Información de Expediente

2016 - E - 1053
Fecha de Entrada: 20/01/2016
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA EN ARCHIVO
Desde: 06/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. la designación de un nuevo funcionario a cargo de la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4729 23/03/2016

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/01/2016 15/02/2016 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 19 de Enero de 2016

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S------------/------------D


VISTO:

          El día 18 de Diciembre del 2015 presentó la renuncia al cargo de Secretario de Seguridad el Abogado Penalista Julio Razona, desde esa fecha no ha sido propuesto ni ocupado dicho cargo por la actual Gestion ,y;



CONSIDERANDO:

         Que el decreto Nº 2817/13 convalidado por la ordenanza 21755 establece la creación de la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control dependiente del Departamento Ejecutivo.

      Que el decreto citado (Nº2817/2013 convalidado por la ordenanza 21755) establece que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, JUSTICIA MUNICIPAL Y CONTROL  tiene como misión: Elaborar la política de seguridad pública y control municipal y disponer su implementación, seguimiento y evaluación, conforme a la normativa vigente y las recomendaciones que surjan de las diferentes instituciones e instancias que intervienen en la política pública de seguridad, control municipal y contravencional, en resguardo seguridad pública, la seguridad vial y el cumplimiento de las normas de higiene, salubridad, y moralidad pública en el ámbito del Partido de General Pueyrredón

      Que el decreto citado (Nº2817/2013 convalidado por la ordenanza 21755) establece que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, JUSTICIA MUNICIPAL Y CONTROL  tiene las siguientes funciones:

1) Elaborar, implementar y evaluar las políticas y las estrategias de seguridad, control y las directivas generales y específicas necesarias para su gestión, ejecución y control.

b) Elaborar y formular estrategias institucionales con base a un diagnóstico de situación y de las estrategias de control social e institucional de la violencia y de los delitos.

2)Elaborar un Plan General de Seguridad Pública Municipal; la gestión del conocimiento en materia de seguridad pública, mediante la producción, planificación, coordinación y evaluación de la información referida a la situación del delito y la violencia en el ámbito del Partido de General Pueyrredón a través de la constitución de un programa sobre “Análisis Estratégico del Delito y la Violencia”, coordinando acciones con las autoridades de las diferentes instituciones e instancias que intervienen en la política de seguridad.

3)Coordinar las políticas integrales de prevención de la violencia y el delito entre las diferentes instancias y organismos públicos competentes en materia de prevención, mediante el programa “Oficina de Coordinación de Políticas Integrales de Prevención de la Violencia y el Delito”, a través de su orientación, asistencia y protección y la coordinación efectiva con las instituciones competentes.

4)Coordinar los programas “Centro de Análisis Estratégico del Delito”; “Oficina de Coordinación de Políticas Integrales de Prevención de la Violencia y el Delito”; “Oficina de Protección Integral a las Víctimas”; “Consejo Municipal de Seguridad e Intermediación y Supervisión de Gestiones y Procesos”; “Control y Supervisión de los Servicios de Seguridad Privada” ; “Centro de Operaciones y Monitoreo” .

5) Promover e implementar mecanismos de resolución alternativa de conflictos como herramientas de gestión para la resolución de las contiendas entre vecinos, grupos o instituciones del municipio en forma pacífica.

6) Fomentar la participación ciudadana en la supervisión y control de las políticas y estrategias de seguridad, a través de la constitución del Consejo Municipal de Seguridad.

7) Formular e implementar acciones y estrategias para fortalecer el control y supervisión efectivos de los servicios de seguridad privada que desarrollen actividades en el Partido de Gral. Pueyrredón.

8) Organizar e implementar un sistema coordinado y único de monitoreo ciudadano seguridad pública, seguridad vial, emergencias, catástrofes, siniestros y cualquier otra medida que apunte a la tutela de los valores públicos vinculados con la seguridad, la salud y la integridad física de la comunidad.

9) Entender en todo lo relativo a los procedimientos y modalidades del Tribunal Municipal de Faltas “Juzgado Nº 1”, “Juzgado Nº 2”, “Juzgado Nº 3” y el “Juzgado Nº 5”, a fin de imprimir diligencias en la consecución de los trámites administrativos, asegurando en debida forma, los derechos individuales y las garantías de los imputados, como así también, la eficacia correctiva y disciplinaria de los contraventores.

10) Intervenir en el marco de las competencias atribuidas a la Municipalidad de General Pueyrredón, en todo lo atinente al estudio, aplicación, control y difusión de las normas Nacionales, Provinciales y Municipales referentes al otorgamiento de permisos de instalación de locales y actividades sujetas a inscripción, correspondientes a comercios, industrias, actividades en la vía pública y servicios asimilables a tales.

11) Proyectar los estudios técnicos y la ejecución de las líneas prioritarias o sugerencias de intervención, para lo cual impulsará por sí o por la administración conjunta con otros organismos las modificaciones en la infraestructura vial, ingeniería y planificación de la movilidad en todas sus formas: peatonal, vehicular, medios no motorizados y el trasporte urbano de pasajeros entre otras.

12) Analizar los circuitos administrativos del área y sistemas informáticos, proponiendo las mejoras necesarias para una mayor eficiencia de las tareas.

13) Confeccionar y remitir la información sobre las distintas necesidades de las dependencias a su cargo para ser consideradas por las autoridades y que puedan ser incluidas en el anteproyecto de presupuesto anual.

Tramitar los expedientes de todas las actuaciones administrativas que le competen.

14) Hacer cumplir las normas proyectadas por el Sr. Intendente para la ejecución de las distintas actividades.

15) Conocer el estado de las tareas y desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal a cargo, velando por la disciplina, higiene, orden y correcta atención al público.

16) Identificar las necesidades de capacitación y proponer las actividades que contribuyan al mejor desempeño del personal en sus puestos, articulando la participación de los agentes a su cargo.

17) Mantener actualizado el cargo patrimonial de los elementos, muebles, instalaciones y útiles de trabajo, verificando su buen uso, cuidado y conservación.

18) Asesorar al señor Intendente en materia especifica de su competencia.


          Que el decreto citado (Nº2817/2013 convalidado por la ordenanza 21755) establece en el  Artículo 3º: La creación de  la Dirección de Coordinación Técnica - Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control dependiente de la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control, con su misión de Coordinar y conducir la gestión técnica con la superioridad inherente a la actividad, elaborando con base en estudios, estadísticas e información recabada, el Presupuesto de Gastos de Ejecución Anual; facilitando la interrelación de las distintas Dependencias que componen la Secretaría y aplicando diferentes medios de ponderación que permitan detectar posibles desvíos en su ejecución y sugiriendo las modificaciones tendientes a corregirlos.

Que el decreto citado (Nº2817/2013 convalidado por la ordenanza 21755) en el Anexo VIII del presente establece  que la Dirección de Coordinación Técnica  tiene las siguientes funciones:

1) Coordinar tareas e intercambio de información entre las Dependencias de la Secretaría.

2) Resolver todo asunto de carácter técnico-económico de competencia, que no esté reservado a instancia superior.

3) Proyectar los instructivos para la Formulación de los Presupuestos anuales con base en las necesidades de cada Unidad Ejecutora.

4) Expresar en términos monetarios las necesidades presupuestarias de las distintas Unidades, atendiendo en los ajustes que contemplen los requerimientos mínimos que permitan el logro de los objetivos determinados para cada Unidad.

5) Preparar el Presupuesto Anual de la Secretaría, mediante la determinación de los montos individuales de cada uno de los Créditos conforme con la normativa vigente del Sistema Financiero.

6) Analizar y tramitar la aprobación de los Planes y Proyectos de las distintas Unidades Ejecutoras, y sugerir verificaciones técnicas específicas para su formalización;

7) Tramitar toda gestión que efectúen las Dependencias relacionadas a su aprovisionamiento.

8) Asesorar al Secretario en todo lo relativo a su incumbencia.

9) Recabar de otras Dependencias a través de la correspondiente línea jerárquica, toda la información que se estime necesaria para hacer estudios y análisis de su competencia.

10) Analizar la ejecución de los Planes de Trabajo para verificar los créditos acordados, proponiendo reasignaciones para un mejor aprovechamiento en lo integral y en su caso, satisfacer otras necesidades.

11) Velar por la disciplina, higiene y orden de la Dependencia a su cargo y la correcta atención al público.



12) Proponer la actualización de las disposiciones que por razones tecnológicas o prácticas se torna necesario rever, sugiriendo los cambios tendientes a lograr agilidad.

13) Conocer el estado de las tareas y el desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal, verificando el buen uso, cuidado y conservación de los muebles, instalaciones y útiles de trabajo de sus Dependencias.

14) Coordinar, supervisar y elevar información sobre los distintos requerimientos de la Dirección a ser considerados en el anteproyecto del Presupuesto Anual.

15) Gestionar la adquisición de materiales, útiles y demás elementos indispensables para el mejor desenvolvimiento de las Dependencias.

16) Avalar las actuaciones que por su resolución común se dan por terminadas con las firmas de los Jefes de Departamento.


      Que según los dichos al medio de comunicación “LA VERDAD ONLINE.COM” ,la titular del Foro Municipal de Seguridad, Mirta Tarillo, calificó como "lamentable" la falta de designación por parte del intendente Carlos Arroyo de General Pueyrredón de un nuevo Secretario de Seguridad que reemplace a Julio Razona, el funcionario que duró tan solo una semana en el cargo "Es lamentable que no haya secretario de seguridad porque para eso se creó la secretaría de seguridad", señaló Tarrillo y dijo que la falta de una voz de mando en un área tan sensible genera descontento entre los representantes del Foro. "Al no haber secretario de seguridad, una persona no puede ocupar dos cargos. El jefe de la policía local (Fernando Telpuk), se tiene que ocupar de la policía local y no de la Secretaría de Seguridad. Las dos cosas son de extremada delicadeza para Mar del Plata", apuntó la titular del Foro. Tarillo informó que vecinos de distintos barrios de la ciudad se comunican con los representantes del Foro para quejarse: "Van a la Secretaría de Seguridad a realizar denuncias y nadie los puede atender. Les dicen que no tienen respuestas y que no le pueden tomar denuncias". En tanto, otro de los temas que preocupa al Foro de Seguridad en plena temporada de verano es el trabajo que realizan los policías locales y, en este sentido, consideran que los efectivos "tienen que estar en los barrios" y no en el centro de la ciudad. "Quedaron 200 policías por turno para poder cubrir las 24 horas de trabajo", señaló Tarillo y dijo que "en los únicos dos barrios que hoy hay policía local son el Centenario y el San Martín". En este sentido, la titular del Foro explicó que actualmente "los policías locales están cubriendo paseos comerciales como Güemes, Juan B. Justo, San Juan, y espacios turísticos". Sin embargo, Tarillo consideró que los efectivos "tienen que estar en los barrios cuidando a los vecinos”.

          Que la ordenanza  Nro. 21.993  establece en el  artículo 30º: La creación, en el ámbito de la Secretaria de Seguridad, Justicia Municipal y Control, el Consejo de Control de la Policía de Actuación Local, que estará a cargo de un Director General de Control Externo, que no podrá ser personal policial y un Consejo, que se reunirá en forma bimestral o a convocatoria del Director de Control o por razones de urgencia.


           Que es pública la preocupación de los vecinos en todos los barrios de la ciudad, sobre la seguridad y el combate contra el delito.


          Que es facultad del Poder Ejecutivo Municipal, la designación al cargo de Secretario de Seguridad.


           Que durante la campaña política que permitió la elección del actual Gobierno Municipal, fue la seguridad una de las “promesas” a cumplir y donde se “mostraba” idoneidad sobre la materia y equipos de gestión.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva el siguiente proyecto de:




COMUNICACION



Artículo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo designe un nuevo funcionario  a cargo de la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control, y sobre la designación del funcionario al cargo de Secretario de Seguridad.


Artículo 2º.-  Comuníquese, etc.


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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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