Información de Expediente

2002 - E - 2216
Fecha de Entrada: 26/12/2002
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor: CJAL. PULTI GUSTAVO ARNALDO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 17/02/2003
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
CREANDO EN EL AMBITO DE LA MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE GRAL. PUEYRREDON LA LINEA GRATUITA "0-800" DE ATENCION AL TURISTA Y AL VECINO RESIDENTE.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-9436 30/12/2002 15129 03/01/2003
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                            Mar del Plata, diciembre de 2002




Al Honorable Concejo Deliberante:




                                    VISTO


                                            La necesidad  de  preservar  el

prestigio turístico de la ciudad, a través del buen trato  comercial  a  los

visitantes,  y


                                CONSIDERANDO

                                            Que  resulta  necesario  contar

con  un  sistema  que  permita  a  los  visitantes  realizar  un  cotejo  de

razonabilidad ante los precios que se les cobren o pretendan cobrar,  además

de los valores de referencia para traslados en taxis y  remises,  comercios,

hotelería y servicios.

                                            Que, actualmente, Mar del Plata

como plaza turística afronta niveles importantes de competencia.

                                             Que Mar  del  Plata  debe  ser

sinónimo, para el turista, de garantía de satisfacción, y en ese sentido  se

deben otorgar  a  los  mismos  todos  los  mecanismos  de  consulta  que  la

tecnología   moderna   pueda   implementar   y   que   resulte   viable   su

instrumentación desde la órbita municipal.



El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente



                                  ORDENANZA



Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad del Partido de  General

Pueyrredon la línea gratuita “ 0-800” de atención al  turista  y  al  vecino

residente.


Artículo 2º:  La línea creada en el artículo anterior tendrá como  propósito

general evacuar todo tipo de consultas de turistas y vecinos  residentes  en

lo relativo a los precios de artículos y servicios, a través de  valores  de

referencia  que  permitan  a  los  consumidores  realizar   un   cotejo   de

razonabilidad ante los precios que  se  les  cobren  o  pretendan  cobrar  y

brindar información sobre el valor de cambio de monedas extranjeras y  bonos

provinciales.


Artículo 3º:  La línea  0-800  funcionará  las  24  horas  y  será  atendida

indistintamente por personal municipal dependiente del área de turismo o  de

la oficina de Defensa al Consumidor.


Artículo 4º:  Autorízase  al  Departamento  Ejecutivo  a  convenir  con  los

colegios secundarios  con  formación  comercial  o  con  las  Facultades  de

Ciencias Económicas y Sociales de las Universidades locales la  contratación

de pasantes para la atención de la línea creada en el artículo  primero,  en

el caso comprobado de que el personal de planta  resulte  insuficiente  para

la atención durante 24 horas, desde la sanción de la presente y hasta el  21

de abril de 2003.


Artículo 5º:  Autorízase al D.E. la impresión de calcomanías con  el  número

0800 que contengan una breve  leyenda  que  aclare  a  los  consumidores  la

utilidad de dicha línea. La distribución será gratuita y estará a cargo  del

Departamento Ejecutivo.







Artículo 6º:  Establézcase la obligatoriedad de  la  exhibición  del  número

0800 que se crea en la  presente  para  todos  los  comercios  de  cualquier

rubro,  hoteles  y  establecimientos   gastronómicos,   así   como   también

establecimientos donde se preste cualquier otro  tipo  de  servicios  y  los

vehículos donde se brinde el servicio de taxi y remise. Los  sujetos  de  la

obligación podrán utilizar indistintamente  la  calcomanía  impresa  por  el

D.E. o exhibir el número 0800 impreso de otra forma,  mientras  que  respete

las medidas mínimas que el D.E. establezca  al  momento  de  reglamentar  la

presente.


Artículo 7º:  De forma.






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