Información de Expediente

2016 - E - 1469
Fecha de Entrada: 02/06/2016
Carátula: Proyecto de Resolución
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 18/08/2016
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Declarando de Interés del H.C.D., el Segundo Encuentro Provincial LGBT de Diversidad Sexual, a llevarse a cabo los días 15, 16 y 17 de julio del cte. año en nuestra ciudad.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-3976 11/08/2016

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 06/06/2016 15/07/2016 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



      Mar del Plata, 2 de Junio de 2016



Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Saenz Saralegui Guillermo

     S-------------/-------------D


VISTO:


      En la ciudad de Mar del Plata se realizara el Segundo Encuentro Provincial LGTB de Diversidad Sexual, y,


CONSIDERANDO:


Que la ciudad de Mar del Plata  recibirá a diferentes referentes de organizaciones de la provincia de Buenos Aires.

      Que se dará lugar a nuevos debates y la conformación de la Red LGTB de la Provincia de Buenos Aires como también se definirá la conformación de la Comisión directiva de la misma, integrada por las diferentes organizaciones participantes.

      Que el Primer Encuentro Provincial de LGTB se realizo en la Ciudad de Tandil, donde es importante destacar que se enmarcó en dos días de debates entre diversas organizaciones, fundaciones y universidades que comprendieron los días 23 y 24 de Abril de 2016, jornadas que pusieron en escena sus experiencias cotidianas y  la necesidad de coordinar esfuerzos, que se materializó en la conformación de la Red.

      Que el Primer Encuentro Provincial de LGTB fue  declaradò de interés, social y cultural por La Municipalidad de Tandil creando un antecedente legislativos y de compromiso político.

      Que en la última década por decisiones políticas se legislaron marcos normativos de ampliación y reconocimiento de derechos  para las personas que integran el colectivo LGTB, reconociéndolos como sujetos sociales, políticos y de derecho:

         ➢ La Ley de Matrimonio Igualitario 26.618, constituye una modificación del Código Civil Argentino y  permitió la celebración del matrimonio entre personas del mismo sexo en nuestro país. Representó la conclusión de una lucha de más de 30 años del movimiento LGBTI (lesbianas, gays , bisexuales, travestis, transexuales e intersexuales).

         ➢ La Ley de Identidad de Género , que lleva el número 26.743  permite que las personas trans (travestis, transexuales y transgéneros) sean inscriptas en sus documentos personales con el nombre y el sexo de elección, además ordena que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio, lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado. Sancionada el 9 de mayo de 2012 es la única ley de identidad de género del mundo que, conforme las tendencias en la materia, no patologiza la condición trans.

         ➢ La Ley de fertilización asistida numero 26.862 y su reglamentación cubren la necesidad de ser madres o padres a aquellas personas que no pueden procrear por medios naturales. La Ley establece que tienen derecho a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin discriminación o exclusión de acuerdo a su orientación sexual o estado civil.

      Que las organizaciones de la sociedad civil contribuyeron, contribuyen y contribuirán desde su trabajo territorial y organización a que se respeten los derechos de las poblaciones vulneradas en sus derechos.

      Que la contribución de las mismas han sido generadoras de la consagración de las leyes antes mencionadas.

      Que  a pesar de los derechos conquistados en la última década, es necesaria la profundización de los mismos y para ello la conformación de una red integrada por las organizaciones de la provincia se hace fundamental.

      Que el estado cumple un rol central, teniendo la responsabilidad de proteger los derechos consagrados como también la promoción de los mismos con el objetivo de construir una sociedad más justa e igualitaria.

      Que es responsabilidad del Estado promocionar prácticas que incluyan al conjunto de la sociedad con tratos no discriminatorios por motivos de género u orientación sexual.



Por todo lo expuesto, la concejala abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:



RESOLUCION:


Articulo 1- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón declara de su Interés  el Segundo Encuentro Provincial LGBT de Diversidad Sexual que se realizara en la ciudad de Mar Del Plata los días 15, 16 y 17 de Julio del corriente año.


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-








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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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