Información de Expediente

2018 - E - 1444
Fecha de Entrada: 12/04/2018
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: 1PAIS
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 03/02/2021
Agregado a: 2020 - E - 2054 - 0 - 0
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo el sistema de Presupuesto Participativo que regirá en la Municipalidad de Gral Pueyrredon.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 17/04/2018 28/02/2019 Art. 31
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/02/2019 28/02/2019 Art. 31
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 05/04/2019 15/08/2019 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/08/2019 15/08/2019 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 20/08/2019 01/10/2020 vuelta a com por art 52
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 01/10/2020 01/10/2020 vuelta a com por art 52
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 07/10/2020 22/12/2020 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 22/12/2020
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata,   de abril de 2018














Señor



Presidente del



Honorable Concejo Deliberante



Su Despacho







VISTO



  La importancia de contar con un presupuesto participativo.







CONSIDERANDO



Que el Presupuesto Participativo es un mecanismo de participación ciudadana que incorpora el debate, el acuerdo y el voto popular como herramientas que permiten destinar una parte del Presupuesto Municipal a la realización de propuestas y proyectos que las personas consideren necesarios para su Distrito.



Que entre los objetivos que una herramienta de estas características contiene, se encuentran los de promover  la participación directa de vecinos en la distribución de los recursos públicos, consolidar y fortalecer la relación Estado-Sociedad Civil mediante espacios de encuentro y análisis, transparentar el destino de los fondos públicos y las acciones del Estado local, así como defender el papel del vecino como voz autorizada para diagnosticar y valorar las prioridades barriales.



Que esta iniciativa fue inaugurada por la ciudad de Rosario hacía el año 2002, siendo la primera localidad del país que tuviera una ordenanza de este estilo.



Que esta herramienta de participación popular y creación de ciudadanía, contribuyó  en el municipio de Rosario con el proceso de descentralización y modernización del Estado Municipal, generando una instancia de trabajo colectivo entre el estado y las organizaciones de la sociedad civil como una forma de ofrecer un canal de expresión a la ciudadanía, debatiendo en conjunto cómo asignar los recursos.



Que la participación ciudadana se garantiza en las distintas etapas que ofrece esta iniciativa, realizándose una primera asamblea en el marco de los Consejos Barriales, convocando a vecinos y organizaciones de la zona, entre las que se encuentran clubes, centros comerciales, escuelas, Consejos y Comisiones que abordan las temáticas de Pueblos Originarios, discapacidad, cultos, sustentabilidad.



Que en este marco, las discusiones y propuestas tienen el objetivo de determinar las temáticas, problemáticas e inquietudes que vecinos visualizan como acciones e intervenciones necesarias para sus áreas barriales y como distrito en su integralidad, con el objetivo de planificar conjuntamente políticas sociales y urbanas para cada barrio de la ciudad.



Que de las inquietudes y propuestas de los vecinos relevadas en las asambleas barriales, los Consejeros electos junto a los directores de los Centros Municipales de Distrito y los secretarios técnicos, elaboran los proyectos y allí se contempla el desarrollo urbano integral de determinados sectores acompañado de acciones sociales, para generar un entorno barrial más seguro y mejorar la calidad de vida de los vecinos.



Que una vez que se elaboran los proyectos, se publican los lugares y horarios donde habrá una mesa para recibir a los vecinos que deseen participar. La votación es presencial en lugares designados en cada distrito, y on line, a través del sitio web de la ciudad. En Rosario, por ejemplo, se ha diseñado un sitio especialmente para esto denominado Rosario Participa.



Que una iniciativa de estas características, moviliza a los sectores estratégicos de la ciudad, generando compromiso y responsabilidad entre los vecinos, entre cada ciudadano y el entorno, disponiendo de un espacio de expresión y análisis de las distintas necesidades de cada barrio y sector, fijando prioridades y trabajando en conjunto en posibles soluciones.



Que esto es perfectamente comprobable sí observamos como fue aumentando la participación ciudadana en Rosario con respecto al presupuesto participativo, ya que desde sus inicios hasta la fecha, los rosarinos se fueron apropiando cada vez más de este mecanismo de participación que no ha parado de crecer: en el comienzo, los lugares de asambleas eran 55, llegando en el 2015 a 180 espacios los lugares de encuentro; en cuanto a la cantidad de electores, los primeros años era inferior a 3.000, mientras que en noviembre del 2014 la ciudad alcanzó un record histórico de participación ciudadana, cuando un total de 100.069 rosarinos votaron los proyectos del Presupuesto Participativo en 2015.



Que la cifra que más representa lo antes expresado, es la cantidad de proyectos que hasta la actualidad se han realizado, acumulando 1700 proyectos en salud, desarrollo social y obras elegidos por vecinos, concretados desde su puesta en vigencia en mayo del 2002.



Que en nuestra ciudad, el Presupuesto Participativo presentó esta iniciativa año después de ser iniciada en Rosario y hacía octubre de 2008, fue presentada a nivel local.



Que de esta forma, se puso en marcha un mecanismo propio de las gestiones modernas y participativas, tendientes a fomentar la incidencia de la ciudadanía en el uso del presupuesto público.



Que esta iniciativa tuvo lugar durante cuatro ediciones (2008, 2010, 2012 y 2014), contabilizándose más de 800 proyectos elegidos, muchos de ellos con tareas pendientes, alrededor del 58%.



Que en cuanto a las iniciativas elegidas en 2014, año de su última edición, distintos proyectos se vieron interrumpidos o quedaron pendientes de realización y a partir de 2016, la oficina de Presupuesto Participativo cerró y sus empleados fueron trasladados a otras a dependencias.



Que sí hacemos un racondo de los proyectos que se realizaron durante las cuatro ediciones, se dejaron un saldo de 840 proyectos electos, muchos de ellos relacionados con temáticas sociales y de juventud, una cuestión que también se observa en la mayoría de los que se llevan a cabo en la ciudad de Rosario en el marco del presupuesto participativ Que en nuestra ciudad, en octubre de 2008 se presentó el Presupuesto Participativo y por primera vez en la historia democrática de la ciudad, se ponía en marcha un mecanismo propio de las gestiones modernas y participativas, tendientes a fomentar la incidencia de la ciudadanía en el uso del presupuesto público.



Que luego de cuatro ediciones (2008, 2010, 2012 y 2014) y más de 800 proyectos elegidos, se calcula que las tareas pendientes rondan el 58%. En cuanto a las iniciativas elegidas en 2014, año de su última edición, distintos proyectos se vieron interrumpidos o quedaron pendientes de realización y a partir de 2016, la oficina de Presupuesto Participativo cerró y sus empleados fueron trasladados a otras a dependencias.



Que sí hacemos un racondo de los proyectos que se realizaron durante las cuatro ediciones, se dejaron un saldo de 840 proyectos electos, muchos de ellos relacionados con temáticas sociales y de juventud, una cuestión que también se observa en la mayoría de los proyectos que se llevan a cabo en la ciudad de Rosario en el marco del presupuesto participativo.



Que para ser llevado a cabo, el municipio se dividía en 16 distritos donde, a través de reuniones preliminares, se organizaba el proceso de convocatoria de proyectos, la rendición de cuentas y su evaluación. Luego se procedía a la conformación de asambleas para relevar necesidades, recibir propuestas, elegir delegados vecinales y organizar mesas de formulación, las cuales estaban integradas por delegados vecinales, funcionarios y técnicos municipales que transformaban las listas de necesidades y los problemas en proyectos elegibles.



Que posteriormente, se procedía a la presentación y las elecciones. El listado de proyectos resultantes de las instancias anteriores se presentaban a todos los vecinos de la comuna y se los sometía a elección.



Que en cuanto a los fondos destinados, cabe recordar que el porcentaje del presupuesto local para esta iniciativa fue incrementándose con el correr del tiempo, como también la cantidad de proyectos y vecinos involucrados. De los 5 millones reservados en 2008 se pasó a 6 millones en 2010 y a 15 millones en 2012. En 2014, en tanto, la inversión alcanzó los 20 millones de pesos.



Que una iniciativa de esta características, contribuye al compromiso ciudadano y a visualizar en la comunidad la voluntad de asignar eficientemente los fondos municipales.



Que para implementar esta iniciativa, el municipio se dividía en 16 distritos donde, a través de reuniones preliminares, se organizaba el proceso de convocatoria de proyectos, la rendición de cuentas y su evaluación. Luego se procedía a la conformación de asambleas para relevar necesidades, recibir propuestas, elegir delegados vecinales y organizar mesas de formulación, las cuales estaban integradas por delegados vecinales, funcionarios y técnicos municipales que transformaban las listas de necesidades y los problemas en proyectos elegibles.



Que posteriormente, se procedía a la presentación y las elecciones. El listado de proyectos resultantes de las instancias anteriores se presentaban a todos los vecinos de la comuna y se los sometía a elección.



Que en cuanto a los fondos destinados, cabe recordar que el porcentaje del presupuesto local para esta iniciativa fue incrementándose con el correr del tiempo, como también la cantidad de proyectos y vecinos involucrados. De los 5 millones reservados en 2008 se pasó a 6 millones en 2010 y a 15 millones en 2012. En 2014, en tanto, la inversión alcanzó los 20 millones de pesos.



Que una iniciativa de esta características, contribuye al compromiso ciudadano y a visualizar en la comunidad la voluntad de asignar eficientemente los fondos municipales.



En virtud de lo expuesto, se eleva a consideración el siguiente proyecto de:



ORDENANZA



I. Disposiciones Generales.







Artículo1: Establécese el sistema de Presupuesto Participativo que regirá en la Municipalidad de General Pueyrredón.-







Artículo 2.- Concepto:



El presupuesto participativo consiste en una forma de gestión de presupuesto, en la cual la población de la ciudad, a través del desarrollo de jornadas participativas, debate acerca de las prioridades presupuestarias por áreas temáticas.-







Artículo 3.- Objetivos:



Se establecen como objetivos:



-Lograr que los vecinos se sientan comprometidos con los destinos de la ciudad.



-Aportar un instrumento de control Y planificación de la administración municipal.



-Mejorar la disposición para cumplir con las normas tributarias.



-Motivar la participación ciudadana en las tareas de gobierno de la ciudad.



-Consolidar un espacio institucional de participación.







Artículo 4: Autoridad de aplicación y comisión asesora.



La Secretaría de Hacienda será la autoridad de aplicación. A los efectos de contribuir con la aplicación de esta iniciativa, será asistida por una comisión asesora integradaza por:



   1- Un representante de la Secretaría de Gobierno.



   2- Un representante de Asuntos de la Comunidad.



   3- Un representante de la Universidad Nacional de Mar del Plata.



   4- Un representante de Unión de la Industria, el Comercio y la Producción.



   5- Un representante de la Federación de las Sociedades de Fomento.







Artículo 5: Participación ciudadana.



La autoridad de aplicación deberá establecer el mecanismo de participación de la ciudadanía, lo cual constituirá el sistema de presupuesto participativo, a través de los seis distritos en los que está dividida la ciudad. En el mecanismo que se implemente para la participación ciudadana la proporción de mujeres y varones que lo integren será paritaria, es decir que la representación se conformará con un 50% de mujeres y un 50 % de varones.







Artículo 6: Informes.



Como primera etapa de las jornadas participativas por distritos, la autoridad de aplicación realizará un informe de ejecución del Presupuesto Municipal en curso. Asimismo informará la asignación presupuestaria prevista para la elaboración del proyecto presupuestario en discusión, que deberá ser igual o mayor en valores porcentuales a lo establecido en el año inmediato anterior.







  Artículo 7: Asignación presupuestaria.



Para la distribución de la asignación presupuestaria del Presupuesto Participativo a cada distrito, la autoridad de aplicación establecerá un Índice de Carencia, que deberá confeccionarse con indicadores de salud, educación, vivienda, ingresos, y género y cuyo cálculo deberá ser actualizado anualmente previo a la distribución de los recursos a cada distrito. Tanto para la elaboración del índice como para la actualización anual el Departamento Ejecutivo constituirá una comisión conformada por un representante por cada Secretaria del Departamento Ejecutivo, un Consejero y una Consejera del Presupuesto Participativo de cada distrito e invitará a un representante del área de Estadística de la Facultad de Ciencias Económicas de la Facultad de Ciencias Económica y Sociales de la Universidad Nacional de Mar del Plata. Una vez elaborado el índice deberá ser elevado al Honorable Concejo Deliberante Concejo para su aprobación.







Artículo 8: Distribución de recursos.



La distribución de recursos asignados al Presupuesto Participativo para cada distrito se realizará de la siguiente forma el 50% (cincuenta por ciento) en partes iguales para cada uno de los 6 (seis) distritos y el 50% (cincuenta por ciento) en forma directamente proporcional al grado de marginación urbana que establezca anualmente el cálculo del Índice de Carencia para el que se utilizarán datos disponibles del último censo, Encuesta Permanente de Hogares y estadísticas por las dependencias municipales.







Artículo 9: Del proceso de formación del Presupuesto Participativo.



Se realizará a través de 3 convocatorias:



a) Primera ronda de Jornadas Participativas de Distrito



b) Segunda ronda de Jornadas Participativas de Distrito.-



c) Asamblea General de Comisiones promotoras de Distrito.-







Artículo10: De la elaboración de la propuesta.



La elaboración de la propuesta participativa constará de 4 etapas:



a) Elaboración de prioridades Presupuestarias por áreas temáticas.



b) El Departamento Ejecutivo elaborará el anteproyecto presupuestario.



c) En las jornadas participativas del distrito se delibera sobre el proyecto presupuestario.



d) Redacción final del presupuesto, debiendo el Departamento Ejecutivo establecer el mecanismo que permita incorporar las conclusiones que surjan en las rondas de jornadas participativas.







Artículo 11: Redacción final del presupuesto.



El Departamento Ejecutivo procederá a la redacción final del anteproyecto del Presupuesto para el ejercicio siguiente que será enviada al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento y aprobación, en los plazos estipulados en la Ley Orgánica Municipal.







Artículo 12: De la Publicidad del Presupuesto Participativo.



El Departamento Ejecutivo deberá publicar y mantener debidamente actualizada en la página web del municipio la siguiente información:



*Los proyectos electos año a año en cada Distrito.



*Presupuesto originalmente asignado a cada proyecto.



*Secretaría o repartición municipal responsable de su ejecución.



*El monto finalmente erogado en cada caso.



*Estado de avance de cada proyecto y de no ser posible su ejecución las razones debidamente fundadas que no permiten su ejecución.







Artículo 13: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adecuar las partidas presupuestarias correspondientes, para el efectivo cumplimiento de la presente ordenanza.







Artículo 14: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.































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Mar del Plata




Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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