Mar del Plata, 14 de noviembre de 2014.-
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Nicolás Maiorano
VISTO:
La Ordenanza 9381 del año 1994, modificada por la Ordenanza
16.390 del año 2004; y
CONSIDERANDO:
Que a través de las mismas se fijaron normas
urbanísticas para los predios identificados catastralmente como:
Circunscripción VI, Sección H, Chacra 68, manzana 68ay, parcela 1; manzana
68az, parcela 1 y manzana 68bd, parcela 1 de la ciudad de Mar del Plata,
delimitados por: Av. Jacinto Peralta Ramos, calles: Benito Lynch, Friuli y
García Lorca del Barrio Mirador de Peralta Ramos.
Que dichas Ordenanzas están actualmente en
trámite de modificación, mediante un Proyecto, remitido por el
Departamento Ejecutivo al Honorable Concejo Deliberante, a través del
cual, la Secretaría de Planeamiento propone un cambio en la organización
espacial de las manzanas mencionadas, dividiendo las mismas en dos
sectores, según plano adjunto, originando en cada caso dos medias
manzanas, con parcelamientos aptos para dos viviendas cada uno,
totalizando diez (10) por frente y generando una calle entre las dos
medias manzanas que serán del dominio público y no propiedad del
condominio.
Que este dispositivo permitirá desafectar
sectores del complejo, hoy sometidos a la Ley de Propiedad Horizontal (Nº
13.512); rigiendo ésta sólo para el nuevo parcelamiento propuesto, de dos
viviendas individuales por parcela, facilitando de tal manera la
escrituración y la gestión de los distintos servicios en forma
individual para cada parcela.
Que la nueva modificación, pretende dar
respuesta a diversos requerimientos de los vecinos, habitantes del predio
de referencia, preocupados por regularizar diversas situaciones: legales,
contractuales y respecto de los servicios públicos a los que pretenden
conectarse.
Que por motivos diversos, que constan en el
expediente Nº 1009/D/1994 y pasados 20 años del inicio de las gestiones,
el Complejo Habitacional, dista de haber concretado la totalidad de las
finalidades con las que fue proyectado y se desconoce formalmente el grado
de cumplimiento de las obligaciones asumidas por parte de la firma
Mirador de Peralta Ramos S.A. respecto del municipio y de los
adquirentes.
Que a la fecha, los vecinos adquirentes de
viviendas del complejo habitacional se encuentran en distinta posición en
cuanto a la obtención de las escrituras traslativas de dominio, situación
legal respecto al municipio y estado de las construcciones finalizadas o
no, denunciando, en muchos casos, deficiencias constructivas.
Que la empresa no habría cumplimentado buena
parte de las obligaciones contraídas con el Municipio, en cuanto a la
ejecución de las obras de infraestructura, servicios, equipamiento
comunitario, cesiones de tierras, etc., no constando a la fecha la
presentación de los planos de construcción para su aprobación en la
Dirección de Obras Privadas, y habiendo sido detectadas obras no conforme
a lo exigido por Ordenanza.
Que tampoco se habrían tramitado regularmente
los servicios de agua y cloaca, los que en muchos casos, por la necesidad
de contar con insumos mínimos, necesarios para una calidad de vida
sustentable, fueron realizadas por los vecinos, sin encuadre en las normas
vigentes, tal como lo certifica la nota adjunta, remitida por el
Presidente de la OSSE al Defensor del Pueblo, Dr. Fernando Rizzi (
12/06/14), en la que se informa, entre otros incumplimientos, que “Mirador
de Peralta Ramos S.A. , siendo el presidente del Directorio el señor Juan
Carlos García, nunca tramitó Certificados de factibilidad para las
sucesivas ampliaciones del barrio, que de acuerdo al relevamiento
efectuado por OSSE el número de viviendas con servicio clandestino
ascendería a 93”.
Que en situación similar se encontrarían los
servicios de gas y electricidad, desconociéndose la real situación legal y
reglamentaria de los mismos.
Que es función indelegable del Municipio la
fiscalización y detección de las posibles irregularidades que denuncian
los vecinos, que deben estar a derecho en todos los aspectos que le
competen, tener seguridad jurídica y poder disponer libremente de sus
propiedades.
Por lo expresado anteriormente, el Bloque de Concejales de la Unión
Cívica Radical eleva a su consideración el presente Proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º).- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento
Ejecutivo, que informe:
a) situación legal y reglamentaria de la firma MIRADOR DE PERALTA RAMOS
S.A. respecto al complejo de viviendas sito en: Av. Jacinto Peralta Ramos,
Benito Lynch, Friuli y García Lorca de la ciudad de Mar del Plata, en
cuanto al cumplimiento de lo dispuesto por las Ordenanzas 9.381 y su
modificatoria 16.390 y toda otra norma contemplada en el Código de
Ordenamiento Territorial y el Reglamento General de Construcciones y si
como consecuencia de tal situación existe la posibilidad de reclamos
legales al Municipio por parte de los vecinos, por no exigir éste, el
cumplimientos de las referidas normativas.
b) De haber habido incumplimientos por parte de la empresa, respecto de
lo normado, detallar el carácter de los mismos y las sanciones
aplicadas.
c) Cuantas unidades de vivienda cuentan con autorización por parte del
Municipio y cuántas han sido construídas o iniciada su construcción. En
caso de existir construcciones sin autorización, qué acciones ha llevado
adelante el Municipio.
d) Dado el tiempo transcurrido desde la sanción de la ordenanza inicial,
si se han fijado a la empresa plazos definitivos y perentorios para
regularizar todos aquellos aspectos que hacen al cumplimiento de las
Ordenanzas dictadas: cesiones de tierras, construcción del equipamiento
comunitario comprometido y presentación de la documentación de rigor.
e) Si la empresa ha presentado la totalidad de la documentación
necesaria para que los adquirentes puedan dar curso a la regularización
dominial y cumplir los requisitos para poder solicitar los servicios
domiciliarios de agua corriente, cloaca, gas natural, electricidad, etc.
Artículo 2º).- Solicítase al EMVIAL evalúe la posibilidad de prolongar las
tres cuadras de pavimento sobre la Av. Jacinto Peralta Ramos hasta la
calle García Lorca y por ésta, dos cuadras hasta la Av. Antártida
Argentina, permitiendo el acceso hasta el complejo de las líneas de
colectivos 555 y 693; así como la apertura de la calle Benito Lynch hacia
la Av. Jacinto Peralta Ramos, actualmente obstruida, por lo que la única
vía de acceso al interior del complejo es a través de la calle García
Lorca, en ocasiones en mal estado e intransitable.
Artículo 3º).- De forma
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo