Información de Expediente

2020 - E - 1522
Fecha de Entrada: 17/06/2020
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE RENOVADOR
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AFECTADO POR ARTICULO 32º/2023
Desde: 28/02/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe sobre varios items relacionados con los generadores de residuos voluminosos y el funcionamiento del servicio de recolección durante la época de verano 2019-2020.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
030 MEDIO AMBIENTE 19/06/2020 01/03/2021
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 01/03/2021 28/02/2023 ART. 32º R.I.
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 28/02/2023 28/02/2023 ART. 32º R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 28/02/2023 28/02/2023 ART. 32º R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, junio de 2020

Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Ariel Martinez Bordaisco

S/D


VISTO


       La respuesta al proyecto 1549 2019 que consultaba al Ejecutivo sobre la Ordenanza 20002 y los grandes generadores de residuos, y;



CONSIDERANDO


       Que en mayo del año 2019 nuestro bloque solicitó información a las áreas pertinentes de cumplir esta ordenanza mediante el proyecto de comunicación 1549 2019;


Que en la respuesta al expediente el ex intendente Arroyo y el ex Presidente de EMSUR Eduardo Leitao manifestaron que; “actualmente hay solo dos empresas transportistas inscriptas en el registro de Transporte de Recipientes Contenedores, RESICONT SA y CIAGESER SA.


Que se implementó la Resolución nº236/18 para aquellos transportistas cuya carga provenga de más de un generador deberán abonar la Tasa por Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos por cuenta y orden de estos. Asimismo, cuando la carga provenga de un único generador será este quien debe cumplir con el pago de la tasa directamente en el EMSUR. Con esta modificación se dio pleno cumplimiento a la Ordenanza nº 20.002 ya que desde el año 2013 solo se venia cobrando a aquellos comerciantes que sus residuos ingresaban al Centro de Disposición Final de Residuos separados de otros comercios.


Que tanto las empresas transportistas como los Grandes Generadores son controlados por la Dirección de Gestión de Residuos a través de su grupo de inspectores. Dicho control se realiza en cumplimiento de la legislación vigente.”


Que al día de hoy la realidad cambió en vista del impacto económico y social que está teniendo el desarrollo del aislamiento obligatorio en nuestra ciudad;


      Que por la citada Ordenanza, sus modificaciones y reglamentación, todos aquellos generadores  de residuos voluminosos (aquellos que por su tamaño y peso superen los 20 kilogramos) se encuentran excluidos del servicio de recolección de residuos domiciliarios contratado por la Municipalidad de Gral. Pueyrredón;



       Que el sector gastronómico y hotelero es uno de los más golpeados en nuestra ciudad debido a la imposibilidad de brindar servicios por el aislamiento;


      Por todo ello, desde el Bloque Frente Renovador suscribimos el presente proyecto de Comunicación para consideración en el Honorable Concejo Deliberante.


COMUNICACION



  Artículo 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo para que, a través de las áreas correspondientes, aporte la siguiente información:


   a) Detalles sobre el funcionamiento del servicio durante la época de verano 2019-2020

   b) Indicar si hay un nuevo plan de trabajo diseñado para considerar la recolección de residuos voluminosos a medida que se proceda a la reapertura de los mencionados establecimientos


Artículo 2º.- De forma.



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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



      BLOQUE FRENTE RENOVADOR



Mar del Plata



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