Información de Expediente

2020 - E - 1910
Fecha de Entrada: 13/10/2020
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 21/04/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Programa "Donar es Deporte", cuyo objetivo será promover la donación de plasma y articular acciones con las instituciones deportivas del Partido de Gral. Pueyrredon, que tengan equipos profesionales que participen en las ligas nacionales de fútbol, básquet y/o vóley.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
19122 29/12/2020 25002 13/01/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 15/10/2020 28/10/2020 APROBADO
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 28/10/2020 18/11/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 18/11/2020 17/12/2020 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                  Mar del Plata, 13 Octubre de 2020.




Señor Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Ariel Martínez Bordaisco

D                       /                         S






VISTO




                            La importanciala donación de plasma porque aún no existe un tratamiento definido que sea totalmente efectivo, el plasma parecería ser que puede ayudar a recuperar a los pacientes enfermos. Decimos “parecería” porque se ha demostrado que el plasma es seguro pero aún no si es efectivo.


Actualmente, algunos de los vecinos y vecinas recuperados ya donaron plasma en diferentes centros médicos del Partido de General Pueyrredon.




CONSIDERANDO




Que las personas recuperadas de COVID-19 poseen en el plasma de su sangre anticuerpos que podrían beneficiar a quienes están cursando la enfermedad. No se ha demostrado hasta la actualidad en forma fehaciente la seguridad y la eficacia de este tratamiento.




Que los pacientes recuperados de Coronavirus poseen anticuerpos que sus cuerpos fabricaron al estar expuestos al virus. Se encuentran en el plasma y tienen un papel fundamental en la defensa contra la enfermedad.




Que a través de su gesto voluntario y solidario los pacientes recuperados de COVID-19 estarán en condiciones de ingresar al Ensayo Clínico Nacional el que permitirá evaluar los beneficios de este tratamiento y de esta manera poder ofrecer una posible nueva alternativa para el tratamiento de los pacientes que están cursando con COVID-19.




Que actualmente está en marcha un ensayo multicéntrico que cuenta con la colaboración de distintas instituciones del país, donde el plasma de pacientes recuperados es el eje central. Esto está enmarcado en un ensayo clínico nacional donde es fundamental el acto de donar plasma por parte de las personas que se hayan curado de COVID-19 y se encuentran en proceso de recuperación.




Que a nivel nacional, se encuentra la Resolución 783/2020 publicada en el Boletín Oficial,  donde se aprobó el “Plan Estratégico para regular el uso del plasma de pacientes recuperados de COVID-19 con fines terapéuticos”.




Que en  la misma se establecen ejes de investigación a partir del plasma de convalecientes, entre ellos evaluar la seguridad y eficiencia del uso de plasma en convalecientes en enfermos de COVID-19 y el de desarrollo de una inmunoglobulina hiperinmune.




Que asimismo  promover y apoyar los ensayos clínicos para evaluar la seguridad y eficacia del  uso del plasma de pacientes recuperados COVID-19 con fines terapéuticos. La donación de plasma rico en anticuerpos por pacientes recuperados de COVlD-19 con fines terapéuticos, como así también instar a los pacientes recuperados a ser donantes, siempre en un acto de disposición voluntaria. Mediante campañas de difusión, concientizar sobre la importancia de la donación y brindarle a los donantes facilidades de traslado, alimentación o cuidado que se requieran para llevar a cabo la misma.




Que en primer lugar, el plasma puede ayudar a otra persona que esté cursando la infección y lo necesite. Es un gesto solidario y altruista  que permitirá brindar un posible nuevo tratamiento con plasma a otros enfermos.




Que Uno de los activos más fuertes que tenemos en esta pandemia es el compromiso colectivo de toda la sociedad y también de toda la comunidad científica”, destacó el Ministro de Salud de Nación Ginés González García.




Que gracias a la gente que de manera solidaria donó o donará, es que se puede continuar investigando, ya que no hay otra forma de obtenerlo. En ello recae la importancia de insistir en convocar a los pacientes recuperados de COVID-19.


Por todo lo expuesto anteriormente, se eleva el siguiente proyecto de:






ORDENANZA




Artículo 1: Crease el Programa “Donar es Deporte”.-


Artículo 2°: Los Objetivos del Programa “Donar es Deporte” será promover la donación de plasma y articular acciones con las instituciones deportivas del Partido de General Pueyrredon que tengan equipos profesionales que participen en las ligas nacionales de futbol, básquet y/o vóley.


Artículo 3°: entre las acciones del programa “Donar es Deporte” se otorgara a los pacientes recuperados de COVID-19 que hayan donado plasma un abono anual sector popular del estadiopara asistir a los encuentros deportivos en los que participe el club o institución deportiva que el donante elija. Una vez que se vuelva a permitir el acceso de público a los eventos deportivos ya sea en la corriente temporada o la del año próximo.




Artículo 4°: Invitase a los Clubes e Instituciones deportivas del Partido de General Pueyrredon a participar del presente programa.-


Artículo 5°: El Ente Municipal de Deportes creara un registro en el cual se inscribirá los clubes interesados en participar del programa. Dicho registro será publicado en la página web y redes sociales oficiales del municipio.-


Artículo 6°: aquellos pacientes recuperados de COVID-19 que donaren plasma podrán concurrir al Ente Municipal de Deportes a la Dirección de Deportes Federados con certificado que acredite la donación de plasma para poder acceder al beneficio del presente programa.-


Artículo 7°:De forma.-






 Volver