Mar del Plata, 26 de agosto de 2002
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
VISTO
La información emitida por la Presidencia de la Nación
respecto del “Plan Nacional de Obras Municipales” por un monto de a 200
millones de pesos a ser ejecutado en un plazo de 180 días.
CONSIDERANDO
Que el programa fue diseñado
por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación.
Que el plan prevé abarcar obras
menores de infraestructura en alrededor de 1.200 municipios de todo el
país.
Que la inversión prevista por
el gobierno nacional asciende a 200 millones de pesos.
Que el programa apunta a
realizar por lo menos una obra en cada uno de los principales municipios.
Que cada municipio deberá
definir las obras a realizar y que la ejecución de las mismas quedará a
cargo de los gobiernos locales.
Que una vez que las obras sean
aprobadas por el Consejo Interprovincial de Ministros de Obras Públicas el
municipio recibirá un adelanto equivalente al 25% del valor de las mismas.
Que Mar del Plata presenta un
índice de desocupación del 23%, por lo que es muy importante poder acceder
a este programa ya que uno de los requisitos es la contratación de mano de
obra del lugar.
Que es una de las ciudades mas
densamente poblada de la Argentina con características demográficas,
sociales, y de infraestructura que ameritan su inclusión en el plan
Que también resulta de gran
importancia el aspecto comercial que ello implica ya que la compra o
adquisición de materiales y herramientas debe ser realizada a través de
empresas ( comercios e industrias) locales.
Que, a su vez, se prevé que los
trabajos deberán ejecutarse en un plazo que no supere los 180 días.
Que los municipios podrán
presentar para su aprobación obras de pavimentación o recuperación de la
red vial, construcción de cordones y cunetas, instalación de luminarias o
revalorización del tendido lumínico, redes de gas y refacciones de escuelas
y hospitales entre otras obras a destacar.
Que esto constituye un
paliativo para la tremenda crisis que afecta a todos los sectores de la
ciudad.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento
Ejecutivo para que en el mas breve plazo realice todas las gestiones
pertinentes para incorporar al Municipio de General Pueyrredon al Plan
Nacional de Obras Municipales., determinando monto disponible para este
municipio, plazo para acceder a los recursos, condiciones y requisitos
necesarios para ingresar al programa.
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo instrumentará una ronda de
consultas con las sociedades de fomento, ONG, entidaes de bien público y
representaciones políticas del Honorable Concejo Deliberante a efectos de
establecer un programa de prioridades para la asignación del Plan Nacional
de Obras Municipales
Artículo 3º: De forma
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Mar del Plata
BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo