Información de Expediente

2022 - E - 1619
Fecha de Entrada: 19/07/2022
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 30/03/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo la aplicación de la Ord. nº 21192, a fin de proceder a la realización de los trabajos de higiene y mantenimiento del predio delimitado por las calles Rufino Inda, Guanahaní, San Salvador y González Guerrico del Barrio San Antonio.
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2673 30/03/2023

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 22/07/2022 02/02/2023 archivo
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 02/02/2023 14/02/2023 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                                               Mar del Plata 19 de Julio de 2022


Señora  Presidenta del HCD


Dra. Marina Sánchez Herrero


S/D


Visto


                                                        El reclamo de vecinos de un sector del  barrio San Antonio respecto al  mal estado de higiene y mantenimiento del  predio delimitado por la  Calle Rufino Inda, Hernandarias , San Salvador y Gonzalez Guerrico en el  Barrio San Antonio.


Considerando


                    Que a las malas condiciones de higiene, se suma la inexistencia tanto de  vereda  transitable, como de cerco perimetral y a escasos metros de la calle una arboleda que constituye un pequeño monte, que según refieren quienes habitan la zona, ha servido de refugio o escondite para personas de mal vivir, llegando en varios casos a favorecer la huida frente a la acción policial.


                    Que los vecinos reclaman también la falta de luminarias sea por inexistencia o falta de mantenimiento de las apagadas existentes en la zona.


                     Que el Programa Propietario Responsable, mediante Ordenanza 21292, busca  establecer criterios uniformes y adecuados de mantenimiento y conservación de inmuebles no edificados o con obras paralizadas, suspendidas o abandonadas.


                    Que la asimismo la citada norma busca potenciar la seguridad pública mediante la instalación de cercos que garanticen una adecuada visibilidad hacia el interior de los respectivos inmuebles y la construcción, conservación y mantenimiento de veredas que permitan mejorar los desplazamientos urbanos y el tránsito peatonal.


                    Que dicha ordenanza insta a los titulares de inmuebles a   garantizar condiciones mínimas de salubridad mediante la continua y correcta higienización de los terrenos mencionados;


                    Que a efectos de hacer efectivo el cumplimiento de los objetivos mencionados, la Ordenanza 21292 dispone en su artículo 5º  que verificada la inobservancia de cualquiera de las obligaciones señaladas, la Municipalidad cursará intimación a el o los responsables a fin de que procedan a regularizar la situación detectada dentro un plazo perentorio e improrrogable que se otorgará a tales fines. Expirado el mismo y sin ningún otro requerimiento previo la Administración quedará habilitada para llevar adelante las respectivas tareas, sea a través de personal de la administración municipal o mediante contratación con terceros, con cargo a el o los responsables del incumplimiento.








Por ello, el bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de:




COMUNICACIÓN


ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante del  Partido de General Pueyrredon, solicita al Departamento Ejecutivo tenga a bien aplicar la Ordenanza 21292 que crea el programa Propietario Responsable,  a fin de proceder  a la realización de los trabajos higiene y mantenimiento del predio delimitado por las  calles Rufino Inda,  Guanahani , San Salvador y González Guerrico del barrio San Antonio.


ARTÍCULO 2º: Asimismo se pide al Departamento Ejecutivo realice el relevamiento para  reparación y/o reposición de luminarias del sector indicado en el Artículo 1°.


ARTICULO 3°: De forma.












































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BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE





“1982 – 40° Aniversario – 2022”


Año Homenaje a Veteranos, Veteranas y Caídos. Ratificando nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y espacios marítimos e insulares.






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