Información de Expediente

2018 - E - 2028
Fecha de Entrada: 07/09/2018
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 25/03/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Incorporando al COT un Artículo por el cual previo a su habilitación el inmueble deberá tener en perfecto estado de conservación y mantenimiento sus veredas, muros, carpinterías y demás componentes de la fachada, para los casos en que se autoricen usos de suelo no permitidos.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18269 24/01/2019 23967 11/02/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 10/09/2018 27/11/2018 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/11/2018 21/01/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 06 de Septiembre 2018.-


Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredón

Cjal. Guillermo Sáenz Saralegui




Visto


Las solicitudes de autorizaciones a usos de suelo que llegan para ser tratadas por el Honorable Concejo Deliberante y;



Considerando


Que los usos solicitados, obviamente prohibidos en el distrito de pertenencia, se autorizan por motivos varios, debidamente justificados, remitiéndose  a las Comisiones del Honorable Concejo Deliberante  para su tratamiento y convalidación si así se dispusiera.


Que esas excepciones conllevan condicionamientos varios que se ven reflejados  en las Ordenanzas que se sancionan al efecto.


Que en todos los casos las autorizaciones son de  carácter precario y en forma adjunta se agregan  normas de cumplimiento general, comunes a todos los permisos acordados.


Que no obstante lo anterior se estima necesario generalizar para todos los casos, normas específicas para  que la implantación autorizada, no altere  formal y estéticamente el entorno en que se insertan y  ambientalmente lo desvalorice.


Que se han registrado casos en que los beneficiados con las referidas excepciones, si bien cumplen con la normativa de las Ordenanzas sancionadas al respecto, no  acondicionan adecuadamente el exterior de las edificaciones autorizadas.


Que para las autorizaciones que se pongan en tratamiento de excepción a la normativa general, se estima necesario y razonable modificar el artículo tercero (art.3º). de los  proyectos de Ordenanza que se ponen en consideración, tendiendo a evitar el deterioro de los sectores en donde se insertan los usos incorporados.


Por lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical pone en consideración el siguiente


PROYECTO DE MODIFICACION DE ORDENANZA


Artículo 1º).- Para todos los  casos en que se autoricen usos de suelo no permitidos por el Código de Ordenamiento Territorial (COT) en el distrito de pertenencia, incorporase en el articulado de la ordenanza a sancionar, el siguiente texto:



  Artículo º.-  Previo a su habilitación el inmueble deberá tener en perfecto estado de conservación y mantenimiento sus veredas, muros, carpinterías y demás componentes de fachada, incluidos los muros medianeros visibles desde el espacio público, si los hubiere, y dar cumplimenten a lo establecido en la Ordenanza Nº 9.784: Código de Preservación Forestal, en cuanto a la forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza Nº 14.576.


Artículo 2º).-  De forma.


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Mar del Plata



BLOQUE U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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