Mar del Plata, setiembre de 2006.
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
S / D
VISTO
Los continuos reclamos de
los vecinos de la calle Alem, motivados en la peligrosidad que registra la
intersección de las calles Leandro N. Alem y Primera Junta y, en la
problemática que se genera en el sector como consecuencia de la falta
reductores de velocidad, y
CONSIDERANDO
Que por el cruce referido
transitan diariamente gran cantidad de transeúntes. De día, en virtud de
convivir dentro de un centro comercial y con la proximidad de escuelas y de
la comunidad religiosa; y de noche, el tránsito también es importante, ya
que se registra en el lugar y la zona, uno de los principales centros de
esparcimiento nocturno.
Que el requerimiento se
fundamenta en la prevención y el resguardo de la comunidad, como así
también, apunta al ordenamiento vehicular y peatonal.
Que toda medida preventiva
conlleva a evitar perdidas irreparables, y por lo tanto, mejorar la
seguridad de las personas en la vía pública y de sus propiedades. Es
necesario incorporar una efectiva señalización para lograr que los
automovilistas reduzcan la velocidad, ya que esta esquina carece de
reductores de velocidad o indicadores verticales que alerten sobre la
peligrosidad del cruce o la necesidad de reducir la velocidad.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la colocación de
reductores de velocidad en la intersección de las calles Leandro N. Alem y
Primera Junta.
Artículo 2º: De forma.
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