Información de Expediente

2021 - E - 1260
Fecha de Entrada: 19/03/2021
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 18/06/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Otorgando la distinción al "Compromiso Social" a los integrantes de "Punto de Encuentro Familiar (PEF) Mdq", por su labor en el establecimiento de redes de crianza, mantenimiento de lazos filiatorios y acompañamiento a familias adoptantes en el Partido de Gral. Pueyrredon.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19297 27/05/2021 25160 07/06/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 22/03/2021 13/04/2021 Aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 13/04/2021 19/05/2021 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, marzo de 2021

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martínez Bordaisco


VISTO

El Programa Punto de Encuentro Familiar Mdq, autoría de Mercedes Minnicelli, quien conduce el equipo de trabajo interdisciplinario enmarcado en la Extensión Universitaria desde 2013, y


CONSIDERANDO

Que el marco de referencia que sustenta el proyecto tiene como sustrato los estudios e investigaciones interdisciplinarias en Infancia e Instituciones, producidos en el marco de los posgrados Especialización y Maestría en Infancia e Instituciones de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata;


Que el PEF MDQ es también sede de prácticas de grado y posgrado de la Unmdp, y se publicaron antecedentes y resultados preliminares tanto en artículos en revistas especializadas como en libros;


Que el programa atiende casos de niños, niñas y adolescentes (NNA) quienes buscan mantener lazos filiatorios con sus progenitores como sostén identitario, aunque por motivos diversos, no puedan encontrarse ellos en condiciones propicias para asumir la crianza y sostén cotidiano de la vida con sus hijos de forma autónoma;


Que también entre los destinatarios se encuentran grupos de hermanos no convivientes (numerosos generalmente) sea por encontrarse en hogares convivenciales diferentes o bien en grupos familiares distintos en la misma ciudad o en otras. La posibilidad de acompañarse encontrándose entre hermanos, conservando la filiación fraterna, demuestra que mejoran en los vínculos con sus propias familias guardadoras y/o adoptivas;


Que a su vez, el programa interviene respeto de NNA sujetos a medidas excepcionales residentes en hogares convivenciales, que requieran de apuntalamiento de tratamientos psicológicos y/o psiquiátricos en la franja etaria comprendida entre los 11 y 17 años;


Que el Punto de Encuentro Familiar atiende a los efectos de un problema de urgente respuesta cual es el sostén de la crianza de niñas, niños y adolescentes cuando sus progenitores presentan dificultades de distinto orden, problema incrementado a partir de la pandemia y sus efectos directos e indirectos;


Que esta problemática atraviesa a quienes se proponen la maternidad y paternidad adoptiva, y pueden llevar al fracaso de esas pretensiones por la falta de espacios de sostén de las dificultades previsibles y contingentes;


Que los avances en materia de derechos de mujeres y niños/as, no han sido acompañados por las transformaciones en los dispositivos de abordaje dirigidos al apuntalamiento de quienes de modo directo se encuentran a cargo del cuidado de las y los más pequeños;


Que el Programa Punto de Encuentro Familiar cuenta con los siguientes dispositivos interdisciplinarios especializados: Club del PEF, Merienda de hermanos y hermanas, Coordinación de parentalidad y Redes de Crianza;


Que los objetivos principales del programa son los siguientes:

Ofrecer un dispositivo de tratamiento social interdisciplinar especializado en la atención de problemas que manifiestan los NNA y en general se identifican en el ámbito de la salud mental y pueden obstaculizar los procesos vitales propios a la vida de nuevas familias

Acompañar procesos de adopción y evaluación de vínculos con los pretensos adoptantes a fin de que NNA orienten sus decisiones con consentimiento informado considerando en todos los casos el criterio de autonomía progresiva

Ofrecer un tratamiento profesional especializado alternativo para crear condiciones de posibilidad para el encuentro que permita establecer o restablecer vínculos familiares, y/o para garantizar la ininterrupción de los mismos excluyendo de manera expresa los casos que hayan implicado violencia sexual de parte de los adultos hacia los NNA.


Que los equipos que conforman el Punto de Encuentro Familiar son profesionales que acreditan, además de su formación de grado (Psicología, Trabajo Social, Terapia Ocupacional, Educación, Abogacía, entre otras) formación de posgrado especializada en infancia e instituciones y/o en especializaciones afines;


Que a pesar de tratarse de un equipo altamente profesionalizado que realiza tareas de tal envergadura la mayor parte de sus integrantes realizan sus tareas ad-honorem, como parte de prácticas de grado o posgrado, como adscriptos, extensionistas, etc.


Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de


ORDENANZA


Artículo 1º.- Otórgase la distinción al “Compromiso Social” a los integrantes de Punto de Encuentro Familiar (PEF) Mdq, por su labor en el establecimiento de redes de crianza, mantenimiento de lazos filiatorios y acompañamiento a familias adoptantes en el Partido de General Pueyrredon.


Artículo 2°.- Entréguese copia de la presente a la coordinadora Mercedes Minnicelli, en un acto a realizarse en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante.-


Artículo 3°.- Comuníquese.-




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