Información de Expediente

2020 - E - 1369
Fecha de Entrada: 29/04/2020
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 01/10/2020
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1811 0 2020 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe ref. a la implementación del protocolo de preparación para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por COVID 19, en el Centro de Especialidades Medicas Ambulatorias(CEMA).

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5579 25/06/2020
Proyecto 2: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
2465 01/10/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 29/04/2020 20/05/2020 aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 15/09/2020 23/09/2020 archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 29 de Abril de 2020


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D







VISTO:



El Protocolo vigente de preparación para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19) de la Provincia de Buenos Aires, y;






CONSIDERANDO:






Que para sistematizar las acciones de respuesta integral correspondiente al sector salud, la Dirección de Epidemiología de la provincia de Buenos Aires mantiene actualizado el protocolo para la prevención y control de la enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19);



Que el objetivo del Protocolo es implementar las medidas de prevención, detección temprana y control que permitan brindar la respuesta sanitaria integral necesaria para la atención y protección de la población susceptible de COVID-19, reduciendo las complicaciones y posible mortalidad debidas al mismo y procurando además limitar la propagación de este nuevo virus, en el territorio provincial y nacional;



Que ante el aumento esperado de consultas, internaciones y muertes por enfermedades respiratorias agudas y de acuerdo con la experiencia de otros países y las recomendaciones emanadas de la OMS la preparación de los servicios debe centrarse en:



● Reforzar la capacidad de los sistemas de atención médica para garantizar la detección y el diagnóstico rápidos de los casos



● Implementar medidas para proteger al personal, los pacientes y otros contactos de la exposición.



● Limitar el número de visitas para pacientes ingresados



● Apoyar y mantener una atención de calidad



● Reprogramar las actividades posibles de hacerlo y que comprometan la atención de casos graves o que requieran internación



● Monitorear el resultado de las intervenciones terapéuticas y comunicar la efectividad de estas



● Evaluar la respuesta del sistema, revisar planes y procedimientos establecidos



● Monitorear la disponibilidad de camas críticas



● Asegurar vías y formas de traslado para pacientes graves que superen la capacidad o complejidad del establecimiento y del sistema de derivación de pacientes en estado crítico



● Conformar un Comité de control de Infecciones para asegurar las precauciones estándar y adicionales, así como el seguimiento de medidas adoptadas



● Incorporar medidas adiciona



Que el protocolo determina la vigilancia de casos sospechosos teniendo como objetivo principal la vigilancia epidemiológica en la actual situación, detectando de manera temprana casos, permitiendo la atención adecuada de los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población, así como la adecuada atención de los casos graves;



Que la vigilancia de las infecciones respiratorias agudas (ETI, bronquiolitis, neumonía, IRAG, IRAGI y sospecha Virus emergente) que incluye las servicios de atención de los distintos subsectores, las áreas de epidemiología municipales, regionales, provincial y nacional, la red nacional de laboratorios de influenza y otros virus respiratorios, laboratorios privados con capacidad para el diagnóstico, los laboratorios nacionales dependientes de la ANLIS, entre otros. Todos ellos participan de manera activa del Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud, que permite la comunicación en tiempo real entre los actores intervinientes con responsabilidad sanitaria de manera simultánea y desde cualquier lugar del territorio argentino, contando con un sistema de alertas inmediatas ante la notificación de casos y el reporte de resultados de laboratorio, todo bajo estrictas medidas de seguridad informática y protección de la confidencialidad de los datos;






Que desde el punto de vista normativo, la identificación de casos sospechosos de COVID-19 constituye un evento de notificación obligatoria en el marco de la Ley 15465 y debe ser notificado en forma inmediata y completa al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS2.0) dentro del Grupo de Eventos: Infecciones Respiratorias Agudas (IRAS), Eventos: Caso sospechoso de COVID-19 o Contacto de caso de COVID-19;



Que el personal de salud del sector público, privado o de la seguridad social que atiendan casos sospechosos, confirmados y sus contactos del COVID-19 están obligados a notificar al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS2.0) sobre dichos casos;



Que es necesario estimular la consulta telefónica previa de los pacientes sintomáticos para que se presenten en las instalaciones de atención médica con instrucciones previas;



Que el protocolo determina la implementación del sistema triage en las áreas de ingreso de pacientes (guardia/sala de espera/orientación) para la búsqueda y atención rápida de casos sospechosos. El agente de salud que realiza el triage deberá informar la presencia del caso al personal del hospital destinado al manejo de estos;


Que el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias (CEMA), ubicado en Pehuajó 250, comenzó el jueves a atender a personas con sintomatología respiratoria en el horario de 8 a 20, de lunes a lunes, el mismo recibe a pacientes con síntomas respiratorios agudos o que hayan tenido contacto con un nexo epidemiológico y se los somete a un triage para evaluar el cuadro. Si es necesario, hay habilitada una zona de consultorios apartados dentro del Cema para la realización de nuevos estudios y, a partir de esos resultados, se dispondrá una derivación;


Que según la Secretaria de Salud se dispondrán Centros Covid Mixtos en los CAPS de Batán, Belgrano, El Martillo, Estación Camet y La Peregrina, más centros exclusivos de Covid que se suman al del CEMA: Club Social y Deportivo Talleres, CIC Malvinas, Hotel Escuela UTEDyC y un centro respiratorio móvil;


Que es necesario que el Municipio cumpla con el protocolo de preparación para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19) de la Provincia de Buenos Aires para poder garantizar la atención sanitaria de todos/as los/as vecinos/as del Partido de General Pueyrredon;





Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva  los siguientes proyectos de:






COMUNICACIÓN












Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al  Departamento  Ejecutivo, a través de la Secretaria de Salud Municipal informe de qué manera se está implementando el protocolo vigente de preparación para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19) de la Provincia de Buenos Aires en el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias (CEMA)



Artículo 2º: Asimismo informe  fechas de comienzo de servicios de los Centros Covid Mixtos y exclusivos que se suman al del CEMA detallando ubicación, horarios de atención, cantidad de personal disponible, equipamiento y si los mismos cumplen con requerimientos del protocolo vigente de preparación para la respuesta ante la contingencia de enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19) de la Provincia de Buenos Aires.



Artículo N°3: Comuníquese, etc.-




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