Información de Expediente

2021 - E - 1035
Fecha de Entrada: 15/01/2021
Carátula: 1 RESOLUCIÓN 2 COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 09/09/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1687 0 2021 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Resolución
Expresando repudio al acto discriminatorio sufrido por Sofia Ortiz en el Boliche Bruto de Playa Grande dónde no se le permitió el ingreso debido a su aspecto físico desmotrando esto un claro acto de gordofobia.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-4692 23/04/2021
Proyecto 2: Comunicación
Solicitando al DE. informe los programas, acciones o políticas que se encuentran ejecutando para la prevención y erradicación de los distintos tipos de violencias y actos discriminatorios contemplados en las leyes nº 23592 y nº 26485 en espacios recreativos como bares y boliches.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5769 23/04/2021
Proyecto 3: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2541 09/09/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
038 DERECHOS HUMANOS 19/01/2021 28/01/2021 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/01/2021 01/03/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 01/03/2021 19/04/2021 aprobado
054 DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DISCAPACIDAD 27/07/2021 05/08/2021 Archivo
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 05/08/2021 30/08/2021 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                             Mar del Plata, 15 de enero de 2021.


Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S------------/------------D


VISTO:

El acto de discriminación perpetrado -el pasado miércoles 13 de enero de 2021- en el boliche Bruto Playa Grande contra Sofía Ortiz, joven oriunda de Tucumán que se encontraba de vacaciones en nuestra ciudad, y


CONSIDERANDO:

Que el día miércoles 13 de Enero, una joven turista tucumana de 24 años se dirigió al boliche Bruto de Playa Grande con un grupo de seis amigas. Habían realizado una reserva, en el marco de las medidas sugeridas en este contexto de pandemia. Sin embargo, pese a que a sus amigas sí les permitieron el ingreso al lugar, a ella -mediante diversas excusas- le impidieron el paso. Finalmente supo que la negativa para ingresar y permanecer en el boliche se debía a su aspecto físico.

Que el episodio tomó estado público al viralizarse en medios y redes sociales el relato de Sofía Ortiz, que expuso su malestar por el acto discriminatorio que había sufrido en dicho boliche por su contextura física .

Que tomó intervención la delegada en Mar Del Plata del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), Cinthia Mónaco, habiéndose puesto en contacto y a disposición de la joven, al igual que lo hicimos desde esta concejalia.

Que este tipo de actos discriminatorios suponen la interacción de, por lo menos, dos elementos: en primer lugar la vulneración de derechos y, en segundo lugar, el pretexto que opera como justificación en base a prejuicios y estereotipos.

Que en ese marco es importante recordar que el acceso a nuestros derechos no puede ser relativizado bajo ningún pretexto. Los derechos humanos constituyen la base para el desarrollo de una comunidad. Todas las personas tenemos los mismos derechos y todas las veces deben ser respetados de igual manera. En ese sentido, la igualdad y no discriminación son principios reconocidos por el artículo 16 de la Constitución Nacional y la Declaración Universal de los Derechos Humanos (sancionada en 1948), entre otras normas.

Que, yendo al caso específico, el ideal estético hegemónico de los cuerpos es ante todo una construcción cultural, discriminatoria y patriarcal, la cual considera que todas las personas deben acercarse a un mismo y único patrón de belleza que esconde detrás la presión social por adecuarse y encajar. La naturalización de un ideal estético que pasa a ser considerado como parte del sentido común pone un velo sobre la violencia que conlleva esta imposición.

Que la discriminación gordofóbica es el acto de vulnerar un derecho humano en base a pretextos estéticos que, además, al cruzarse con estereotipos de género, raciales, xenofóbicos o clasistas recaen sobre grupos sistemáticamente afectados por otros modos de discriminación. El rechazo a los cuerpos gordos suele aparecer enmascarado bajo una pretendida preocupación por la salud, cuando en verdad opera en respuesta a la rigidez de los parámetros estéticos y recae de manera violenta sobre las personas que no se ajustan a ellos.

Que en estos meses de pandemia, se viralizaron discursos discriminatorios que refuerzan el ideal de belleza asociado a la delgadez, generando burlas en torno a los cuerpos gordos. Por este motivo, a fines de Julio del 2020 el INADI realizó un informe que invita a reflexionar sobre los fundamentos, el origen y los resultados violentos y excluyentes que generan los discursos gordofóbicos, ofreciendo algunas pautas y recomendaciones para el abordaje respetuoso de la temática por parte de comunicadores y comunicadoras.

Que la discriminación asociada al discurso gordofóbico es un fenómeno que se acentúa notoriamente en la población joven pero que, sin embargo, atraviesa a todos los grupos etarios, generando distintos impactos. El efecto del discurso gordofóbico se traduce en consecuencias que van desde alentar el desarrollo de trastornos de salud como la depresión, la anorexia o la bulimia, hasta favorecer la reproducción de estereotipos de género relacionados con la cosificación de las mujeres y la reducción de los cuerpos a objetos de valoración y consumo, cuando no acaba siendo expresado en el ejercicio de un acto discriminatorio e incluso un acto de violencia gordo-odiante.

Que estos discursos de odio son muchas veces validados por un mercado donde hay cuerpos que valen más que otros. A raíz de esto y con el fin de modificar esta mirada y acción del mercado es que el 20 de noviembre de 2019 se aprobó la Ley 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria conocida como la “Ley de Talles”.

Que estos actos discriminatorios no sólo afectan de manera negativa a quienes son violentados y violentadas en forma directa sino también a toda la comunidad ya que reproducen discursos de odio que debieran estar ya erradicados.

Que, en ese sentido, quienes vivimos y habitamos esta ciudad sabemos -lamentablemente- que detras de cada caso de discriminación que toma estado público suele haber otros que quedan en la invisibilidad. Tampoco es el único en Playa Grande, donde el año pasado repudiamos desde este Honorable Concejo Deliberante un acto de discriminación homofobica que sufrio una pareja en un balneario cercano al que hoy nos indigna.

Que pese a estos hechos repudiables, nuestro Partido de General Pueyrredon -tanto por medio de su comunidad como de sus instituciones- se ha manifestado y manifiesta en reiteradas oportunidades a favor de la igualdad y en defensa de los derechos de todas las personas por lo que permitir, por acción u omisión, que un reconocido bar-boliche de nuestra ciudad actúe de esta manera perjudica el buen vivir de nuestra generación y las futuras porque “la erradicación de la discriminación no solo constituye un imperativo ético para la realización del principio de igualdad y una necesidad política para la ampliación de la democracia, sino que la persistencia de prácticas discriminatorias es un obstáculo para un modelo de desarrollo que garantice la inclusión social”[1].

Que, por ello, es de vital importancia no solo repudiar hechos como el que sufrió esta joven tucumana en nuestra ciudad, sino también promover las acciones y políticas necesarias para que nuestra ciudad se parezca más a la que soñamos y merecemos, donde tanto vecinas y vecinos como quienes nos visitan se sientan cuidados e incluidos. En ese sentido, más aún cuando se trata de ámbitos de recreación que funcionan en espacios concesionados y/o habilitados por el Estado Municipal, es que esté debe ejercer su rol y poder de control no sólo con relación al cumplimiento de las obligaciones que correspondan sino también el respecto a la dignidad y los derechos humanos en esos ámbitos.

Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:


RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su enérgico repudio al acto discriminatorio sufrido por Sofia Ortiz en el boliche Bruto de Playa Grande donde no se le permitió el ingreso debido a su aspecto físico demostrando esto un claro acto de gordofobia.

Artículo 2.-  Comuníquese, etc.-


COMUNICACIÓN

Artículo 1º-  El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe los programas, acciones o políticas que se encuentran ejecutando para la prevención y erradicación de los distintos tipos de violencias y actos discriminatorios contemplados en las Leyes 23.592 y 26.485 en espacios recreativos como bares y boliches.

Artículo 2º-  Comuníquese, etc.


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[1]  Manual del  Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) titulado para “Entender la Discriminación”.


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