo del mercado local;


Que como contraposición a este esquema económico se presenta la gran empresa de grupos concentrados que responden a la lógica del capital, aumentando  las ganancias sobre los costos que son enviadas a sus casas matrices para ingresar al mercado financiero;


Que dado que el eje del trabajo en cooperativas es el propio ser humano, se presta especial atención en las condiciones laborales, evitando el trabajo esclavo y contribuyendo a la preservación del medio ambiente.  Esta filosofía compite con la importación de productos a precios bajos, fabricados en emplazamientos del mercado mundial que explotan miserablemente a los trabajadores, sin respeto a los derechos laborales, incluyendo el trabajo infantil y semi esclavo;


Que la importación indiscriminada de productos, acompañada de la retracción del mercado interno, lesiona severamente a toda la industria, principalmente a las Pymes y en particular a las cooperativas en las que sus condiciones de inversión están ligadas a su propio objetivo de generar trabajo nacional;


Que este problema se ha verificado singularmente en las cooperativas textiles, que desarrollaron en estos años una notable experiencia de trabajo en red y que a partir de las condiciones actuales  han visto seriamente comprometida su viabilidad;














Que estas razones, luego de la experiencia alcanzada en los últimos años de profesionalización, diversificación y organización en sectores de la industria  promovemos la campaña de compre cooperativo;


Que esta campaña posee diversos componentes, en primer lugar concientizar a la comunidad de la que mediante su poder de compra como consumidor tiene la posibilidad de elegir también el tipo de desarrollo que va a fomentar y que comprando cooperativo compra directamente trabajo argentino, protege y aumenta los puestos laborales, fomenta el desarrollo de la comunidad y evita la fuga de capitales a través de la maximización financiera;



Que ademas se pretende canalizar la demanda pública mediante la concientización de la función política y social de los organismos estatales, creando un marco normativo que condicione la demanda de bienes y servicios hacia las cooperativas, diseñando los mecanismos de contratación para cada sector, estableciendo cupos porcentuales para cada actividad;


Que la experiencia vivida a partir de las cooperativas dedicadas a la construcción demuestra el impacto positivo que pueden tener estas políticas cuyas consecuencias han sido la cualificación de la mano de obra, la profesionalización de las empresas cooperativas y la mejora y distribución de los ingresos de los trabajadores;


Que gran cantidad de cooperativas producen bienes o servicios intermedios que son destinados a otras empresas, por lo que aspecto vinculado con lo normativo consiste en la determinación de excepciones impositivas para la compra a cooperativas, fomentando de esa manera la actividad dentro del sector privado;


Que también llamar al propio sector de la economía social para que realice les provisiones necesarias para su propio desenvolvimiento en las cooperativas, existen infinidad de cooperativas y mutuales que organizan y mejoran las condiciones  del consumo de sus asociados, actividad que sería deseable que considere la oferta de la propia economía social;


Que el sector ha experimentado un mejoramiento técnico, productivo y organizacional sin precedentes, pero el impulso de esta oferta requiere un estudio y organización de la oferta, analizando las potencialidades de cada sector y contemplar alternativas para su financiamiento. En el caso de la contratación pública es necesario incorporar en el marco legislativo los plazos de pagos de cada provisión ya que el sector carece de capacidad financiera;


Que un  aspecto que contempla el programa es establecer la garantía de calidad en cuanto al seguimiento o trazabilidad del proceso, certificando la ausencia de trabajo esclavo y que cada cooperativa sea genuina, combatiendo además la utilización indebida de la forma cooperativa;


                 Que existe legislación vigente en la aplicación de priorizar a los emprendimientos cooperativos locales, por ejemplo, Partido de General San Martín Provincia de Buenos  Aires, Departamento Rivadavia Provincia de Mendoza y Ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe;






Que la promoción del Desarrollo Local es uno de los roles indelegables que debe asumir el Estado Municipal a través de políticas públicas de incentivo y fomento a  la producción local;


Que una forma de brindar el apoyo mencionado, es establecer un Régimen de “Compre Local” para la adquisición y/o contratación que realice la Municipalidad, sus dependencias y reparticiones (materiales, mercaderías, productos y servicios profesionales, técnicos, empresariales, mano de obra, obra pública, etc.) otorgando preferencia a la producción de origen local en la medida en que las condiciones de calidad y precio resulten razonables;


Que a partir de la creación de la Dirección General de Acción Cooperativa y Mutual de la municipalidad del Partido de General Pueyrredon, se propone intensificar la promoción del cooperativismo y mutualismo como formas de organización idónea para llevar a cabo la satisfacción de las necesidades e intereses de la comunidad local, que se realiza a partir de formas democráticas, progresistas y participativas de organización, poniendo en el centro de la mira al individuo y no al lucro empresarial. Esta política pública de promoción y sostenimiento de modelos de gestión democrática, constituye un hito en la edificación de una sociedad más justa, equitativa e inclusiva, desde una concepción de justicia distributiva;


Que esta Dirección General  tiene competencia en la promoción, capacitación, asesoramiento, registro, asistencia institucional y técnica a cooperativas y mutuales en aspectos educativos, organizativos, socio económicos y jurídicos;



1 Funciones


Promover la formación de cooperativas y mutuales como una herramienta central para el desarrollo económico y social equitativo en el Municipio.



Elevar la conciencia pública, sobre la contribución al desarrollo socio-económico de las cooperativas y mutuales.



Asesorar a las cooperativas y mutuales constituidas y en formación en los aspectos vinculados con la materia de su competencia.



Aumentar la incidencia económica, social, política y cultural de las cooperativas y mutuales.



Coordinar su labor con organismos nacionales, provinciales y municipales.







Promover la educación cooperativa y mutual tanto en los procesos de educación informal como formal en sus distintos niveles y modalidades. Desarrollar un proceso de formación a docentes en el que se trabajen prácticas solidarias en el aula, pedagogías facilitadoras de lo cooperativo, didácticas solidarias y herramientas para la construcción de cooperativas y mutuales escolares.


Establecer un servicio estadístico y de información sobre el movimiento cooperativo y mutual.



Promover la articulación del sector cooperativo y mutual entre sí y con otros organismos.



Realizar investigaciones de carácter jurídico, económico, contable y organizativo y social sobre la materia de su competencia, para la cual podrá organizar cursos, conferencias, congresos, publicaciones, entre otras actividades e iniciativas.



Promover la contratación de cooperativas de trabajo para la ejecución de obras públicas y tareas de mantenimiento del espacio público de la ciudad. Esta figura ha permitido sumar a cientos de trabajadores excluidos del mercado laboral a un desarrollo económico, propiciando la inserción social, bregando por la igualdad de género y reconociendo la diversidad.



Fortalecimiento de las redes de microcréditos de cooperativas y mutuales, promoviendo espacios de reflexión e intercambio de saberes y experiencias con emprendedores y promotores de crédito.


Que al respecto el presente proyecto, posibilita que el municipio en su carácter de consumidor haga uso de sus derechos, seleccionando a los proveedores que aporten mayores beneficios a la comunidad, respetando las normas de licitaciones publicas vigente y promoviendo políticas de estado concretas para luchar contra el flagelo de la falta de trabajo en nuestra ciudad;




Por todo lo expuesto, el Bloque de concejales del FPV , eleva el siguiente proyecto de:










ORDENANZA


Artículo 1º: Establécese un régimen especial llamado “Compre Local”, para la promoción de compras y contrataciones de bienes y servicios a las Empresas Sociales instaladas en nuestro distrito, y para el estímulo a la producción de bienes y contratación de servicios.


Artículo 2º: A los efectos de la presente Ordenanza, llámese Empresa Social a toda aquella entidad económica productiva y/o de servicio que sea gestionada directamente por sus trabajadores, sea bajo la forma jurídica de cooperativa de trabajo, otra similar o se verifiquen las características organizativas de trabajo autogestionado y asociativo, cuya actividad comercial, cultural, industrial o de servicio, se realice en jurisdicción del Municipio de General Pueyrredòn.


Artículo 3º: La presente Ordenanza se aplica a todas las compras y contrataciones de bienes y servicios que sean realizadas por la Municipalidad del Partido de General Pueyrredòn a través de su Jefatura de Compras y Dirección General de Contrataciones, siempre que su pliego no hubiere sido publicado al momento de su entrada en vigencia.


Artículo 4º: En todas las compras y contrataciones de bienes y/o servicios en las que participan Empresas Sociales con domicilio fiscal y producción de bienes o servicios objeto de la contratación en el municipio de General Pueyrredòn, con precio ofertado igual o con una diferencia en más de hasta un cinco por ciento (5%) respecto de la mejor oferta económica, resultaran elegida la oferta de la Empresa Social.


Artículo 5º: En los Concursos de precios y Licitaciones Privadas, para las adquisiciones y contrataciones que formen parte de una misma operación, el Municipio de General Pueyrredòn se obliga a invitar a participar de las mismas a las empresas sociales inscriptas en el Régimen mencionado en el artículo 2° de la presente.


Artículo 6º: Las distintas áreas de gobierno deberán priorizar en todas las compras directas para la provisión de bienes y/o servicios a las Empresas Sociales.


Artículo 7º: Los proyectos de contratación deberán elaborarse adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes y servicios producidos por Empresas Sociales. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias de calidad y precio.


Artículo 8º: Se podrá incluir en cualquier forma de contratación que se adopte una cláusula por la cual el oferente se obligue a adquirir materiales, materias primas y mano de obra de origen local para el cumplimiento del contrato, en tanto y en cuanto se encuentren disponibles en el mercado local.


Artículo 9º: Quienes resulten beneficiarios directos del Régimen Especial y de Promoción “Compre Local”, procurarán ocupar y/o contratar trabajadores nativos o radicados en el  Partido de General Pueyrredòn, ante la eventualidad de incrementar y/o renovar su personal.


Artículo 10º:La Secretaria de Hacienda Municipal, reglamentará todos los aspectos necesarios a los fines del cumplimiento de la presente ordenanza, dando la divulgación necesaria para permitir el mayor conocimiento y adhesión.


Artículo 11º: Comuníquese , etc.




-----------------------

Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Mar del Plata



 Volver