Mar del Plata, 2 de noviembre de 2015
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Ciano
S------------/------------D
VISTO:
El decreto 1636/10 a través del cual se designa “Padrino Forestal del
Paseo Costanero Sur” a PLAYAS DEL FARO S.A.I. en un todo de acuerdo a los
cláusulas y condiciones determinadas en el “Convenio de Padrinazgo y
Preservación del Paseo Costanero Sur”
CONSIDERANDO:
Que el convenio de Padrinzago de una sector del Paseo Costaneros Sud
que consta en el Expte 14518/07, fue rubricado en 2009 entre la
Municipalidad de GralPueyrredon (el otorgante) y la empresa Playas del Faro
SAI (el padrino), tal cual lo indica la documentación presentada en el
Anexo 1.
Que la firma que representa al otorgante fue la del Sr. Intendente
Municipal Cdor. GUSTAVO PULTI y la que representa al padrino fue la de su
presidente, Dr. JORGE N. VIDELA.
Que la superficie sometida a padrinazgo es una fracción del Paseo
Costaneros Sud que se encuentra identificada en: plano de mensura 45-23-93,
ley 9347-79 fiscal que se extiende entre las parcelas que resultan del
plano 45.2393 y serían la parcela 11, parcela 10, parcela 9 (hoy
subdividida en parcela 9 a y parcela 9 b según plano 45.4.98, con exclusión
del sector que ocupa el Campamento Municipal de Turismo) , parcela 8 ,
parcela 7 y parcela 6 ( en cuanto a ésta, solo el sector que se encuentra
entre la parcela 7 y la servidumbre de paso letra E, ésta incluida) y la
ruta provincial nro. 11, todo según croquis integrante del presente como
Anexo I.
Que en el artículo quinto del convenio se fija como plazo de
Padrinazgo el plazo de cinco años a partir de la firma del convenio.
Que ese mismo artículo señala que “siendo el resultado beneficioso
para las partes y en función de una necesaria adecuación entre lo realizado
y lo requerido por nuevo tiempos podrá renovarse por un período similar, y
así sucesivamente”.
Que el mencionado convenio fue rubricado en mayo de 2009.
Que no se haya una renovación del convenio y por lo tanto el mismo
debería haber caducado en mayo de 2014.
Que el 14 de agosto de 2015 la Municipalidad de GralPueyrredon
envió una cédula de notificación a Playas del Faro SAI a través de la cual
le informa al padrino que “habiendo operado vencimiento el plazo de
padrinazgo deberá restituir a el otorgante” el predio en cuestión, tal cual
lo documentado en el Anexo 1 del presente.
Que en la Cláusula Adicional Segunda del convenio “ambas partes
se comprometen a constituir un grupo de trabajo (…) tendiente a determinar
el modo en que el padrino cederá gratuitamente al otorgante parte del
sector de playa de su propiedad ubicado frente al actual camping
municipal”.
Que dicha cesión debería realizarse antes de cumplirse un año de
la suscripcióndel convenio y el plazo de cesión a favor del otorgante se
establecerá entre 20 y 30 años y será de carácter gratuito.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victor
ia eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º .- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe en qué instancia del
convenio y bajo qué régimen se encuentra la fracción del Paseo Costanero
Sud identificada en: plano de mensura 45-23-93, ley 9347-79 fiscal que se
extiende entre las parcelas que resultan del plano 45.2393 y serían la
parcela 11, parcela 10, parcela 9 (hoy subdividida en parcela 9 a y parcela
9 b según plano 45.4.98, con exclusión del sector que ocupa el Campamento
Municipal de Turismo) , parcela 8 , parcela 7 y parcela 6 ( en cuanto a
ésta, solo el sector que se encuentra entre la parcela 7 y la servidumbre
de paso letra E, ésta incluida) y la ruta provincial nro. 11.
Artículo 2º .- Asimismo se solicita que informe si efectivamente se realizó
la cesión de un sector de playa propiedad de Playas del Faro SAI ubicado
frente al actual camping municipal, tal cual lo rubricado en la Cláusula
Adicional Segunda del convenio.
Artículo 3º .- Comuníquese, etc.-
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo