Información de Expediente

2022 - E - 1018
Fecha de Entrada: 07/01/2022
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 10/01/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA VEJEZ, dependiente de la Secretaría de Salud de la MGP.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 10/01/2022 12/08/2022 aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 12/08/2022
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto




Mar del Plata, enero de 2022

Sra. Presidenta

Honorable Concejo Deliberante

Dra. Marina Sanchez Herrero


VISTO

La importancia de crear un espacio de atención integral de la salud de las personas mayores en el ámbito de la Secretaría de Salud Municipal, y;


CONSIDERANDO

Que el fenómeno demográfico del envejecimiento poblacional es el reflejo de una sociedad con mayor esperanza de vida, menor mortalidad infantil y baja natalidad;


Que dicho fenómeno se acompaña inexorablemente de personas mayores con alta prevalencia de enfermedades crónicas, avanzadas, progresivas e incurables a las que el sistema de salud municipal debe dar respuesta;

Que la atención integral y continuada de estos grupos vulnerables requiere la formación de equipos con alto nivel de capacitación profesional, idóneos en el abordaje de su tratamiento, acompañándolos durante todo el proceso vital, incluyendo su etapa final;


Que paralelamente, la acción promocional para el éxito en el envejecimiento individual y social requiere de una actividad continua de políticas certeras y actualizadas en la materia;


Que el Partido de General Pueyrredon es uno de los polos gerontológicos más importantes del mundo. Según los datos del censo 2010 la población total del partido era de 618.989 habitantes, y la población de 60 y más años 119.006 habitantes, constituyendo el 19.22%. Las proyecciones demográficas indican que a la actualidad este número es aún mayor;









Que la Organización Mundial de la Salud afirma que “El envejecimiento de la población mundial –en los países desarrollados y en desarrollo- es un indicador de la mejora de la salud en el mundo. El número de personas con 60 años o más en todo el mundo se ha duplicado desde 1980, y se prevé que alcance los 2.000 millones de aquí a 2050. Esto es algo de lo que nos debemos alegrar. Las personas de edad realizan importantes contribuciones a la sociedad, ya sea en el seno de sus familias, realizando labores de carácter voluntario o participando de forma activa en la fuerza de trabajo. La sabiduría que han adquirido a lo largo de su vida los convierte en un recurso social esencial. Sin embargo, estas ventajas van acompañadas de desafíos sanitarios especiales para el siglo XXI. Es importante preparar a los proveedores de atención sanitaria y a las sociedades para que puedan atender las necesidades específicas de las personas de edad. Esto incluye proporcionar formación a los profesionales sanitarios sobre la atención de salud de las personas de edad, prevenir y tratar las enfermedades crónicas asociadas a la edad, elaborar políticas sostenibles sobre la atención paliativa de larga duración, y diseñar servicios y entornos adaptados a las personas de edad. Cuanto antes actuemos, más probabilidades tendremos de lograr que esta transformación mundial beneficie a todos. Los países que invierten en un envejecimiento saludable pueden esperar un beneficio social y económico significativo para toda la comunidad”


Que por medio de la Ley Nacional 27.360 nuestro país ratificó la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 15 de junio de 2015;


Que dicha convención tiene como objeto promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad;


Que en la convención se reconoce la necesidad de abordar los asuntos de la vejez y en envejecimiento desde una perspectiva de derechos humanos que reconoce las valiosas contribuciones actuales y potenciales de la persona mayor al bienestar común, a la identidad cultural, a la diversidad de sus





comunidades, al desarrollo humano, social y económico y a la erradicación de la pobreza;

Que entre los principios generales aplicables a la convención se encuentra el buen trato y la atención preferencial y el enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor, como así también la responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna;


Que la visión de la Red Mundial de Ciudades y Comunidades Amigables con las personas mayores es que cada ciudad y comunidad se esfuerce por ser cada vez más amigables con la edad;


Que la creación de entornos amigables con la edad requiere un proceso a lo largo del ciclo vital que progresivamente mejora la adecuación entre las necesidades y el entorno en el que viven. Para lograr esto, se requiere una respuesta coordinada entre muchos actores implicados, sectores y múltiples niveles de gobierno;


Que las ciudades y comunidades amigables con las personas mayores fomentan el envejecimiento activo y saludable; posibilitan a las personas mayores envejecer de un modo seguro, seguir creciendo y desarrollándose en lo personal; y contribuir a sus comunidades, conservando al mismo tiempo su autonomía y dignidad;


Que el sistema de salud municipal, abocado a programas de promoción, prevención y asistencia en el primer nivel, no contempla aun proyectos integrales específicos para las personas mayores, aunque cuenta en su plantilla con gran número de profesionales que, con la adecuada capacitación, podrían realizarlos y optimizarlos en su desarrollo;


Que es preciso para ello concretar la decisión política de crear un área específica (división, departamento, dirección) de Atención Integral en la Vejez en el sector de atención de la salud del municipio del Partido de General Pueyrredon como gestión de un proyecto innovador, basado en prácticas promocionales y preventivas en el ámbito gerontológico, que determine los lineamientos de implementación y manejo en lo referente a políticas socio-




sanitarias generales para el colectivo de las Personas Mayores del Partido de General Pueyrredon;


Que a su vez asista, a partir del área, a las personas mayores carentes de cobertura suficiente o con alta prevalencia de problemas físicos, psíquicos, sociales y funcionales, y difunda su accionar, relacionándose en forma permanente con otras entidades asistenciales, científicas y docentes abocadas al enfoque de la problemática de las personas mayores en la región, la provincia y el país;

Que la Secretaría de Salud cuenta con el personal calificado y especializado para realizar las tareas necesarias, pero no con un área con la jerarquía suficiente para coordinar las mismas;


Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de

ORDENANZA


Artículo 1º.- Créase el Departamento de Atención Integral de la Vejez dependiente de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Mar del Plata


Artículo 2º.- Apruébese la misión y funciones del Departamento de Atención Integral en la Vejez, dependiente de la Secretaria de Salud, detalladas en el anexo I de la presente


Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo dispondrá de las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza.


Artículo 4º.- Comuníquese.-


ANEXO I

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA VEJEZ


MISIÓN

Organizar y conducir una Unidad Gerontológica modelo, generadora de atención, docencia, investigación y estadística, que interaccione con otros sectores y fomente la apertura de espacios de similares características en otros ámbitos.





FUNCIONES

    • Organizar y conducir el equipo interdisciplinario altamente capacitado para dar una respuesta a la demanda de asistencia integral ambulatoria en Atención Primaria de la Salud de las Personas Mayores en el sector público

      municipal del Partido de General Pueyrredon, con énfasis en el grupo de los ancianos frágiles, de alto riesgo.

    • Realizar actividades gerontológicas de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia, rehabilitación y reinserción social de la persona mayor enferma, basadas en la filosofía de la interdisciplina.

    • Elaborar, presentar, desarrollar y evaluar proyectos de intervención personalizados y/o dirigidos al colectivo de personas mayores, aplicando los recursos disponibles o previstos para el departamento.

    • Realizar y conducir tareas de asesoramiento, orientación y/o derivación de demandas asistenciales de particulares, organismos estatales nacionales, provinciales y municipales y también no gubernamentales.

    • Desarrollar los diferentes programas y actividades a cargo de la dependencia, y para la supervisión de la administración de los recursos humanos, materiales y financieros asignados.

    • Participar en programas y actividades articuladas con otros organismos estatales nacionales, provinciales y de organizaciones no gubernamentales, sobre la temática de la gerontología.

    • Evaluar periódicamente el impacto socio sanitario de los programas aplicados y su eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos

    • Gestionar recursos financieros, estatales y/o privados aplicables a los proyectos o programas del área

    • Hacer cumplir las normas proyectadas por la superioridad para la ejecución de las distintas actividades

    • Llevar un registro estadístico de las prestaciones a efectos de brindar una información veraz y adecuada que permita perfeccionar los programas existentes y/o implementar nuevos.

    • Impulsar la formación, capacitación y desarrollo de los recursos humanos que se desempeñan en todas las dependencias del departamento.

    • Confeccionar y elevar información sobre las distintas necesidades de la dependencia para ser consideradas por las autoridades y que puedan ser incluidas en el anteproyecto de presupuesto anual







    • Conocer el estado de las tareas y desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal a cargo, velando por la disciplina, higiene, orden y correcta atención al público.

    • Mantener actualizado el cargo patrimonial de los elementos, muebles, instalaciones y útiles de trabajo, verificando su buen uso, cuidado y conservación.

    • Tramitar los expedientes relativos a las funciones a su cargo y efectuar el diligenciamiento de todas las actuaciones administrativas que le competen.

    • Asesorar a la superioridad en materia específica de su competencia.


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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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